Mensaje por weraus » 31 Oct 2008 00:16
segun acabo de extraer del reglamento del ayuntamiento de barcelona (segun parece y he leido por aqui cada ayuntamiento es una historia diferente) hay que presentar el d.n.i. del solicitante, factura de compra con el nº de serie del arma en cuestion y la tarjeta de armas de aire comprimido.
la pregunta es, en caso de una compra realizada por ejemplo en este foro entre particulares ¿que factura?, tarjeta ¿que tarjeta?
segun acabo de extraer del reglamento del ayuntamiento de barcelona (segun parece y he leido por aqui cada ayuntamiento es una historia diferente) hay que presentar el d.n.i. del solicitante, factura de compra con el nº de serie del arma en cuestion y la tarjeta de armas de aire comprimido.
la pregunta es, en caso de una compra realizada por ejemplo en este foro entre particulares ¿que factura?, tarjeta ¿que tarjeta?