RENOVACION LICENCIA F

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Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Amra » 19 May 2019 21:52

Nyati escribió:Yo, cada vez participo menos en este Foro, y es debido a lo ocurrido en este hilo.

Alguien hace una pregunta, un compañero veterano y con conocimiento, como Chinchu, responde citando los artículos del RA, y como al que pregunta no le gusta la respuesta, le contesta de mala manera y con menos educación.

Así nos va.


Buenas noches.

Una pena, aunque tienes razón en lo de la educación, yo siempre he creído que el ejemplo es la mejor de las educaciones, en esta vida todas nuestras acciones traen consecuencias, si por unos maleducados se pierden los aportes de foreros con gran experiencia y conocimientos las consecuencias las pagamos todos, también los más jóvenes con ganas de aprender y educados ó simplemente buenas personas, que las hay.

Lo mejor es ignorarlos y si se pasan se reporta y se acabo.

Lo que espero es que los veteranos del foro no se cansen de aportar conocimientos y experiencias, el ser humano es inconformista por naturaleza se cansa de lo que tiene mientras lo tiene, pero cuando lo pierde lo quiere recuperar.

Un saludo.

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Nyati » 14 May 2019 19:55

Vamos, a mi me llaman influencer, y saco el hacha de guerra ! :birra^:

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por manolosolo » 14 May 2019 19:52

Hombre, hay que tener manga ancha y paciencia.......... :D
Al final, estamos todos hechos de la misma pasta, pero no en el mismo molde........ :mrgreen:
A mi, me han llamado de todo, comisionista (de chinos, alemanes y yanquis), influencer (eso, tuve que mirar que cosa era), me han insultado de lo lindo, se han acordado de mi madre, y solo por dar una simple y personal opinión, etc, etc, pero al final, todos esos han desaparecido de la faz del foro, y yo aun sigo por aquí, pasando el rato..... :mrgreen:
Saludos.

:birra^:

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Nyati » 14 May 2019 19:39

Yo, cada vez participo menos en este Foro, y es debido a lo ocurrido en este hilo.

Alguien hace una pregunta, un compañero veterano y con conocimiento, como Chinchu, responde citando los artículos del RA, y como al que pregunta no le gusta la respuesta, le contesta de mala manera y con menos educación.

Así nos va.

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Chinchu » 14 May 2019 15:18

jrdc1 escribió:Buenas!

No sabía que en Valdemoro arbitraran personas que no fueran árbitros colegiados de la FMTO, y por tanto no se levantara acta del resultado de la tirada. Es una lástima. Lo que si que he visto es que Valdemoro ha llegado a un acuerdo con la federación aragonesa para organizar tiradas oficiales de esta última, válidas para renovaciones y demás trámites. También celebran competiciones bajo los auspicios de la REFEDETO. Veo que se mueven para evitar que situaciones como la planteada no se repìta, aunque sea pagando otra federativa.

Saludos


Hola de nuevo,

Estás en lo cierto. Hay dos calendarios, uno de la Aragonesa y otro de la Nacional-sección Madrid que, como sabrás, fue una solución dada por la RFEDETO para los federados madrileños que deseasen salir de las "garras" de la FMTO.

Cada uno certifica sus tiradas, que valen para cada caso. E el caso de als de la RFEDETO Sección Madrid, tengo entendido que tienen categoría nacional, como las fases preliminares, por lo que son valederas para canje y ascenso.

Respeco a las propias del club, que sí son arbitradas lógcamente, el problema supongo que es que da igual la condición de los árbitros, si no son reconocidas por la Madrileña pues no las certifica y se acabó.

Saludos,

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por jrdc1 » 14 May 2019 14:41

Buenas!

Chinchu escribió:
jrdc1 escribió:Buenas!

Me pilla a 600 km, pero...

