Custodia de piezas esenciales

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Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por abranchadell » 19 Oct 2018 11:35

Por desgracia, así es...

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por manolosolo » 18 Oct 2018 22:53

Lo dicho antes, sobre el dinero, y el tiempo. si hay abundancia de las dos cosas, pagando minutas de abogados, mas procuradores, y que entiendan algo de armas, puede, si no te marean la perdiz durante años, y años, hasta que desistas por puro aburrimiento....por eso, lo que dice la IA, va a misa.
Saludos.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por Rapaz351 » 18 Oct 2018 22:13

abranchadell escribió:Ejemplos...

Pues en este mismo foro, he leído varios casos a lo largo de los años.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por topp » 18 Oct 2018 13:53

manolosolo escribió:Pues por ejemplo, mandar armas al BOPE, que llevan guiadas 20 años, por no tener el Certificado......... :mrgreen:
Y mil mas, lo que dice el Sr, Interventor de turno, va a misa.... :lol:
Saludos.


A mi me lo vas a decir que tengo intervenidos dos chopos porque dice el "ilustrísimo señor interventor" que no tienen Bope aun llevando el punzonando visible y en cima alegando que lo podria a ver echo yo. Y el tercer chopo me lo dio por valido porque tenia una fotocopia borrosa ilgible del Bope (curioso si lo llego a saber falsifico la fotocopia para los otros dos) :D todo esto en la ilustrisima intervencion de Madrid ya conocida por muchos.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por manolosolo » 18 Oct 2018 12:10

Pues por ejemplo, mandar armas al BOPE, que llevan guiadas 20 años, por no tener el Certificado......... :mrgreen:
Y mil mas, lo que dice el Sr, Interventor de turno, va a misa.... :lol:
Saludos.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por abranchadell » 18 Oct 2018 11:25

Ejemplos...

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por Rapaz351 » 18 Oct 2018 10:51

manolosolo escribió:Bueno, discernir sobre un Reglamento Español de Armas, que cualquier puede interpretar como le plazca, es como saber discernir el sexo de los ángeles, eso es algo así, como la ciencia infusa......... :mrgreen:
En realidad, por que te lo dice el de la IA, y por sus cataplines, debe de ser así, no hay vuelta de hoja, y el que no este contento, pues carretera y manta........
Preguntar a estas alturas, por las enormes lagunas de nuestro bienamado Reglamento, es perder el tiempo, y el dinero.
En el tema del dinero, si tienes mucho, pero mucho de verdad, se puede pasar por el forro el Reglamento....o acaso, me engaño????
Saludos.

Sin embargo eso que dices, eso no es así del todo. Ha habido muchos casos de impugnaciones, en las que se le dado la razón al propietario de armas.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por Rapaz351 » 18 Oct 2018 10:46

manolosolo escribió:Bueno, discernir sobre un Reglamento Español de Armas, que cualquier puede interpretar como le plazca, es como saber discernir el sexo de los ángeles, eso es algo así, como la ciencia infusa......... :mrgreen:
En realidad, por que te lo dice el de la IA, y por sus cataplines, debe de ser así, no hay vuelta de hoja, y el que no este contento, pues carretera y manta........
Preguntar a estas alturas, por las enormes lagunas de nuestro bienamado Reglamento, es perder el tiempo, y el dinero.
En el tema del dinero, si tienes mucho, pero mucho de verdad, se puede pasar por el forro el Reglamento....o acaso, me engaño????
Saludos.

Nadie aceptaría ser multado por pasar un semáforo en verde, ni por ir a 40 kilómetros por hora, donde indica "velocidad máxima 70".

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por manolosolo » 18 Oct 2018 03:27

Bueno, discernir sobre un Reglamento Español de Armas, que cualquier puede interpretar como le plazca, es como saber discernir el sexo de los ángeles, eso es algo así, como la ciencia infusa......... :mrgreen:
En realidad, por que te lo dice el de la IA, y por sus cataplines, debe de ser así, no hay vuelta de hoja, y el que no este contento, pues carretera y manta........
Preguntar a estas alturas, por las enormes lagunas de nuestro bienamado Reglamento, es perder el tiempo, y el dinero.
En el tema del dinero, si tienes mucho, pero mucho de verdad, se puede pasar por el forro el Reglamento....o acaso, me engaño????
Saludos.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por Rapaz351 » 18 Oct 2018 01:30

Hola a todos:
Pero a lo que decís de que en el caso de que estaríamos obligados a guardar las armas completas en las federaciones o los cierres o piezas esenciales, y que en ese caso para qué servirían los armeros de grado III. Sea como sea, con error o sin error del BOE, en todos los casos se ofrece esa posibilidad. Es decir, siempre tienes la posibilidad de guardar los cierres o incluso el arma completa en la federación. Entonces...¿por qué se nos obliga a tener un armero homologado de grado III, cuando no estoy obligado a guardar las armas completas en casa?

