[citando a: joseluisco]
Bien,
1º no has repondido niguna de mis preguntas
2º eso del oso que significa?
3º cada uno hace con su arma lo que quiere, la quiero usar para que estos bichos no se me coman el huerto, bien no se puede cazar, estoy de acuerdo, que hago sigo yo criando conejos y encima no los cato, no.
HOLA:
Podras hacer lo que quieras pero en este foro hay normas.
Entra en "normativa interna del subforo (lectura obligatoria) y encontraras esto:
Está expresamente prohibido hablar de cometer delitos o faltas a nuestra Ley y/o Reglamento de Armas ayudando a cometerlos con información útil, animando a hacerlo, o de cualquier modo que se entienda como apología del delito. Dado que en España no se permite la caza con arma de aire y este foro es español, los temas que traten de caza con aire se seguirán con atención, pudiendo ser cerrados si se percibe que incitan a cometer este delito o falta.
Por esto mismo, los usuarios que hagan apología, aconsejen o ayuden a otros a saltarse la Ley vigente, serán advertidos en primera instancia, y baneados si no modifican su conducta.
Para quienes tengan especial interés en este tema y deseen hablar sin riesgos de él, hay foros especializados en internet.
Los moderadores nunca actuarán de mala fe, y avisarán siempre antes de tomar medidas drásticas. El trabajo de los moderadores no es objeto de debate, si alguien tiene alguna observación que hacer sobre algo a un moderador, le puede contactar por privado para evitar charlas estériles en el foro, discusiones y mal ambiente. Los hilos sobre temas que no sean de aire comprimido podrán ser cerrados sin más explicación que esta normativa.
Del mismo modo se procederá con las modificaciones de armas por encima de los 24,2 julios que permite la Ley. Por encima de éstos julios, el arma debe ser guiara con la licencia E de caza, y por lo tanto queda fuera del ámbito del AC, aunque sea en origen un arma de aire.
Cabe diferenciar entre hilos informativos, destinados a aumentar los conocimientos y a profundizar en el funcionamiento de nuestras armas y sus posibilidades, y aquellos en los que expresamente se declare, o se deduzca que se pretende obviar el Reglamento de Armas, saltarse la Ley y poseer consecuentemente un arma prohibida.
En los casos de reincidencia, en los que la falta incurra en delito, además del baneo, se redireccionará la IP del usuario a la División de Delitos Informáticos de la Guardia Civil.
y lo del oso y las palomitas jajaja solo espera.
UN SALUDO