Que yo sepa, todos los clubs de una comunidad autónoma pertenecen/están dados de alta en la federación respectiva, por lo que sus actividades se considera que están amparadas por la federación. Así, los entrenamientos controlados, tiradas complementarias, tiradas sociales, etc, son válidos a efectos de demostrar actividad deportiva y renovar tercera. para segunda, la tirada debe de ser un campeonato autonómico, o lo que en Catalunya llamamos primeras fases del Campionat de Catalunya, que organizan los clubes según sus necesidades, pero tienen nivel de tirada autonómica a efectos de renovación. En mi club, el presidente del club tiene el rango de delegado de la federación, y pude emitir certificados válidos para la renovación de 3ª y 2ª categorías; me parece que todos los presidentes de club de Catalunya ostentan la misma condición, y sus certificados son aceptados para las renovaciones.

Me parece extraño que Valdemoro no disfrute de una situación similar, a no ser que la guerra que hay entre presidentes electos y salientes, con alegaciones cruzadas ante el CSD y la Comunidad de Madrid haya enfriado la situación hasta tal punto que se haya retirado la habilitación para firmar certificados. Para más INRI, recordad que la REFEDETO ha expulsado a la FMTO de su seno, por lo que en principio no puede emitir certificados, cosa que llevó a la REFEDETO a ofrecer certificados propios para aquellos tiradores de la FMTO que lo necesitaran. Se comentó que el tema estaba judicializado, y no se si ya se ha resuelto, o no.

Quizás una llamada a las oficinas de la REFEDETO puedan aclarar algo, respecto a qué certificado se puede obtener si participas en las actividades de Valdemoro.

Saludos


No hace falta llamar, ya que históricamente la fmto siempre ha hecho lo mismo; no certifica ninguna tirada que no esté debidamente arbitrada por un árbitro suyo y debidamente elaborada el acta correspondiente.

Será cuestión de pelas, de política o de lo que sea, pero siempre ha sido así, desde mucho antes de la "guerra" que comentas.

Y una vez más, aunque resulte tedioso, el R.A. dice claramente que las federaciones deportivas son las que certifican luego, si no lleva el sello federativo, pues va a ser que no. Otra cosa es que alguna territorial delegue esa función en presidentes de clubes, pero eso ya es otra cuestión.

Saludos,


No sabía que en Valdemoro arbitraran personas que no fueran árbitros colegiados de la FMTO, y por tanto no se levantara acta del resultado de la tirada. Es una lástima. Lo que si que he visto es que Valdemoro ha llegado a un acuerdo con la federación aragonesa para organizar tiradas oficiales de esta última, válidas para renovaciones y demás trámites. También celebran competiciones bajo los auspicios de la REFEDETO. Veo que se mueven para evitar que situaciones como la planteada no se repìta, aunque sea pagando otra federativa.

Saludos

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Chinchu » 14 May 2019 12:46

jrdc1 escribió:Buenas!

Me pilla a 600 km, pero...

Que yo sepa, todos los clubs de una comunidad autónoma pertenecen/están dados de alta en la federación respectiva, por lo que sus actividades se considera que están amparadas por la federación. Así, los entrenamientos controlados, tiradas complementarias, tiradas sociales, etc, son válidos a efectos de demostrar actividad deportiva y renovar tercera. para segunda, la tirada debe de ser un campeonato autonómico, o lo que en Catalunya llamamos primeras fases del Campionat de Catalunya, que organizan los clubes según sus necesidades, pero tienen nivel de tirada autonómica a efectos de renovación. En mi club, el presidente del club tiene el rango de delegado de la federación, y pude emitir certificados válidos para la renovación de 3ª y 2ª categorías; me parece que todos los presidentes de club de Catalunya ostentan la misma condición, y sus certificados son aceptados para las renovaciones.

Me parece extraño que Valdemoro no disfrute de una situación similar, a no ser que la guerra que hay entre presidentes electos y salientes, con alegaciones cruzadas ante el CSD y la Comunidad de Madrid haya enfriado la situación hasta tal punto que se haya retirado la habilitación para firmar certificados. Para más INRI, recordad que la REFEDETO ha expulsado a la FMTO de su seno, por lo que en principio no puede emitir certificados, cosa que llevó a la REFEDETO a ofrecer certificados propios para aquellos tiradores de la FMTO que lo necesitaran. Se comentó que el tema estaba judicializado, y no se si ya se ha resuelto, o no.