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por topp » 05 Jun 2018 23:35

A si nos va en este país gracias a las interpretaciones y al merito añadido de ponerse medallas... :evil:

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por para_bellum » 05 Jun 2018 14:32

jfmtda escribió:Está bien que digas que es una interpretación, en este caso, es una interpretación personal tuya y no tiene por qué coincidir con la de las autoridades, que, en cualquier caso habrán de atenerse a lo establecido en los reglamentos oportunos. Pero como dices "debe hacerse", induce a error.

Mi interpretación personal es distinta y creo que no se incumple ninguna norma llevando el arma descargada en su funda, los cargadores sin alimentar y la munición en otro compartimento de la bolsa de tiro.

Saludos.

Y tanto. Si cada vez que alguien se invente una "norma" nueva en los campos de tiro, en las intervenciones, en las armerías... me diesen un euro, sería el hombre más rico del mundo.

Lo único que hay legislado al respecto en el RA es que las armas no deberán ser portadas "Sin necesidad o de modo negligente o temerario". Y respecto a la ley de seguridad ciudadana "Portar, exhibir o usar armas prohibidas o hacerlo de modo negligente, temerario o intimidatorio o fuera de los lugares habilitados, aun cuando en este último caso se tuviera licencia".

Esto es: no hay normas ni de bolsillos, ni de cargadores vacíos, ni de leches en vinagre. Queda enteramente a decisión del agente que toque, y a criterio del juez de turno si lo recurriésemos. Es un poco de lógica intentar llevar las armas lo mejor posible para no buscarse problemas, obviamente descargadas y desalimentadas si no son armas de defensa ya no por reglamentos, sino por la propia seguridad de uno mismo. Pero no hay nada legislado al respecto.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por jfmtda » 05 Jun 2018 13:22

Está bien que digas que es una interpretación, en este caso, es una interpretación personal tuya y no tiene por qué coincidir con la de las autoridades, que, en cualquier caso habrán de atenerse a lo establecido en los reglamentos oportunos. Pero como dices "debe hacerse", induce a error.

Mi interpretación personal es distinta y creo que no se incumple ninguna norma llevando el arma descargada en su funda, los cargadores sin alimentar y la munición en otro compartimento de la bolsa de tiro.

Saludos.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por jfmtda » 05 Jun 2018 13:21

editado

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por pedrolh » 05 Jun 2018 13:16

jfmtda escribió:
pedrolh escribió:transporte al campo de tiro: debe hacerse en bolsa, maleta o maletín distinto al que sirve de transporte del arma.


¿Y en qué normativa se establece eso?

Gracias.

No digo yo que sea ley o reglamento, sino que es una interpretación. Sería absurdo que el arma deba llevarse desmontada o montada en un maletín para su transporte, pero siempre descargada y, dentro de ese maletín, además, llevemos un par de cargadores y dos cajas de cartuchos. Se entiende que lo anterior -forma de transporte del arma- se regula por razones de seguridad. Así que si nos roban o hurtan el referido maletín del coche en cualquier parada circunstancial entre el domicilio y el campo de tiro (gasolinera, etc.), le acabamos de entregar el [i]pack[i]completo al chorizo

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por Chemi _Refogs » 05 Jun 2018 12:49

jfmtda escribió:
pedrolh escribió:transporte al campo de tiro: debe hacerse en bolsa, maleta o maletín distinto al que sirve de transporte del arma.


¿Y en qué normativa se establece eso?

Gracias.


Como verás, llevo tiempo preguntando aquí, en el foro, y también en las armerías en las que compro munición, y nadie ha podido contestarme... Empiezo a creer que es una leyenda urbana...

Saludos.

Re: Custodia de piezas esenciales

Mensaje por jfmtda » 05 Jun 2018 12:36

pedrolh escribió:transporte al campo de tiro: debe hacerse en bolsa, maleta o maletín distinto al que sirve de transporte del arma.


¿Y en qué normativa se establece eso?

Gracias.

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