Sobre campos de tiro eventuales

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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por subo26 » 11 Ene 2009 18:02

no porque si lees la resolucion que te dan te dice ............................................debera cumplir con tal cual y tal y pascual en resumen con todo lo de un campo permanente, si alguien cumple todo eso osea la normativa nunca, y toquemos madera, suele haber accidentes, con lo cual si los hay es porque algo no se ha cumplido, algo que se decia en la resolucion que se debia cumplir y al final la responsabilidad es del organizador. Te lo digo por experiencia que tengo y mucha.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por caja_pandora1 » 11 Ene 2009 15:16

[citando a: subo26]
[citando a: caja_pandora1]
Vale, reitero la pregunta:
¿A quien debo pedir responsabilidades en una tirada autorizada mediante un campo eventual en caso de accidente?

Organizador


Pues la compañia de seguros dice que habiendo un permiso de delegacion de gobierno mediente informe de la GC, la responsabilidad es suya.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por subo26 » 23 Dic 2008 23:39

[citando a: caja_pandora1]
Vale, reitero la pregunta:
¿A quien debo pedir responsabilidades en una tirada autorizada mediante un campo eventual en caso de accidente?

Organizador

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por caja_pandora1 » 23 Dic 2008 22:55

Vale, reitero la pregunta:
¿A quien debo pedir responsabilidades en una tirada autorizada mediante un campo eventual en caso de accidente?

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por laberinto » 16 Dic 2008 14:55

En mi opinion ocurre lo siguiente: Primero el club de Tiro de Mediana se encuentra a unos treinta kilometros de Zaragoza. Segundo las instalaciones de recorridos aunque no esten homologadas, animo a cualquiera que quiera visitarlas y asi podran comprobar que son muy buenas, en cuanto seguridad tanto las separaciones para los diferentes ejercicios asi como el fondo (donde se dispara) - no se la altura- pero es una autentica montaña . Repito que aunque no esten homologadas estan muy bien pensadas. La galeria de rifle le faltan los parabalas efectivamente, pero se dispara hacia una pared vertical de mas que considerables dimensiones, con la paradoja que fuera del campo de tiro si se puede disparar (en epoca de caza) tanto con rifle como con escopeta y sin embargo dentro del club no se puede, salvo que se pida el correspondiente permiso. SALUDOS

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por subo26 » 16 Dic 2008 14:51

[citando a: Gus039]
En mi modesta opinión, creo que el problema nace cuando se redactó el R.A, en aquella época no se tuvo en cuenta el IPSC.
Para poder prácticarlo se ha entrotrado el "vacio legal" de los campos eventuales, que no estaban pensados para este tipo de prácticas, sino como a dicho Subo, para actos exporádicos como fiesta, ferias, etc., donde no se exigen todas las medidas de seguridad, como ejemplo las plazas de todos fijas, no tienen las mismas medidas de seguridad que las de verano por fiestas, que son desmontables.
Con respecto a lo que ha dicho caja_pandora1, sobre la prevaricación, creo que se ha pasado un poquito, estoy seguro que si la G.C. no quiere en España no se celebra una competicion de IPSC, lo que si que me parecería injusto es que no se autoricen todas los campos eventuales. Dentro de la misma I.A, y delegación del Gobierno.
Pero tranquilo, que en unos años, qué digo años, seguro que en unos meses tenemos un nuevo R.A. donde todos estaremos super contentos; o NO. :D
AU.


:plas:plas Ojala el R. de Armas cambiara y diera opcion a instalaciones permanentes de IPSC y se acababan el 85% de los problemas de las instalaciones eventuales.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por Gus039 » 16 Dic 2008 14:07