Quizás una llamada a las oficinas de la REFEDETO puedan aclarar algo, respecto a qué certificado se puede obtener si participas en las actividades de Valdemoro.

Saludos


No hace falta llamar, ya que históricamente la fmto siempre ha hecho lo mismo; no certifica ninguna tirada que no esté debidamente arbitrada por un árbitro suyo y debidamente elaborada el acta correspondiente.

Será cuestión de pelas, de política o de lo que sea, pero siempre ha sido así, desde mucho antes de la "guerra" que comentas.

Y una vez más, aunque resulte tedioso, el R.A. dice claramente que las federaciones deportivas son las que certifican luego, si no lleva el sello federativo, pues va a ser que no. Otra cosa es que alguna territorial delegue esa función en presidentes de clubes, pero eso ya es otra cuestión.

Saludos,

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por jrdc1 » 13 May 2019 21:01

Buenas!

Me pilla a 600 km, pero...

Que yo sepa, todos los clubs de una comunidad autónoma pertenecen/están dados de alta en la federación respectiva, por lo que sus actividades se considera que están amparadas por la federación. Así, los entrenamientos controlados, tiradas complementarias, tiradas sociales, etc, son válidos a efectos de demostrar actividad deportiva y renovar tercera. para segunda, la tirada debe de ser un campeonato autonómico, o lo que en Catalunya llamamos primeras fases del Campionat de Catalunya, que organizan los clubes según sus necesidades, pero tienen nivel de tirada autonómica a efectos de renovación. En mi club, el presidente del club tiene el rango de delegado de la federación, y pude emitir certificados válidos para la renovación de 3ª y 2ª categorías; me parece que todos los presidentes de club de Catalunya ostentan la misma condición, y sus certificados son aceptados para las renovaciones.

Me parece extraño que Valdemoro no disfrute de una situación similar, a no ser que la guerra que hay entre presidentes electos y salientes, con alegaciones cruzadas ante el CSD y la Comunidad de Madrid haya enfriado la situación hasta tal punto que se haya retirado la habilitación para firmar certificados. Para más INRI, recordad que la REFEDETO ha expulsado a la FMTO de su seno, por lo que en principio no puede emitir certificados, cosa que llevó a la REFEDETO a ofrecer certificados propios para aquellos tiradores de la FMTO que lo necesitaran. Se comentó que el tema estaba judicializado, y no se si ya se ha resuelto, o no.

Quizás una llamada a las oficinas de la REFEDETO puedan aclarar algo, respecto a qué certificado se puede obtener si participas en las actividades de Valdemoro.

Saludos

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Jose1963 » 13 May 2019 15:29

Pero vamos, que alguien que sea de tercera cometa estos errores y que tira una vez al año para mantener su pistolita tiene disculpa, pero uno que "afirma" que es de segunda no sepa que hay que hacer tiradas de su federación para renovar y mantener licencia y categoría es de traca y que encima se permita el lujo de cargar contra compañeros que se lo dan todo masticado aportando el articulado y este se lo agradezca demostrando su falta de educación, normal que cada vez menos gente que sabe conteste en el foro .

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por topp » 13 May 2019 13:36

No hay que darle mas vueltas al asunto... :vacaciones^:

Primero mman22 ! donde estas federado toledo,guadalajara,madrid...? Porque una de estas federaciones tiene que emitirte el certificado, no Valdemoro porque no es federación es un Club. Otra cosa es que algunas de sus tiradas estén reconocidas por la federacion y sean oficiales, igual que hace la FMTO que tiene tiradas que se puede apuntar cualquier tirador de cualquier club de fuera. Luego emiten ellos los certificados a los clubes o lo puedes solicitar en la propia federación que hicisteis esa tirada oficial. Yo la gente que conozco en valdemoro si no recuerdo mal antaño tiraban las oficiales en toledo o en Madrid para poder renovar...

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Chinchu » 13 May 2019 12:00

manolosolo escribió:Que bien, alguien pregunta, alguien responde de forma clara y concisa, y sin lugar a interpretaciones, y como la respuesta, bien clarita, no es de mi agrado, pues hala!!!!, me enfado por no leer lo que quería, y listo. Genial.... :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
Saludos.


