Mensaje por RC67 » 09 Nov 2020 17:47
Clarines escribió:Yo daría un premio "sustancioso" a aquél que lograra una interpretación clara e inequivoca del Artículo de marras, algo así como un Nobel... Dando amplia difusión internacional. ¿Os apuntáis?
Cuando lo has leído, releído, sacado una "chuleta", para que no se te olvide, y crees que lo tienes claro y por cualquier circunstancia, te reclaman de tu IA, resulta que todo lo que has hecho para estar dentro de la "legalidad", es estéril. Y es el caso que cada IA tiene su propia interpretación (igual que ahora con la Pandemia, las CC AA cada una por su lado).
En fin, que cada modificación o actualización nos lleva a un carajal tremendo y eso que la última va a una "adaptación acorde a la normativa Europea"....!!Menos mal!!
Saludos cordiales.

He hecho la consulta en mi IA y la respuesta ha sido que interpretarán literalmente el Reglamento, es decir:
- Las armas de la 3ª 1 y 2, 6ª y 7ª 4 se guardarán bajo llave, es decir, dentro de cualquier receptáculo que pueda cerrarse con llave: Una habitación, un armario ropero, una taquilla, etc. O sea, que no es necesario un armero homologado.
Yo me he hecho con un armero sin homologar para escopetas. Si os decidís por esta solución atención a las medidas, trabajo me ha costado encontrar uno donde quepa una escopeta de tiro al plato.
Saludos.
[quote="Clarines"]Yo daría un premio "sustancioso" a aquél que lograra una interpretación clara e inequivoca del Artículo de marras, algo así como un Nobel... Dando amplia difusión internacional. ¿Os apuntáis?
Cuando lo has leído, releído, sacado una "chuleta", para que no se te olvide, y crees que lo tienes claro y por cualquier circunstancia, te reclaman de tu IA, resulta que todo lo que has hecho para estar dentro de la "legalidad", es estéril. Y es el caso que cada IA tiene su propia interpretación (igual que ahora con la Pandemia, las CC AA cada una por su lado).
En fin, que cada modificación o actualización nos lleva a un carajal tremendo y eso que la última va a una "adaptación acorde a la normativa Europea"....!!Menos mal!!
Saludos cordiales. :birra^:[/quote]
He hecho la consulta en mi IA y la respuesta ha sido que interpretarán literalmente el Reglamento, es decir:
- Las armas de la 3ª 1 y 2, 6ª y 7ª 4 se guardarán bajo llave, es decir, dentro de cualquier receptáculo que pueda cerrarse con llave: Una habitación, un armario ropero, una taquilla, etc. O sea, que no es necesario un armero homologado.
Yo me he hecho con un armero sin homologar para escopetas. Si os decidís por esta solución atención a las medidas, trabajo me ha costado encontrar uno donde quepa una escopeta de tiro al plato.
Saludos.