Mensaje por fierabras » 13 Ene 2019 22:23
La verdad es que el supuesto nuevo reglamento de armas, o la implementación directa de las nuevas medidas impuestas por la UE, parece que iban a afectar a cargadores, fusiles semis, ... pero este borrador mete un buen palo a la AE, a la avancarga.
Las armas de avancarga, son, como dice el texto, categoría 6.4 y quedan regidas por lo que marca el artículo 107, que dice esto:
"2. Las personas físicas o jurídicas coleccionistas de armas podrán tener armas de las categorías 6.ª
y 7.ª 4 y 6, así como, las armas relacionadas en el artículo 4.1 y los cargadores del artículo 5.1.f), previa
obtención de la autorización de coleccionista concedida por la Intervención Central de Armas y Explosivos.
3. La solicitud de expedición de la autorización de coleccionista, se deberá presentar en la
Intervención de Armas y Explosivos, acompañada por:
a) los documentos e informes recogidos en el artículo 97.1.
b) un carné o certificado de afiliación a una asociación de coleccionismo acreditativos del interés real
por el coleccionismo de armas o municiones, una carta de recomendación de un coleccionista de armas o
municiones con una antigüedad superior a dos años, o un documento que acredite la realización de
actividades previas en el ámbito del coleccionismo de armas o municiones como publicaciones o estudios."
"las reproducciones de armas de fuego cortas antiguas se guardarán completas en cajas fuertes de
grado de seguridad III de la misma norma."
Es decir que desaparece la AE, quedando sustituida por el libro de coleccionista, para sacarlo hay que demostrar que eres coleccionista, interés real, recomendación de otro coleccionista, pertenencia a asociacion ... y además armero para guardar las armas.
Con esto se cargan de un plumazo toda la avancarga. Hay fusiles que no caben en ningún armero, el que tenga varias pistolas y revólveres ¿donde los va a meter? ...
Vamos, esto es lo que yo entiendo.
La verdad es que el supuesto nuevo reglamento de armas, o la implementación directa de las nuevas medidas impuestas por la UE, parece que iban a afectar a cargadores, fusiles semis, ... pero este borrador mete un buen palo a la AE, a la avancarga.
Las armas de avancarga, son, como dice el texto, categoría 6.4 y quedan regidas por lo que marca el artículo 107, que dice esto:
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"2. Las personas físicas o jurídicas coleccionistas de armas podrán tener armas de las [b][u]categorías 6.ª[/u][/b]
y 7.ª 4 y 6, así como, las armas relacionadas en el artículo 4.1 y los cargadores del artículo 5.1.f), previa
obtención de la autorización de coleccionista concedida por la Intervención Central de Armas y Explosivos.
3. La solicitud de expedición de la autorización de coleccionista, se deberá presentar en la
Intervención de Armas y Explosivos, acompañada por:
a) los documentos e informes recogidos en el artículo 97.1.
b) un carné o certificado de afiliación a una asociación de coleccionismo acreditativos del interés real
por el coleccionismo de armas o municiones, una carta de recomendación de un coleccionista de armas o
municiones con una antigüedad superior a dos años, o un documento que acredite la realización de
actividades previas en el ámbito del coleccionismo de armas o municiones como publicaciones o estudios."[/i]
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"las reproducciones de armas de fuego cortas antiguas se guardarán completas en cajas fuertes de
grado de seguridad III de la misma norma."[/i]
Es decir que desaparece la AE, quedando sustituida por el libro de coleccionista, para sacarlo hay que demostrar que eres coleccionista, interés real, recomendación de otro coleccionista, pertenencia a asociacion ... y además armero para guardar las armas.
Con esto se cargan de un plumazo toda la avancarga. Hay fusiles que no caben en ningún armero, el que tenga varias pistolas y revólveres ¿donde los va a meter? ...
Vamos, esto es lo que yo entiendo.