Cesion temporal de arma corta F 3ª

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Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por Chinchu » 06 Abr 2021 17:49

NorincoNP29 escribió:Por esa regla de tres no se podrian usar armas del club por los socios sin la autorización escrita, ni para entrenar, ni para competir, ni para los cursos......


No creo que el Reglamento de Armas sepa o entienda de Reglas de Tres. El Art. 91 habla de Españoles y Extranjeros, es decir, de personas con licencia. Las federaciones, clubs y demás personas jurídicas no están inclusidas en ese artículo, luego es de cajón pensar que tendrán un régimen distinto.

Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas ...

Nada tiene que ver una cosa con la otra.

Pd. En los clubs que he estado, nadie se llevaba un arma del club sin firmar un documento que venía a decir y ser un documento de cesión. Si algún club no lo hace, se expone a un disgusto si no puede justificar quién tenía el arma en un momento determinado.

cad

Mensaje por ENZO » 06 Abr 2021 17:22

cad

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por NorincoNP29 » 06 Abr 2021 17:04

Por esa regla de tres no se podrian usar armas del club por los socios sin la autorización escrita, ni para entrenar, ni para competir, ni para los cursos......

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por Chinchu » 06 Abr 2021 16:51

MamasBoy escribió:interesante, me viene a la cabeza otra pregunta derivada de esta, ¿realmente hace falta la cesión para utilizar el arma si el propietario legal esta presente?, aunque este también tirando con otra arma en otro puesto.


Pues va a ser que sí:

Artículo 91.

1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

2. Con igual autorización y a los mismos efectos, podrán prestarse las documentadas con tarjeta de armas, acompañadas de este documento.

Pd. Hay que leer más el Reglamento de Armas :police-smiley:

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por MamasBoy » 06 Abr 2021 15:54

fraypistolas escribió:
ENZO escribió:Por ponerte un ejemplo.

En un campeonato de Pistolas histórico militares, yo y varios que tenemos varias pistolas Historico Militares (Luger, Mauser, etc..) hicimos cesión temporal a varios participantes para que pudieran participar, ya que ellos solo tenían armas modernas.

Vinieron los de intervención solicitando guías, y en caso de los que tiraban con un arma "cedida" la guía, y el papel de cesión temporal. Con cesión temporal había bastantes.

Y a ninguno se le pregunto si tenia su cupo de armas completo, fuese de tercera, de segunda o de primera.

Todos con su guía (y los papeles de cesión temporal "los que la pistola no era de su titularidad" ) pasaron inspección sin problema alguno. Y seguro que casi todos tenían sus licencias cubiertas al 100%, sin cupo para guiarse otra pistola.

Doy fe de este hecho ya que yo fui uno de los participantes con cupo de 2ª completo y participe con un arma cedida con el consabido escrito de cesion por parte del propietario,saludos para ENZO

interesante, me viene a la cabeza otra pregunta derivada de esta, ¿realmente hace falta la cesión para utilizar el arma si el propietario legal esta presente?, aunque este también tirando con otra arma en otro puesto.

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por fraypistolas » 01 Abr 2021 12:02

ENZO escribió:Por ponerte un ejemplo.

En un campeonato de Pistolas histórico militares, yo y varios que tenemos varias pistolas Historico Militares (Luger, Mauser, etc..) hicimos cesión temporal a varios participantes para que pudieran participar, ya que ellos solo tenían armas modernas.

Vinieron los de intervención solicitando guías, y en caso de los que tiraban con un arma "cedida" la guía, y el papel de cesión temporal. Con cesión temporal había bastantes.

Y a ninguno se le pregunto si tenia su cupo de armas completo, fuese de tercera, de segunda o de primera.

Todos con su guía (y los papeles de cesión temporal "los que la pistola no era de su titularidad" ) pasaron inspección sin problema alguno. Y seguro que casi todos tenían sus licencias cubiertas al 100%, sin cupo para guiarse otra pistola.

Doy fe de este hecho ya que yo fui uno de los participantes con cupo de 2ª completo y participe con un arma cedida con el consabido escrito de cesion por parte del propietario,saludos para ENZO

cad

Mensaje por ENZO » 31 Mar 2021 20:23

cad

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por kikeformad » 31 Mar 2021 16:03

Chinchu escribió:
Tirolimpico escribió:Muy buenas a todos, a ver, porfa, ¿alguien sabe a ciencia cierta si se le pueden ceder temporalmente armas para su uso a un titular de la F en 3ª categoría aun tiendo guiada a su nombre ya un arma corta?


chargu2 escribió:Esa pregunta la hice yo en mi IA y la respuesta fue no.
Si te ceden un arma a efectos legales ese periodo es como si fuera tuya, si eres de tercera y ya tienes una guiada, la cedida sería la segunda arma, por lo que no puede ser.
Palabra de IA.


En la misma situación pregunté a mi IA, en la que no sólo me dijeron que es totalmente posible, sino que para cerciorarse llamaron a la ICAE, en la que se lo confirmaron al interventor.