En mi modesta opinión, creo que el problema nace cuando se redactó el R.A, en aquella época no se tuvo en cuenta el IPSC.
Para poder prácticarlo se ha entrotrado el "vacio legal" de los campos eventuales, que no estaban pensados para este tipo de prácticas, sino como a dicho Subo, para actos exporádicos como fiesta, ferias, etc., donde no se exigen todas las medidas de seguridad, como ejemplo las plazas de todos fijas, no tienen las mismas medidas de seguridad que las de verano por fiestas, que son desmontables.
Con respecto a lo que ha dicho caja_pandora1, sobre la prevaricación, creo que se ha pasado un poquito, estoy seguro que si la G.C. no quiere en España no se celebra una competicion de IPSC, lo que si que me parecería injusto es que no se autoricen todas los campos eventuales. Dentro de la misma I.A, y delegación del Gobierno.
Pero tranquilo, que en unos años, qué digo años, seguro que en unos meses tenemos un nuevo R.A. donde todos estaremos super contentos; o NO. :D
AU.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por subo26 » 15 Dic 2008 11:43

[citando a: caja_pandora1]
[citando a: subo26]
Mira amigo creo que ya te estas pasando y que no atiendes a razones así que directamente paso ya de contestarte pues no te enteras de nada.

No se que carajo te pasa pero todo es legal, lo que me da es que tu no tienes ni idea y ahi esta el problema.

Te vuelvo a decir que la ICAE (DGGC) no tiene nada que ver con los campos eventuales que es el Subdelegado del Gobierno previo informe de la IAE territorial.

No tiene nada que ver que los recorridos no vengan en el reglamento, sino lo que pasa es que dada la peculiaridad de estos no se ajustan a lo que el reglamento de armas llama galerias de tiro.

Y por ultimo no se de donde te sacas que se esta incumpliendo la ley, precisamente lo que mas se cumple es la ley, por eso surgen tantos problemas.:(1

Con esto acabo ya no creo que merezca la pena escribir mas en este post.
:(2


Yo creo que me entero de demasiado.

Tu me dices que se dan porque si y punto, y porque hay alguien que cree que eun momento dado se peuden usar para el tiro, pero a la mañana siguiente no.

Por lo demas escribe en los hilos que creas necesario.


no creo que halla dicho eso lee todo lo que puse.

De todas formas cuando vallas a pedir autorizacion hablamos :D

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por caja_pandora1 » 15 Dic 2008 11:11

[citando a: subo26]
Mira amigo creo que ya te estas pasando y que no atiendes a razones así que directamente paso ya de contestarte pues no te enteras de nada.

No se que carajo te pasa pero todo es legal, lo que me da es que tu no tienes ni idea y ahi esta el problema.

Te vuelvo a decir que la ICAE (DGGC) no tiene nada que ver con los campos eventuales que es el Subdelegado del Gobierno previo informe de la IAE territorial.

No tiene nada que ver que los recorridos no vengan en el reglamento, sino lo que pasa es que dada la peculiaridad de estos no se ajustan a lo que el reglamento de armas llama galerias de tiro.

Y por ultimo no se de donde te sacas que se esta incumpliendo la ley, precisamente lo que mas se cumple es la ley, por eso surgen tantos problemas.:(1

Con esto acabo ya no creo que merezca la pena escribir mas en este post.
:(2


Yo creo que me entero de demasiado.

Tu me dices que se dan porque si y punto, y porque hay alguien que cree que eun momento dado se peuden usar para el tiro, pero a la mañana siguiente no.

Por lo demas escribe en los hilos que creas necesario.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por subo26 » 07 Dic 2008 18:10

[citando a: caja_pandora1]
Lo que pretendo es que se aplique el reglamento y la legalidad vigente para campos de tiro y concesiones de licencias (esto va por lo leido en otros hilos.)

Todabia no he conseguido que alguien me de una respuesta realmente a lo que he preguntado, salvo que soy muy cerrado.

Pregunto: porque se concede el permidod e tiro eventual de forma fraudulenta y el ICAE lo consiente, ya que segun la constitucion la ley es la misma para todos, la Guardia Civl no esta ni para interpretar ni para legislar, solo para cumplir las leyes y reglamentos (debidamente aprobados por ley, nada de directrices internas ni chorradas).

Siempre se dice que cada IA es un mundo, no veo porque, ya que en el momento que un funcionario no cumple la ley esta incurriendo en delito de prevaricacion, que le podria salir caro.

Los recorridos de tiro no existen el el vigente reglamento, con lo que segun derecho lo que no esta legislado no existe, por lo que donde se practique esta modalidad es un campo ilegal, y la GC es conniviente con esta ilegalidad.


