Mensaje por Rapaz351 » 18 Oct 2018 01:57
Hola a todos:
¿Alguien sería capaz de indicarme, dónde está escrito que cuando vas a guiar un arma amparada por la licencia F, estés obligado a tener un armero de grado III, salvo que...vayas a guardar los cierres o las piezas esenciales en tu domicilio? Cierto, en dicho caso, así es. Pero no si optas por guardar el arma completa o los mismos cierres o piezas esenciales en los locales de tu federación, y esto está recogido en el propio reglamento de armas. Es que ni el reglamento ni las circulares de la ICAE dicen nada de ello; tan solo establecen que en caso de guardarlas en nuestros domicilios, deberemos hacerlo con los cierres o piezas esenciales en armeros homologados, y después las circulares de la ICAE, establecen los grados de seguridad de las mismas. Pero en ningún caso se establece la obligatoriedad de tener un armero de grado III, salvo que elijas la opción de guardar los cierres o las piezas esenciales en tu casa. No entiendo como es que esto ha sido pasado por alto durante tanto tiempo. ¿De dónde surge entonces esa obligación, cada vez que vas a guiar un arma? No existe ninguna ley, reglamento o circular que así lo diga.
Hola a todos:
¿Alguien sería capaz de indicarme, dónde está escrito que cuando vas a guiar un arma amparada por la licencia F, estés obligado a tener un armero de grado III, salvo que...[b][u]vayas a guardar los cierres o las piezas esenciales en tu domicilio[/u][/b]? Cierto, en dicho caso, así es. Pero no si optas por guardar el arma completa o los mismos cierres o piezas esenciales en los locales de tu federación, y esto está recogido en el propio reglamento de armas. Es que ni el reglamento ni las circulares de la ICAE dicen nada de ello; tan solo establecen que en caso de guardarlas en nuestros domicilios, deberemos hacerlo con los cierres o piezas esenciales en armeros homologados, y después las circulares de la ICAE, establecen los grados de seguridad de las mismas. Pero en ningún caso se establece la obligatoriedad de tener un armero de grado III, salvo que elijas la opción de guardar los cierres o las piezas esenciales en tu casa. No entiendo como es que esto ha sido pasado por alto durante tanto tiempo. ¿De dónde surge entonces esa obligación, cada vez que vas a guiar un arma? No existe ninguna ley, reglamento o circular que así lo diga.