Mensaje por BAC » 14 Jul 2020 21:17
pcpfori escribió:Yo lo presentaría todo por registro además de una declaración jurada de propiedad, si te viene denegada tiras de reglamento en las alegaciones.
Buenas tardes, creo que tienes toda la razón. Por lo que comenta el compañero, tiene toda la documentación que necesita para acreditar que es su propietario, y que le emitan su tarjeta. Al presentar su solicitud y la documentación por registro, en principio le deben dar respuesta, ya sea positiva o negativa. Si es positiva perfecto, asunto resuelto, y si es negativa, si el ayuntamiento cumple la normativa debe fundamentarla, por lo que sería factible rebatirles. Si no lo hace... en fin, esto es España.
Como comentaron antes, lo de que un funcionario público le pida a un ciudadano que le pida a una armería que
falsifique una factura, que emitieron correctamente en su momento a una persona, y que tiempo después la modifiquen y la emitan a nombre de otra persona distinta, obviando que esa venta ya se registró en su momento y que figura en sus declaraciones fiscales con los datos del comprador real, pues hombre, esto es un foro público, pero en fin, SIN COMENTARIOS...
Un cordial saludo.
[quote="pcpfori"]Yo lo presentaría todo por registro además de una declaración jurada de propiedad, si te viene denegada tiras de reglamento en las alegaciones.[/quote]
Buenas tardes, creo que tienes toda la razón. Por lo que comenta el compañero, tiene toda la documentación que necesita para acreditar que es su propietario, y que le emitan su tarjeta. Al presentar su solicitud y la documentación por registro, en principio le deben dar respuesta, ya sea positiva o negativa. Si es positiva perfecto, asunto resuelto, y si es negativa, si el ayuntamiento cumple la normativa debe fundamentarla, por lo que sería factible rebatirles. Si no lo hace... en fin, esto es España.
Como comentaron antes, lo de que un funcionario público le pida a un ciudadano que le pida a una armería que [u]falsifique [/u]una factura, que emitieron correctamente en su momento a una persona, y que tiempo después la modifiquen y la emitan a nombre de otra persona distinta, obviando que esa venta ya se registró en su momento y que figura en sus declaraciones fiscales con los datos del comprador real, pues hombre, esto es un foro público, pero en fin, SIN COMENTARIOS...
Un cordial saludo.