Mira amigo creo que ya te estas pasando y que no atiendes a razones así que directamente paso ya de contestarte pues no te enteras de nada.

No se que carajo te pasa pero todo es legal, lo que me da es que tu no tienes ni idea y ahi esta el problema.

Te vuelvo a decir que la ICAE (DGGC) no tiene nada que ver con los campos eventuales que es el Subdelegado del Gobierno previo informe de la IAE territorial.

No tiene nada que ver que los recorridos no vengan en el reglamento, sino lo que pasa es que dada la peculiaridad de estos no se ajustan a lo que el reglamento de armas llama galerias de tiro.

Y por ultimo no se de donde te sacas que se esta incumpliendo la ley, precisamente lo que mas se cumple es la ley, por eso surgen tantos problemas.:(1

Con esto acabo ya no creo que merezca la pena escribir mas en este post.
:(2

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por caja_pandora1 » 07 Dic 2008 16:27

Lo que pretendo es que se aplique el reglamento y la legalidad vigente para campos de tiro y concesiones de licencias (esto va por lo leido en otros hilos.)

Todabia no he conseguido que alguien me de una respuesta realmente a lo que he preguntado, salvo que soy muy cerrado.

Pregunto: porque se concede el permidod e tiro eventual de forma fraudulenta y el ICAE lo consiente, ya que segun la constitucion la ley es la misma para todos, la Guardia Civl no esta ni para interpretar ni para legislar, solo para cumplir las leyes y reglamentos (debidamente aprobados por ley, nada de directrices internas ni chorradas).

Siempre se dice que cada IA es un mundo, no veo porque, ya que en el momento que un funcionario no cumple la ley esta incurriendo en delito de prevaricacion, que le podria salir caro.

Los recorridos de tiro no existen el el vigente reglamento, con lo que segun derecho lo que no esta legislado no existe, por lo que donde se practique esta modalidad es un campo ilegal, y la GC es conniviente con esta ilegalidad.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por subo26 » 04 Dic 2008 20:51

[citando a: caja_pandora1]
Que yo sepa las armas cortas no son de la categoria 3ª.

Si como tu dices inicialmente las medidas se seguridad tanto si el campo de tiro es eventual como permante son lasmismas... no lo entiendo, me da a mi la impresion que eso no es del todo legal por parte del que lo conceda.

En caso de accidente, por ejemplo que una bala rebote, o se vaya para otro sitio ay que no hay parabalas, ¿la responsabilidad seria del firmante del campo, de la intervencion o de quien?

Ya que se levanta la mano con las medidas seguridad reitero mi pregunta: ¿puedo yo organizar una tirada en un campo de mi propiedad con mis amigos pidiendo el permiso siguiendo las mimas medidas que reunen estos "campos eventuales?(que vienen a ser NINGUNA)


no las armas cortas no son de la categoria 3 pero son armas de fuego nooo.

Como te dije antes este articulo se creo para aprobar las fiestas de los pueblos.

Respecto a lo que me dices de accidentes me remito a lo que dice el Reglamento como criterios de evaluacion para aprobar un campo o una galeria de tiro;
CAMPO DE TIRO

Un campo de tiro reúne condiciones de seguridad cuando, examinados cada uno de los puntos anteriores y todos en conjunto:

Ninguna persona que ha cumplido con las señalizaciones de seguridad impuestas durante la tirada puede ser alcanzada entre los puestos de tirador y el límite del campo.

Las señalizaciones son claras, bien visibles y no ofrecen ninguna duda.

GALERIA DE TIRO
Una vez analizados todos los puntos anteriormente expresados (anexo A) y evaluados conjuntamente, la galería reúne las debidas condiciones de seguridad cuando:

Existe la certeza de que ninguna bala pueda salirse de los límites de la galería.

Las protecciones son las adecuadas al máximo calibre a usar.

Ninguna persona puede ser alcanzada durante las tiradas por un disparo entre los puestos de tirador y el espaldón.


