Mensaje por jinicoy » 25 Feb 2009 08:48
Gracias por contestar, buen tirador, lo que yo se es lo que dice la ley, y me ciño al post de mas arriba donde un fiscal lo desmenuza con claridad meridiana.
Lo que esta claro es que el delito de tenencia ilicita , por mas vueltas que se le es lo que dice el codigo penal y este habla de licencias/permisos (su falta o carencia origina el delito) no menciona a las guias (por otra parte logico, el anterior codigo si lo hacia y este no, por algo se derogó).
El ejemplo del carne de conducir y el permiso de circulacion viene que ni al pelo, no se puede acusar de cometer el delito de conducir sin permiso/licencia de conducir a alguien que no tiene el permiso de circulacion del vehiculo.
Lo que yo pedia era si alguien tenia alguna sentencia en este sentido, en el otro(en caso de sentencia condenatoria por no tener guia) no puede ser, seria una prevaricacion.
Mas atras otro post es un supuesto real que se realiza en policia, imaginate si la falta de guia fuera tenencia ilicita, como de formados salen esos policias.
El no tener guia no significa que no existiera , bien pudo existir y no encontrarse por estar deteriorada, extaviada, sustraida. etc, el caso es el mismo no esta la guia.
Lo que si esta claro es que al preguntar por alguna sentencia me obligué a rebuscar por la red y encontre los post de mas arriba , ya tengo claro que NO ES DELITO(no solo por lo del fiscal, o el supuesto, encontre varias cosas).
En cualquier caso (el arma tiene marcas de fabrica, no tiene ningun marron, no se disparo en 50 años, no esta modificada, no ha sido introducida ilegalmente, etc) es solo que no se encuentra la guia.
En la ia de la GC tienen un archivo limitado, esas armas de la guerra civil estaban "guiadas" mediante un simple papelito que les daba el propio armero (era era su guia). Cierto es que hoy en dia se deberia regularizar el arma, es decir presentarla en ia y solicitar que se guie y que les conste en los archivos, esto es para su control efectivo. Aun asi cuanta gente familiares de exmilitares o de policias tienen varias armas y alguna de ellas son recuerdos de sus antepasados y no tienen guia (perdida, extravidad,rota) pero si tienen licencia/permiso porque tienen algun otra arma de hoy en dia, y se encuadran todas en la misma categoria.
Creo que por eso existe la infraccion leve de perdida, extravio,deterioro, de la guia. En cualquier caso en lo que todos coincidimos es en que la guia no es ningun "permisos/licencias"que dice la tenencia ilicita, es un documento que debe ir con el arma , pero que ni su tenencia habilita para poder poseerla ni tampoco su carencia constituye delito.
No se puede equiparar el permiso/licencia de conducir (cuya carencia en delito) con la obligacion de otras cosas( pasar itv, tener seguro, permiso de circulacion, chalecos reflectantes, juego de lamparas de repuesto, triangulos de señalizacion, etc etc etc)
La licencia/permiso es lo que la ley exige para poder poseerla segun el ra, lo demas son obligaciones contraidas(guia de pertenecia, revista de armas, tenerla en lugar seguro, no modificarla,etc etc)
en cualquier caso buscare haber si encuentro alguna sentencia en este sentido y lo comentare
saludos al foro
Gracias por contestar, buen tirador, lo que yo se es lo que dice la ley, y me ciño al post de mas arriba donde un fiscal lo desmenuza con claridad meridiana.
Lo que esta claro es que el delito de tenencia ilicita , por mas vueltas que se le es lo que dice el codigo penal y este habla de licencias/permisos (su falta o carencia origina el delito) no menciona a las guias (por otra parte logico, el anterior codigo si lo hacia y este no, por algo se derogó).
El ejemplo del carne de conducir y el permiso de circulacion viene que ni al pelo, no se puede acusar de cometer el delito de conducir sin permiso/licencia de conducir a alguien que no tiene el permiso de circulacion del vehiculo.
Lo que yo pedia era si alguien tenia alguna sentencia en este sentido, en el otro(en caso de sentencia condenatoria por no tener guia) no puede ser, seria una prevaricacion.
Mas atras otro post es un supuesto real que se realiza en policia, imaginate si la falta de guia fuera tenencia ilicita, como de formados salen esos policias.
El no tener guia no significa que no existiera , bien pudo existir y no encontrarse por estar deteriorada, extaviada, sustraida. etc, el caso es el mismo no esta la guia.
Lo que si esta claro es que al preguntar por alguna sentencia me obligué a rebuscar por la red y encontre los post de mas arriba , ya tengo claro que NO ES DELITO(no solo por lo del fiscal, o el supuesto, encontre varias cosas).
En cualquier caso (el arma tiene marcas de fabrica, no tiene ningun marron, no se disparo en 50 años, no esta modificada, no ha sido introducida ilegalmente, etc) es solo que no se encuentra la guia.
En la ia de la GC tienen un archivo limitado, esas armas de la guerra civil estaban "guiadas" mediante un simple papelito que les daba el propio armero (era era su guia). Cierto es que hoy en dia se deberia regularizar el arma, es decir presentarla en ia y solicitar que se guie y que les conste en los archivos, esto es para su control efectivo. Aun asi cuanta gente familiares de exmilitares o de policias tienen varias armas y alguna de ellas son recuerdos de sus antepasados y no tienen guia (perdida, extravidad,rota) pero si tienen licencia/permiso porque tienen algun otra arma de hoy en dia, y se encuadran todas en la misma categoria.
Creo que por eso existe la infraccion leve de perdida, extravio,deterioro, de la guia. En cualquier caso en lo que todos coincidimos es en que la guia no es ningun "permisos/licencias"que dice la tenencia ilicita, es un documento que debe ir con el arma , pero que ni su tenencia habilita para poder poseerla ni tampoco su carencia constituye delito.
No se puede equiparar el permiso/licencia de conducir (cuya carencia en delito) con la obligacion de otras cosas( pasar itv, tener seguro, permiso de circulacion, chalecos reflectantes, juego de lamparas de repuesto, triangulos de señalizacion, etc etc etc)
La licencia/permiso es lo que la ley exige para poder poseerla segun el ra, lo demas son obligaciones contraidas(guia de pertenecia, revista de armas, tenerla en lugar seguro, no modificarla,etc etc)
en cualquier caso buscare haber si encuentro alguna sentencia en este sentido y lo comentare
saludos al foro