Arma en un barco

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RE: Arma en un barco

Mensaje por rframa » 06 May 2009 23:32

En los barcos mercantes (incluidos los de pasajeros) las armas deben estar en armeros controladas por el capitán y constan en la documentación del barco.

En otro tipo de barcos (de recreo) en aguas internacionales no tienes problemas ya que rigen las leyes de la bandera, pero en puerto rigen las del país. Es decir, deberías declararlas como si llegases en avión o en coche y someterte a las leyes que varían de país a país aunque no las saques del barco.

RE: Arma en un barco

Mensaje por pablo1984 » 05 May 2009 21:03

[citando a: Svejk]
La pregunta es:
¿Puedo embarcar, por ejemplo, una escopeta en mi barco (de bandera española) y arribar a un puerto extranjero? Sin sacarla del barco por supuesto.

realmente la pregunta seria ES LEGAL... porque poder puedes:-)
saludosssss

RE: Arma en un barco

Mensaje por marroyol » 05 May 2009 18:04

Jo...... buena pregunta eso es rizar el rizo.

A ver si alguien contesta, yo ni idea

Arma en un barco

Mensaje por Svejk » 05 May 2009 12:58

La licencia de armas que poseo me habilita la posesión y uso de las mismas, con las restricciones legales correspondientes, en todo el territorio nacional.
La pregunta es:
¿Puedo embarcar, por ejemplo, una escopeta en mi barco (de bandera española) y arribar a un puerto extranjero? Sin sacarla del barco por supuesto.
¿Habría que declararlo a las autoridades portuarias?
En derecho internacional un barco es territorio del pabellón que enarbola. Creo..
Gracias de antemano

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