Despues de esto...................................vamos a dejar de dar rodeos y vamos a lo que quieres para ver si en mi opinion se puede aprobar eventualmente, vale,

por cierto podiamos pasar este post al que tengo yo abierto de asesoramiento.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por caja_pandora1 » 04 Dic 2008 17:08

Que yo sepa las armas cortas no son de la categoria 3ª.

Si como tu dices inicialmente las medidas se seguridad tanto si el campo de tiro es eventual como permante son lasmismas... no lo entiendo, me da a mi la impresion que eso no es del todo legal por parte del que lo conceda.

En caso de accidente, por ejemplo que una bala rebote, o se vaya para otro sitio ay que no hay parabalas, ¿la responsabilidad seria del firmante del campo, de la intervencion o de quien?

Ya que se levanta la mano con las medidas seguridad reitero mi pregunta: ¿puedo yo organizar una tirada en un campo de mi propiedad con mis amigos pidiendo el permiso siguiendo las mimas medidas que reunen estos "campos eventuales?(que vienen a ser NINGUNA)

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por Oscar1975 » 03 Dic 2008 21:47

[citando a: subo26]
De verdad no te cierres en banda que te veo muy radical, je je.

al art. 149.3 viene a decir que la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3., 3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Gobernador civil de la provincia en que
tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.

Por otro lado las medidas de seguridad tanto para un campo de tiro ya sea permanente o eventual, inicialmente son las mismas, .........osea las reflejadas en el anexo B del R. de Armas.

Respecto a las galerias de tiro idem pero en este caso las medidas de seguridad vienen recogidas en el anexo A del citado R. de Armas.

Ahora bien como ya dije antes cuando es algo eventual (una celebracion concreta, exporadica) siempre se levanta algo la mano en las medidas de seguridad, ahora bien eso es el que firma el que decide.

Por otro lado decirte que las instalaciones o mejor dicho las autorizaciones eventuales solo pueden pedirse un numero maximo de veces al año, para que no haya abuso, no recuerdo cuantas pero esta estipulado. Esto esta echo para que no haya un abuso.

Ahh y por ultimo repetirte que no son los mismos los que aprueban una instalacion eventual que una permanente.

Por ejemplo la gc que entra en juego en el eventual es la IAE ordinaria de la localidad, sin enbargo para una permanente entra en juego esa IAE ordinaria, la IAE Zona (mucho mas especializada que la ordinaria en esos temas, al menos apriori) y la ICAE (Ponte a temblar, lo nunca visto ellos lo ven)


Aquí si que me quito el sombrero yo;):plas:plas



Oscar.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por subo26 » 03 Dic 2008 21:34

De verdad no te cierres en banda que te veo muy radical, je je.

al art. 149.3 viene a decir que la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3., 3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Gobernador civil de la provincia en que
tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.

Por otro lado las medidas de seguridad tanto para un campo de tiro ya sea permanente o eventual, inicialmente son las mismas, .........osea las reflejadas en el anexo B del R. de Armas.

Respecto a las galerias de tiro idem pero en este caso las medidas de seguridad vienen recogidas en el anexo A del citado R. de Armas.

Ahora bien como ya dije antes cuando es algo eventual (una celebracion concreta, exporadica) siempre se levanta algo la mano en las medidas de seguridad, ahora bien eso es el que firma el que decide.

Por otro lado decirte que las instalaciones o mejor dicho las autorizaciones eventuales solo pueden pedirse un numero maximo de veces al año, para que no haya abuso, no recuerdo cuantas pero esta estipulado. Esto esta echo para que no haya un abuso.

Ahh y por ultimo repetirte que no son los mismos los que aprueban una instalacion eventual que una permanente.