Así nos va, y luego nos quejamos de que la gente no responde.

¡Cualquiera se atreve!

Saludos Manolosolo

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por manolosolo » 13 May 2019 11:58

Que bien, alguien pregunta, alguien responde de forma clara y concisa, y sin lugar a interpretaciones, y como la respuesta, bien clarita, no es de mi agrado, pues hala!!!!, me enfado por no leer lo que quería, y listo. Genial.... :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
Saludos.

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Chinchu » 13 May 2019 09:38

:apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla:

:zombie2: :zombie2: :zombie2: :zombie2:

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por mamm22 » 13 May 2019 09:06

Chinchu escribió:
mamm22 escribió:Tu abogado no eres, porque te veo que sabes mucho, aprende a leer majo.



Aprende tu a escribir y a dirigirte a los demás, y sobre todo a no sacar conclusiones sobre lo que los demás son o no, si ni siquiera les conoces.

No te he contestado a tí, así que pasa de mí.

Majo!


Olvidane, y sigue con tus listezas

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Chinchu » 13 May 2019 08:43

mamm22 escribió:Tu abogado no eres, porque te veo que sabes mucho, aprende a leer majo.



Aprende tu a escribir y a dirigirte a los demás, y sobre todo a no sacar conclusiones sobre lo que los demás son o no, si ni siquiera les conoces.

No te he contestado a tí, así que pasa de mí.

Majo!

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por mamm22 » 13 May 2019 01:48

Chinchu escribió:
Saxtorph escribió:Se acogen a una interpretación del artículo 138 de reglamento de armas en su última redacción de 2017.

Una cosa es que algunas intervenciones hayan aceptado certificados de clubes y otra muy distinta que el R.A: no diga claramente quién tiene potestad de certificar, como ha sido siempre, así que en absoluto se acogen a interpretación alguna del 138.


Tu abogado no eres, porque te veo que sabes mucho, aprende a leer majo.


De la lectura correcta del 136, 137 y 138, que clarísimo que sólo las federaciones deportivas pueden certificar la actividad deportiva, lo que sí es una interpretación muy particular y subjetiva es tomar un sólo párrafo de un artículo:

Artículo 136.

Solamente se podrá proceder a la expedición de las autorizaciones de adquisición y de las guías de pertenencia correspondientes, si las armas tienen la condición de armas de concurso reconocida en virtud de Orden del Ministerio del Interior, dictada teniendo en cuenta la comunicación prevenida en el artículo anterior y en la que se especificarán, junto a los límites máximos, las características mínimas de las armas. La petición de dichas autorizaciones y guías habrá de documentarse con certificado de las correspondientes federaciones deportivas en los que, con reseña de las armas, se acredite que se trata de armas de concurso.

[Bloque 198: #a137]

Artículo 137.

1. La pérdida de la habilitación deportiva que corresponda llevará aparejada la revocación de la licencia y de la facultad de poseer armas de concurso, y obligará a entregar aquélla y éstas en la Intervención de Armas, donde podrán permanecer durante un año. Antes de terminar este plazo, el interesado podrá solicitar nueva licencia para su uso, si recobrase su condición deportiva, o autorizar la transferencia a persona legitimada para el uso de dichas armas de concurso o a comerciantes autorizados, en la forma prescrita en los artículos 94 y 95.

2. A los efectos prevenidos en el apartado anterior, las federaciones deportivas deberán comunicar a la Intervención de Armas, en el plazo máximo de quince días, las pérdidas de habilitaciones deportivas de las que tuvieran conocimiento. La Intervención de Armas dará cuenta seguidamente a la Dirección General de la Guardia Civil.

[Bloque 199: #a138]

Artículo 138.

1. Las federaciones deportivas con modalidades de tiro con armas de concurso remitirán anualmente a la Dirección General de la Guardia Civil relación de los deportistas que hayan participado en sus actividades, asignando a los mismos las correspondientes clasificaciones deportivas. La Intervención de Armas podrá presenciar las pruebas que se celebren para obtener o mejorar las distintas clasificaciones.

