Muy buenas
Como te ha dicho el Cabo Tito
https://www.guardiacivil.es/ca/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/Libro_coleccionista.htmlOtras autorizaciones
Se considera autorizada la posesión en el propio domicilio de:
Un arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares, con acreditación de su especial valor histórico o artístico.
Dos armas de avancarga, documentadas con las correspondientes guías de pertenencia, previa aportación del informe de aptitudes psicofísica.
En ambos casos se deberán adoptar las medidas de seguridad necesarias para su custodia y no pueden utilizarse o enajenarse, salvo que se cumplan los preceptos específicos del Reglamento de Armas.
Vamos, que si las quiere utilizar, tendrías que sacarte la licencia AE. En mi modesta opinión por 10€ ( creo que es la tasa ) más me la sacaría. Ya que lo que vale más es el certificado de aptitudes. Y si te diera el gusanillo, podrías usarla en sitios habilitados.
https://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/autorizaci_especial/index.htmlConcesión y vigencia
La autorización especial (AE) será concedida por los Delegados o Subdelegados del Gobierno y tienen una vigencia de 5 años, tras los cuales deberá solicitar una nueva autorización especial.
La vigencia de las autorizaciones estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes de autorización especial se presentarán en las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondientes al domicilio del interesado. Se ajustará al modelo establecido para este trámite pulse aquí para descargarla.
Con la solicitud el interesado aportará los siguientes documentos:
Certificado de aptitudes psicofísicas
Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género)
Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia)
Justificante de haber pagado la tasa correspondiente, modelo 790, pulse aquí para descargarla.
Saludos