Por ejemplo la gc que entra en juego en el eventual es la IAE ordinaria de la localidad, sin enbargo para una permanente entra en juego esa IAE ordinaria, la IAE Zona (mucho mas especializada que la ordinaria en esos temas, al menos apriori) y la ICAE (Ponte a temblar, lo nunca visto ellos lo ven)

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por caja_pandora1 » 02 Dic 2008 12:55

[citando a: subo26]
1- como bien dices el citado club lo que tiene autorizado son dos galerias de tiro de precision para arma corta.
2- las cancha de recorridos de tiro IPSC como podras ver en el post que tengo abierto, en la actualidad no se aprueban como instalaciones permanente, toda vez que no se pueden acoger a los margenes que el R. de Armas marca para una galeria de tiro en su anexo A., por eso su unica posibilidad es que se aprueben para tiradas eventuales (Aprobadas por Subd. gobierno y IAE ordinaria)
3- Respecto a la cancha de rifle me gustaria verla a mi, para ver si cumple con el Reglamento, ya que si fuera así los primeros interesados en tenerla legalizada sería el Club, pero me temo que bien no da las medidas establecidas, las protecciones no son las adecuadas o el terreno no es de su titularidad o se encuentra en un lugar no apto, es por lo que lo hacen así.


Muchas gracias Subo26 por ser tan rapido.

1- Gracias por confirmarmelo.
2- Yo sigo con la pregunta, ¿como puede ser que una tirada o campeonato se realice alli, se de ese permiso (de campo de tiro eventual) y luego cualquiera que vaya al dia siguiente a entrenar este haciendo algo antirreglamentario?
3- ¿Que medidas y protecicones tiene que tener segun el reglamento? insito en lo expuesto en el punto 2, si alli se han hecho tiradas CON EL CONSENTIMIENTO DE LA GUARDIA CIVIL se deberia poder usar de diario, de lo contrario ahi hay algo que a mi me parece que no es normal.

Entonces , yo entiendo, que si yo a nivel personal pido permiso para hacer una tirada con los amigotes en un terreno de mi propiedad que reuna las mismas medidas de seguridad que las que tienen esos "campos eventuales" se me deberia conceder, ¿o no porque hay alguna otra razon para que se concedan esos y ami no?

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por subo26 » 01 Dic 2008 15:18

[citando a: caja_pandora1]
Vamos pasar al caso practico:

El club de tiro de Mediana (Recorridos de Tiro Agustina de Aragon) cuenta con unas galerias de precision homologadas y autorizadas por la Guardia Civil, asi como unas canchas de recorridos y una galeria de rifle que la Guardia Civil dice que no reune los requisitos para poder utilizarse, no obstante, se autorizan previo pago de taas correspondientes tiradas eventuales en esos sitios.

Yo rpegunto, ¿como es que un fin de semana si se peuden usar y al otro no? si las instalaciones son las mismas.


1- como bien dices el citado club lo que tiene autorizado son dos galerias de tiro de precision para arma corta.
2- las cancha de recorridos de tiro IPSC como podras ver en el post que tengo abierto, en la actualidad no se aprueban como instalaciones permanente, toda vez que no se pueden acoger a los margenes que el R. de Armas marca para una galeria de tiro en su anexo A., por eso su unica posibilidad es que se aprueben para tiradas eventuales (Aprobadas por Subd. gobierno y IAE ordinaria)
3- Respecto a la cancha de rifle me gustaria verla a mi, para ver si cumple con el Reglamento, ya que si fuera así los primeros interesados en tenerla legalizada sería el Club, pero me temo que bien no da las medidas establecidas, las protecciones no son las adecuadas o el terreno no es de su titularidad o se encuentra en un lugar no apto, es por lo que lo hacen así.

RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensaje por pacopi » 29 Nov 2008 00:04

[citando a: caja_pandora1]
Vamos pasar al caso practico:

El club de tiro de Mediana (Recorridos de Tiro Agustina de Aragon) cuenta con unas galerias de precision homologadas y autorizadas por la Guardia Civil, asi como unas canchas de recorridos y una galeria de rifle que la Guardia Civil dice que no reune los requisitos para poder utilizarse, no obstante, se autorizan previo pago de taas correspondientes tiradas eventuales en esos sitios.

Yo rpegunto, ¿como es que un fin de semana si se peuden usar y al otro no? si las instalaciones son las mismas.


Como te dice sirio en el post siguiente: Presenta un escrito................... etc.

De esta forma, casi con seguridad te habrás quedado sin tiradas todos los fines de semana, ademas de que habrás comprometido al interventor que te ha autorizado las que has hecho. Capisci?

Un saludete

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