2. Aquellos deportistas que, salvo casos de fuerza mayor, no hayan desarrollado durante un año actividades deportivas, perderán la licencia F de armas, debiendo depositar sus armas y licencias en la Intervención de Armas a los efectos dispuestos en el apartado 1 del artículo anterior.

3. El incumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 137 y en el apartado 1 del presente artículo dará lugar a la imposición de las sanciones determinadas en el artículo 156 e) de este Reglamento, recayendo la responsabilidad en los presidentes de las federaciones o en quienes les sutituyan o representen.

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por Chinchu » 12 May 2019 16:24

Saxtorph escribió:Se acogen a una interpretación del artículo 138 de reglamento de armas en su última redacción de 2017.

Una cosa es que algunas intervenciones hayan aceptado certificados de clubes y otra muy distinta que el R.A: no diga claramente quién tiene potestad de certificar, como ha sido siempre, así que en absoluto se acogen a interpretación alguna del 138.

De la lectura correcta del 136, 137 y 138, que clarísimo que sólo las federaciones deportivas pueden certificar la actividad deportiva, lo que sí es una interpretación muy particular y subjetiva es tomar un sólo párrafo de un artículo:

Artículo 136.

Solamente se podrá proceder a la expedición de las autorizaciones de adquisición y de las guías de pertenencia correspondientes, si las armas tienen la condición de armas de concurso reconocida en virtud de Orden del Ministerio del Interior, dictada teniendo en cuenta la comunicación prevenida en el artículo anterior y en la que se especificarán, junto a los límites máximos, las características mínimas de las armas. La petición de dichas autorizaciones y guías habrá de documentarse con certificado de las correspondientes federaciones deportivas en los que, con reseña de las armas, se acredite que se trata de armas de concurso.

[Bloque 198: #a137]

Artículo 137.

1. La pérdida de la habilitación deportiva que corresponda llevará aparejada la revocación de la licencia y de la facultad de poseer armas de concurso, y obligará a entregar aquélla y éstas en la Intervención de Armas, donde podrán permanecer durante un año. Antes de terminar este plazo, el interesado podrá solicitar nueva licencia para su uso, si recobrase su condición deportiva, o autorizar la transferencia a persona legitimada para el uso de dichas armas de concurso o a comerciantes autorizados, en la forma prescrita en los artículos 94 y 95.

2. A los efectos prevenidos en el apartado anterior, las federaciones deportivas deberán comunicar a la Intervención de Armas, en el plazo máximo de quince días, las pérdidas de habilitaciones deportivas de las que tuvieran conocimiento. La Intervención de Armas dará cuenta seguidamente a la Dirección General de la Guardia Civil.

[Bloque 199: #a138]

Artículo 138.

1. Las federaciones deportivas con modalidades de tiro con armas de concurso remitirán anualmente a la Dirección General de la Guardia Civil relación de los deportistas que hayan participado en sus actividades, asignando a los mismos las correspondientes clasificaciones deportivas. La Intervención de Armas podrá presenciar las pruebas que se celebren para obtener o mejorar las distintas clasificaciones.

2. Aquellos deportistas que, salvo casos de fuerza mayor, no hayan desarrollado durante un año actividades deportivas, perderán la licencia F de armas, debiendo depositar sus armas y licencias en la Intervención de Armas a los efectos dispuestos en el apartado 1 del artículo anterior.

3. El incumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 137 y en el apartado 1 del presente artículo dará lugar a la imposición de las sanciones determinadas en el artículo 156 e) de este Reglamento, recayendo la responsabilidad en los presidentes de las federaciones o en quienes les sutituyan o representen.

Re: RENOVACION LICENCIA F

Mensaje por topp » 12 May 2019 16:07

Aqui los que cortan el Bacalao son las federaciones los Club no pintan nada ya que al final todas las tiradas para que sean validas deben pasar por la federación... Háblalo con el club Valdemoro para te den una solución. Yo conozco gente que tira ayi y nunca han tenido ningún problema para renovar.

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