Incongruencia en los julios de potencia

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Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por CHRISTOPHE » 13 May 2018 15:33

Snowball escribió:Buenas, yo puse los cien metros porque estamos en el foro de aire, logicamente con armas de fuego más distancia..
Un placer charlar contigo

Saludos! :D


Igualmente, ya sabes, cualquier cosas, aquí estamos todos.. :wink:

Un saludo..

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por Snowball » 13 May 2018 15:30

Buenas, yo puse los cien metros porque estamos en el foro de aire, logicamente con armas de fuego más distancia..
Un placer charlar contigo

Saludos! :D

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por CHRISTOPHE » 13 May 2018 14:27

Si claro, y 450 metros también, tienes que avisar el Cos de Banders antes, y ellos te dicen el lugar,
donde puedes ir a disparar, de hecho con cualquier arma y de cualquier calibre... :wink:

saludos..

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por Snowball » 13 May 2018 12:27

CHRISTOPHE escribió:
Snowball escribió:
CHRISTOPHE escribió:
Buenas,

creo que estas un poco equivocado sobre las leyes Andorrana. aquí, no tenemos ninguna limitaciones,
con las armas de aire comprimidas. podemos disparar en campos libres, a partir del momento,
que estés a una cierta distancia de viviendas.. y limitación ninguna.


Sacado de aquí: https://www.armas.es/foros/leyes-y-norm ... rra-670837
https://www.armas.es/foros/armas-de-air ... rra-882114

si es cierto lo de la limitación de 24.2 j, aquí me equivoqué porque el que hace la pregunta no va a tirar aquí en España, sorry pero en el primer post, donde participas tú también, se habla incluso de cárcel en caso de tirar a animales con la carabina de aire...¿en qué quedamos? :shock:

saludos!


Pues si si, como bien a dicho nuestro Viejo amigo cabezón (Grillo)... :mrgreen: , esta prohibido cazar con aire comprimido en Andorra, te pillan y tienes unas vacaciones en pensión completa gratis un par de días.

ahora, no quiere decir que no puedes UTILISAR EL ARMA EN EL CAMPO, son dos cosas distintas.

Bien, aclarado entonces... :mrgreen: solo añadir que siempre que se haga a más de 100m de lugares habitados "sin perjuicio de la aplicación de las normas de caza vigentes"

Saludos!!

Saludos.

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por CHRISTOPHE » 13 May 2018 11:44

Snowball escribió:
CHRISTOPHE escribió:
Snowball escribió:Yo le aconsejaría que se informara bien antes de hacer cualquier compra porque según tengo entendido en Andorra tampoco es legal la caza con aire comprimido...otra cosa es lo que algunos hacen de tirar de stranguis en el huerto de casa, pero es arriesgarse a que los agentes rurales se te lleven el arma y te pongan un multazo, poca broma con eso, aparte que armas de aire de más de 24 j se tienen que guiar con licencia E en la Intervención de la Guardia Civil

suerte con esa licencia


Buenas,

creo que estas un poco equivocado sobre las leyes Andorrana. aquí, no tenemos ninguna limitaciones,
con las armas de aire comprimidas. podemos disparar en campos libres, a partir del momento,
que estés a una cierta distancia de viviendas.. y limitación ninguna.


Sacado de aquí: https://www.armas.es/foros/leyes-y-norm ... rra-670837
https://www.armas.es/foros/armas-de-air ... rra-882114

si es cierto lo de la limitación de 24.2 j, aquí me equivoqué porque el que hace la pregunta no va a tirar aquí en España, sorry pero en el primer post, donde participas tú también, se habla incluso de cárcel en caso de tirar a animales con la carabina de aire...¿en qué quedamos? :shock:

saludos!


Pues si si, como bien a dicho nuestro Viejo amigo cabezón (Grillo)... :mrgreen: , esta prohibido cazar con aire comprimido en Andorra, te pillan y tienes unas vacaciones en pensión completa gratis un par de días.

ahora, no quiere decir que no puedes UTILISAR EL ARMA EN EL CAMPO, son dos cosas distintas.

