Mensaje por Antonio1955 » 04 Feb 2015 08:24
Hasta 11 cm. de hoja medida desde el recazo y un solo filo es legal, más de 11 cm. legal en el domicilio.
No obstante, y según lo dispuesto en el R.D. 137/93, queda a criterio de la Autoridad y sus Agentes si en el momento de portarla tienes necesidad o motivo para hacerlo.
Hasta 11 cm. de hoja medida desde el recazo y un solo filo es legal, más de 11 cm. legal en el domicilio.
No obstante, y según lo dispuesto en el R.D. 137/93, queda a criterio de la Autoridad y sus Agentes si en el momento de portarla tienes necesidad o motivo para hacerlo.