Por otro lado, el R.A. es claro porque habla de "Cesión de Uso", luego a ningún efecto legal eres propietario durante periodo alguno y la "Guía de Pertenencia" sigue a nombre del titular o propietario real, no cambia nada en la propiedad del arma, sigue siendo del mismo titular.

No hay norma alguna que diga que no puedes usar cuantas armas quieras en un momento determinado, y el R.A. siempre habla de "poseer", "portar" y "usar".

Saludos,

por fin una intervención coherente. :apla:

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por Chinchu » 31 Mar 2021 15:11

Tirolimpico escribió:Muy buenas a todos, a ver, porfa, ¿alguien sabe a ciencia cierta si se le pueden ceder temporalmente armas para su uso a un titular de la F en 3ª categoría aun tiendo guiada a su nombre ya un arma corta?


chargu2 escribió:Esa pregunta la hice yo en mi IA y la respuesta fue no.
Si te ceden un arma a efectos legales ese periodo es como si fuera tuya, si eres de tercera y ya tienes una guiada, la cedida sería la segunda arma, por lo que no puede ser.
Palabra de IA.


En la misma situación pregunté a mi IA, en la que no sólo me dijeron que es totalmente posible, sino que para cerciorarse llamaron a la ICAE, en la que se lo confirmaron al interventor.

Por otro lado, el R.A. es claro porque habla de "Cesión de Uso", luego a ningún efecto legal eres propietario durante periodo alguno y la "Guía de Pertenencia" sigue a nombre del titular o propietario real, no cambia nada en la propiedad del arma, sigue siendo del mismo titular.

No hay norma alguna que diga que no puedes usar cuantas armas quieras en un momento determinado, y el R.A. siempre habla de "poseer", "portar" y "usar".

Saludos,

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por walman » 31 Mar 2021 14:49

Te expongo mi caso, soy de tercera y a veces me cede un arma un compañero del club.
Hacemos el papel y yo me la llevo a hacer la tirada pero por la noche se la devuelvo. Asi no la tengo guardada yo en casa.
Si eres de segunda o primera y tienes el cupo cubierto estas en la misma situacion que uno de tercera.
En mi opinion si se guarda en la caja fuerte no deberia de haber problemas, pero yo prefiero devolversela al dueño una vez la he usado.
Un saludo.

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por LACCART » 31 Mar 2021 13:23

Tirolimpico escribió:Muy buenas a todos, a ver, porfa, ¿alguien sabe a ciencia cierta si se le pueden ceder temporalmente armas para su uso a un titular de la F en 3ª categoría aun tiendo guiada a su nombre ya un arma corta?


Pregunta muy interesante , a ver si alguien puede dar una respuesta clara

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por Tirolimpico » 31 Mar 2021 13:10

Muchas gracias por vuestras respuestas, todas ellas, muy lógicas ya que lo de la IA que dice que no, también es lógica porque las IIAA, a veces, interpretan la cosas como ellos quieren. De todas maneras técnicamente yo creo que tiene mucha defensa y seria fácil rebatirles, pero vamos por si si o por sino, yo cedo la mía, y el compañero me cede la suya....

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por MamasBoy » 30 Mar 2021 15:35

En la mía de Barcelona, mientras mantengas las medidas de seguridad y custodia apropiadas no hay problemas

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por chargu2 » 29 Mar 2021 20:06

Esa pregunta la hice yo en mi IA y la respuesta fue no.
Si te ceden un arma a efectos legales ese periodo es como si fuera tuya, si eres de tercera y ya tienes una guiada, la cedida sería la segunda arma, por lo que no puede ser.
Palabra de IA.
Ahora, si tu cedes la tuya y a ti te ceden una, pues estarías dentro de cupo.
Palabra de IA también.
Pero cada una es un reino....
Un saludo

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por Chemi _Refogs » 29 Mar 2021 17:00

Ok, captada la sutil diferencia... :mrgreen:

Saludos cordiales. :birra^:

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por Klibre » 29 Mar 2021 14:53

Estoy de acuerdo pero queria decir posesion, porque durante esos dias el arma esta en tu posesión a todos los efectos. En todo caso el espiritu de la norma es adecuar la masa de armas al nivel deportivo de la masa de tiradores, es decir que no se trata de que un tirador de tercera no pueda usar el arma que quiera, sino que el numero de armas en la calle, dedicadas al tiro tenga cierta proporcion con la realidad del deporte. No es un sistema perfecto pero es verdad que consigue el objetivo, aunque no sea un objetivo demasiado útil.

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por Chemi _Refogs » 29 Mar 2021 13:24

En mi opinión, sin ningún problema:

Artículo 91.

1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.


Hay que tener en cuenta que, como dice Klibre, la guía es de pertenencia (interpreto que luego quiere decir “no de uso”), y sólo se puede tener por quince días.

Si no está prohibido, está permitido.

Saludos cordiales. :birra^:

Adema

Re: Cesion temporal de arma corta F 3ª

Mensaje por Klibre » 29 Mar 2021 12:33

Lo que dice el reglamento es que se pueden ceder a personas con licencia de armas del tipo apropiado. No dice nada de cupos creo.

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