Saludos.

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por Snowball » 12 May 2018 19:14

CHRISTOPHE escribió:
Snowball escribió:Yo le aconsejaría que se informara bien antes de hacer cualquier compra porque según tengo entendido en Andorra tampoco es legal la caza con aire comprimido...otra cosa es lo que algunos hacen de tirar de stranguis en el huerto de casa, pero es arriesgarse a que los agentes rurales se te lleven el arma y te pongan un multazo, poca broma con eso, aparte que armas de aire de más de 24 j se tienen que guiar con licencia E en la Intervención de la Guardia Civil

suerte con esa licencia


Buenas,

creo que estas un poco equivocado sobre las leyes Andorrana. aquí, no tenemos ninguna limitaciones,
con las armas de aire comprimidas. podemos disparar en campos libres, a partir del momento,
que estés a una cierta distancia de viviendas.. y limitación ninguna.


Sacado de aquí: https://www.armas.es/foros/leyes-y-norm ... rra-670837
https://www.armas.es/foros/armas-de-air ... rra-882114

si es cierto lo de la limitación de 24.2 j, aquí me equivoqué porque el que hace la pregunta no va a tirar aquí en España, sorry pero en el primer post, donde participas tú también, se habla incluso de cárcel en caso de tirar a animales con la carabina de aire...¿en qué quedamos? :shock:

saludos!

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por CHRISTOPHE » 12 May 2018 16:26

Snowball escribió:Yo le aconsejaría que se informara bien antes de hacer cualquier compra porque según tengo entendido en Andorra tampoco es legal la caza con aire comprimido...otra cosa es lo que algunos hacen de tirar de stranguis en el huerto de casa, pero es arriesgarse a que los agentes rurales se te lleven el arma y te pongan un multazo, poca broma con eso, aparte que armas de aire de más de 24 j se tienen que guiar con licencia E en la Intervención de la Guardia Civil

suerte con esa licencia


Buenas,

creo que estas un poco equivocado sobre las leyes Andorrana. aquí, no tenemos ninguna limitaciones,
con las armas de aire comprimidas. podemos disparar en campos libres, a partir del momento,
que estés a una cierta distancia de viviendas.. y limitación ninguna.

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por srek1980 » 12 May 2018 14:28

Para rematar al menos en España solo se puede usar arma blancano prohibida obviamente.

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por Abil » 12 May 2018 14:27

Muy cierto.
La resistencia al movimiento en un fluido es proporcional al cuadrado de la velocidad.
Si incrementas velocidad un 20% la resistencia aumenta un 40%.

Ganamos por goleada al foro inglés. ¿No?.

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por yarkyark » 12 May 2018 14:10

ZorroSilvestre escribió:Me queda clarinete tema caza y tal...

La munición.

Si lo que usas es un balin de plomo este se deforma y se frena mas en cuanto entra en el cuerpo. De hecho pasa con las balas de plomo que se quedan dentro de una persona si les disparas.

Sin embargo la munición blindada o recubierta de una capa mas dura (normalmente es lo que usan los militares) no se deforma y tiene muchísima mas capacidad de penetración.


Entiendo que la punta metalica de lo que sea barato que lleve el virote ese, ofrece menos deformación, y además está en punta, pero... son 8 miseros julios contra 160, y 9mm no es una posta mucho mas grande

Eso es como decir que un perdigón con chaqueta metalica, tirado con una escopeta de baja potencia tiene mas posibilidades de matarte, que una posta del 9 tirada a 20 veces exactas mas de potencia, con una fuerza superior a la mayoría de munición del .22lr.

¿El material? ¿esa es la única explicación?



No. También entra en juego la velocidad: Un proyectil a gran velocidad al entrar en un fluido genera una fuerza contraria que evita que penetre en él mayor cuanto mayor es su velocidad.

