Jorge_deluis escribió:También podría ser 44-40 que también es calibre original. Si es .45 o 44-40, lo de comprar munición en el campo de tiro... como que dificil, no es una munición que suelan tener en los clubes. Tendrás que limitarte al cupo de 100 anuales o hacer un curso de recarga y recargar.

Los 100 anuales....ya, en Avarez donde la compre;ni por activa ni por pasiva, me llege a poner pesado y me mandaron esto(abajo)como razon de la negativa.Como estan las cosas por Andorra?, es un 45.Amigo Urbano,la pedi en navidad.
Estimado Antonio,
como quede esta mañana contigo en facilitarte los escritos relativos a
la prohibición de vender munición de polvora sin humo para las armas
documentadas con la licencia AE te los pongo a continuacion:
-Escrito emitido por el C.I.P.A.E con fecha de 21 de diciembre de 2012
-Escrito emitido por La Secretaria General Tecnica del Ministerio del
interior del 27 de diciembre de 2012
En estos dos escritos se dice que el hecho de ultilizar munición no
original (polvora sin humo) en armas clasificadas o recogidas dentro de
las licencias AE por ser replicas de armas hara que estas dejen de estar
incluidas en dicha categoria.
Por otro lado como te he comentado, desde la Asociación Armera existe un
recurso interpuesto, en el cual se documenta y justifica el hecho de
resultar mas seguro y ajustado a ley en la utilización de polvora sin humo.
Sin otro particular reciba un cordial saludo.
[quote="Jorge_deluis"]También podría ser 44-40 que también es calibre original. Si es .45 o 44-40, lo de comprar munición en el campo de tiro... como que dificil, no es una munición que suelan tener en los clubes. Tendrás que limitarte al cupo de 100 anuales o hacer un curso de recarga y recargar.
:birra^:[/quote]
Los 100 anuales....ya, en Avarez donde la compre;ni por activa ni por pasiva, me llege a poner pesado y me mandaron esto(abajo)como razon de la negativa.Como estan las cosas por Andorra?, es un 45.Amigo Urbano,la pedi en navidad.
Estimado Antonio,
como quede esta mañana contigo en facilitarte los escritos relativos a
la prohibición de vender munición de polvora sin humo para las armas
documentadas con la licencia AE te los pongo a continuacion:
-Escrito emitido por el C.I.P.A.E con fecha de 21 de diciembre de 2012
-Escrito emitido por La Secretaria General Tecnica del Ministerio del
interior del 27 de diciembre de 2012
En estos dos escritos se dice que el hecho de ultilizar munición no
original (polvora sin humo) en armas clasificadas o recogidas dentro de
las licencias AE por ser replicas de armas hara que estas dejen de estar
incluidas en dicha categoria.
Por otro lado como te he comentado, desde la Asociación Armera existe un
recurso interpuesto, en el cual se documenta y justifica el hecho de
resultar mas seguro y ajustado a ley en la utilización de polvora sin humo.
Sin otro particular reciba un cordial saludo.