Mensaje por jupicas » 12 Dic 2007 12:40
La ley proviene del ministerio del interior,aprobada por las personas que nos gobiernan y aceptada por los que nos las hacen cumplir,esto es inalterable o debe de ser inalterable por todos,tanto ,ciudadanos como fuerzas de seguridad.
El reglamento de armas de la 4ª categoria tiene sus normas escritas por real decreto y todo lo que especifica es legal.
Solo se usaran en galerias campos de tiros autorizados y espacios idoneos para la practica de la caza y la pesca deportiva,al referirse a espacios idoneos,deberemos entender que tenemos que cerciorarnos de la seguridad de los demas y que en este lugar este permitida la caza con armas de fuego,la pesca deportiva y otras actividades cinegeticas,aqui me pierdo un poco,quizas quiere decir actividades deportivas,como senderismo,ciclismo futing,motocros,etc.,eso si,prohibido cazar con estas armas,si te cogen cazando con ellas,no podras alegar nada,si te cogen con ella tirando a latas o dianas en estos espacios,debidamente comprobados en cuestion de seguridad para evitar accidentes,no podran decirte absolutamente nada,solo pedirte la documentacion necesaria al respecto y no tengais miedo,porque el reglamento lo especifica asi,tanto para nosotros como para ellos.
Que podemos encontrarnos con que el guardia de turno este cabreado por lo que sea o no sepa por donde anda?deberemos estar informados del reglamento y hacerselo constar aunque se lleve el arma,darsela con el estuche y todo,para que la cuiden bien y al dia siguiente al cuartel,en atencion al ciudadano,exigiremos la presentacion del reglamento de armas de 4ª categoria,si no les gustan que lo cambien.pero todo lo que pone en el debe de ser respetado y mas todavia por los que cuidan de que asi sea.
Otra cosa es el uso irresponsable de estas armas.
La targeta debera acompañar siempre al arma,tanto en circulacion como para su uso,esta tarjeta esta sellada por la armeria y firmada por un alcalde,concediendo su uso dentro de los ambitos legales,por lo que eres un ciudadano rreconocido por un alcalde para el uso y tenencia de este arma que en caso de traslado debera de ir descargada,con cañones o puertos de carga abiertos o desmontadas en su caso y guardadas en sus maletines o fundas.
Esta es la ley mas o menos.Un saludo a todos
La ley proviene del ministerio del interior,aprobada por las personas que nos gobiernan y aceptada por los que nos las hacen cumplir,esto es inalterable o debe de ser inalterable por todos,tanto ,ciudadanos como fuerzas de seguridad.
El reglamento de armas de la 4ª categoria tiene sus normas escritas por real decreto y todo lo que especifica es legal.
Solo se usaran en galerias campos de tiros autorizados y espacios idoneos para la practica de la caza y la pesca deportiva,al referirse a espacios idoneos,deberemos entender que tenemos que cerciorarnos de la seguridad de los demas y que en este lugar este permitida la caza con armas de fuego,la pesca deportiva y otras actividades cinegeticas,aqui me pierdo un poco,quizas quiere decir actividades deportivas,como senderismo,ciclismo futing,motocros,etc.,eso si,prohibido cazar con estas armas,si te cogen cazando con ellas,no podras alegar nada,si te cogen con ella tirando a latas o dianas en estos espacios,debidamente comprobados en cuestion de seguridad para evitar accidentes,no podran decirte absolutamente nada,solo pedirte la documentacion necesaria al respecto y no tengais miedo,porque el reglamento lo especifica asi,tanto para nosotros como para ellos.
Que podemos encontrarnos con que el guardia de turno este cabreado por lo que sea o no sepa por donde anda?deberemos estar informados del reglamento y hacerselo constar aunque se lleve el arma,darsela con el estuche y todo,para que la cuiden bien y al dia siguiente al cuartel,en atencion al ciudadano,exigiremos la presentacion del reglamento de armas de 4ª categoria,si no les gustan que lo cambien.pero todo lo que pone en el debe de ser respetado y mas todavia por los que cuidan de que asi sea.
Otra cosa es el uso irresponsable de estas armas.
La targeta debera acompañar siempre al arma,tanto en circulacion como para su uso,esta tarjeta esta sellada por la armeria y firmada por un alcalde,concediendo su uso dentro de los ambitos legales,por lo que eres un ciudadano rreconocido por un alcalde para el uso y tenencia de este arma que en caso de traslado debera de ir descargada,con cañones o puertos de carga abiertos o desmontadas en su caso y guardadas en sus maletines o fundas.
Esta es la ley mas o menos.Un saludo a todos