Mensaje por Oscar1975 » 08 Jun 2008 08:08
Realidad, leeté el Reglamento de Armas en el artículo 132.1:
Artículo 132.
1. La licencia F será de tres clases, en correspondencia con las categorías del tirador. La de tercera clase autorizará la tenencia y el uso de un arma corta o un arma larga de concurso, quedando excluidas las pistolas libres. La de segunda clase podrá autorizar la tenencia y el uso de hasta seis armas de concurso. Y la de primera clase podrá autorizar la tenencia y uso de hasta diez armas de concurso.
Espero que te haya aclarado algo, así que a afinar la puntería. Mucha suerte.
Oscar.
Realidad, leeté el Reglamento de Armas en el artículo 132.1:
[color=blue]Artículo 132.
1. La licencia F será de [b]tres clases[/b], en correspondencia con las categorías del tirador. [b]La de tercera clase autorizará la tenencia y el uso de un arma corta o un arma larga de concurso, quedando excluidas las pistolas libres[/b]. La de segunda clase podrá autorizar la tenencia y el uso de hasta seis armas de concurso. Y la de primera clase podrá autorizar la tenencia y uso de hasta diez armas de concurso.[/color]
Espero que te haya aclarado algo, así que a afinar la puntería. Mucha suerte.
Oscar.