El balín se para rápidamente. Su velocidad disipa su energía en la fricción que se genera. La
transmisión de energía es rápida y no se emplea en penetrar. La flecha penetra lenta y su mayor masa mantiene la energía. La velocidad disminuye pero no tan rápidamente como la del balin.

Si tratamos de introducir nuestro brazo en el agua a una velocidad de 500 km por hora
ó a un metro por segundo. La resistencia del agua será mínima en el segundo caso y muy
grande en el primero. Será más fácil llegar al fondo despacio que deprisa.


Un saludo,

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por Abil » 12 May 2018 13:46

En cuanto a los vídeos, aparte de lo dicho, también interviene la geometría. La punta de la flecha producirá una presión mucho mayor que la bola y una menor resistencia a la penetración. Por eso se afilan los cuchillos, achas, brocas, punzones, etc. Si le atizo al mono con mi maza de 3 kg ayudado por la gravedad y toda la fuerza de mi cuerpo (Pongamos 200 julios) ni siquiera penetraría. El daño sería de otro tipo.

A los balines comerciales pensados para penetrar y hacer daño les ponen un inserto de un metal duro y con punta afilada.

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por Abil » 12 May 2018 12:54

Por cierto la potencia se mide en vatios, no en julios.

El julio es una unidad de energía. Cuanto aplicamos la fórmula 1/2x M x V xV con unidades del sistema internacional de unidades (kg, m, s) obtenemos energía cinética (Julios).

Por mas que lo llamemos potencia no lo es, es energía: Julios

La energía desarrollada en la unidad de tiempo es potencia: Vatios = Julios /s

El "conceto" es lo importante.

Estaba calculando la "potencia" de mi maza de 3 kg (contundente y precisa donde las haya) y no me salían las cuentas.

Energía de una maza de 3 kg situada en el campo gravitacional terrestre a 2.00 m de altura

3 kg x 9,8 m/s/s x 2 m = 58,8 julios > 24,8 julios (Es necesario licencia de maza) :shock:

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por Abil » 12 May 2018 12:20

Gaviota, borra lo de la maza antes de que lo lea algún político de mierda (y que me perdone la mierda) hipotecador de futuros individuales y colectivos, de los que para medrar defienden la naturaleza, los toros, los derechos de los animales y de las plantas y de las piedras y cantos rodados de familia acomodada ..., porque seguro que nos obligan a pagar permiso de maza y registrarlas ante notario de escroto flojo, así como pagar a la sociedad de autores el canon pertinente por el empleo de la expresión "mola mazo" :lol:

Perdón, por un momento me he sentido poseido por el espíritu de Luis Sánchez Polack (Tip), Santo Varón.

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por gaviota » 12 May 2018 00:55

ZorroSilvestre escribió:aparte de caza menor, si, pongamos quisiera rematar presa de modo humano, sin gastar balas de fuego ni ir a cuchillo, ¿cuantos julios bastan para rematar con tiro certero, a menos de 5 metros? ¿debo descartar definitivamente el aire en cortas para eso?


Si pretendes rematar caza mayor con una pistola de AC, mejor llévate una maza y dale un golpe seco en la cabeza.

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por josegun » 11 May 2018 20:34

A esto llamo yo "sutileza"...inperceptible para los Guardianes

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por Snowball » 11 May 2018 13:17

Yo le aconsejaría que se informara bien antes de hacer cualquier compra porque según tengo entendido en Andorra tampoco es legal la caza con aire comprimido...otra cosa es lo que algunos hacen de tirar de stranguis en el huerto de casa, pero es arriesgarse a que los agentes rurales se te lleven el arma y te pongan un multazo, poca broma con eso, aparte que armas de aire de más de 24 j se tienen que guiar con licencia E en la Intervención de la Guardia Civil

suerte con esa licencia

Re: Incongruencia en los julios de potencia

Mensaje por txebos » 11 May 2018 13:12

Quizas te sirva de ayuda.

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Un saludo.

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