Mensaje por manchego2010 » 19 Sep 2018 17:03
jrdc1 escribió:Dado que las características resistentes de los armeros (de todas las categorías) no varían de la 2010 a la 2012 (De hecho no varían desde la primera versión de la norma) cualquier armero homologado bajo 1143:1 debería ser válido a efectos de seguridad en la custodia de armas. Una cosa es que un armero de nuevo diseño sea homologado bajo 1143:1-2012, otra es que aprovechando la coyuntura los fabricantes introduzcan modificaciones en la construcción de las cajas para justificar una subida de precios y una tercera es que nuestros armeros homologados pierdan eficacia, cosa contraria a la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares..
Estoy totalmente de acuerdo con jrdc1.
Se limitan a constatar que hay un cambio en la versión de la norma, pero ni siquiera pueden concretar en qué consiste ese cambio, porque las normas UNE no están publicadas. La norma UNE-EN 1143 fue objeto de modificación por las normas UNE-EN 1143-1:2005, UNE-EN 1143-1:2007, UNE-EN 1143-1:2007+A1:2010 y UNE-EN 1143-1:2012 (que tiene una versión corregida en fecha 8 de noviembre de 2017). Por otra parte, se desconoce el contenido de la modificación, ya que las normas no son de acceso libre y gratuito, están sometidas a derechos de autor y para acceder a su contenido hay que pagar.
Pero en cualquier caso, está claro que cuando un producto se homologa con arreglo al texto de la norma UNE EN 1143-1 vigente en cada momento queda homologado definitivamente. Esa homologación no pierde su valor cada vez que la norma sufre cualquier modificación. Además, como mínimo habría que concretar en qué ha consistido el cambio que se ha producido y si ha afectado a las cajas de grado I y grado III o no. Cada vez que se produce un cambio (por lo demás frecuentes como se ha expuesto) en una norma UNE cualquiera, la consecuencia de ese cambio no puede ser la de que pierden su vigencia todas las homologaciones de productos efectuadas anteriormente al amparo de su redacción anterior, que se verían así, de un plumazo con carácter retroactivo convertidos en basura.
Cuando un arma se aprueba por el banco de pruebas de Eibar, queda punzonada y válida para siempre.
Cuando se dictó la Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portatiles y sus Municiones y se derogó la Real Orden Circular 278/1929, de 14 de diciembre, del Reglamento para los Bancos de Pruebas de las Armas Portátiles porque se hacía necesaria su actualización a través de un nuevo Reglamento que,
recogiendo en sus preceptos las enseñanzas de la técnica durante estos años, incluya, además, el correspondiente control para la cartuchería deportiva, materia esta que con anterioridad no había sido objeto de expresa regulación a nadie se le ocurrió decir que había que volver a mandar las armas para que volvieran a pasar el banco de pruebas.
Por lo que se ve, ahora alguien sí que ha tenido esa absurda idea, que desde luego refleja la calidad intelectual de su autor, con los armeros.
[quote="jrdc1"]Dado que las características resistentes de los armeros (de todas las categorías) no varían de la 2010 a la 2012 (De hecho no varían desde la primera versión de la norma) cualquier armero homologado bajo 1143:1 debería ser válido a efectos de seguridad en la custodia de armas. Una cosa es que un armero de nuevo diseño sea homologado bajo 1143:1-2012, otra es que aprovechando la coyuntura los fabricantes introduzcan modificaciones en la construcción de las cajas para justificar una subida de precios y una tercera es que nuestros armeros homologados pierdan eficacia, cosa contraria a la [i]Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares.[/i].[/quote]
Estoy totalmente de acuerdo con jrdc1.
Se limitan a constatar que hay un cambio en la versión de la norma, pero ni siquiera pueden concretar en qué consiste ese cambio, porque las normas UNE no están publicadas. La norma UNE-EN 1143 fue objeto de modificación por las normas UNE-EN 1143-1:2005, UNE-EN 1143-1:2007, UNE-EN 1143-1:2007+A1:2010 y UNE-EN 1143-1:2012 (que tiene una versión corregida en fecha 8 de noviembre de 2017). Por otra parte, se desconoce el contenido de la modificación, ya que las normas no son de acceso libre y gratuito, están sometidas a derechos de autor y para acceder a su contenido hay que pagar.
Pero en cualquier caso, está claro que cuando un producto se homologa con arreglo al texto de la norma UNE EN 1143-1 vigente en cada momento queda homologado definitivamente. Esa homologación no pierde su valor cada vez que la norma sufre cualquier modificación. Además, como mínimo habría que concretar en qué ha consistido el cambio que se ha producido y si ha afectado a las cajas de grado I y grado III o no. Cada vez que se produce un cambio (por lo demás frecuentes como se ha expuesto) en una norma UNE cualquiera, la consecuencia de ese cambio no puede ser la de que pierden su vigencia todas las homologaciones de productos efectuadas anteriormente al amparo de su redacción anterior, que se verían así, de un plumazo con carácter retroactivo convertidos en basura.
Cuando un arma se aprueba por el banco de pruebas de Eibar, queda punzonada y válida para siempre.
Cuando se dictó la Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portatiles y sus Municiones y se derogó la Real Orden Circular 278/1929, de 14 de diciembre, del Reglamento para los Bancos de Pruebas de las Armas Portátiles porque se hacía necesaria su actualización a través de un nuevo Reglamento que, [b]recogiendo en sus preceptos las enseñanzas de la técnica durante estos años, incluya, además, el correspondiente control para la cartuchería deportiva, materia esta que con anterioridad no había sido objeto de expresa regulación[/b] a nadie se le ocurrió decir que había que volver a mandar las armas para que volvieran a pasar el banco de pruebas.
Por lo que se ve, ahora alguien sí que ha tenido esa absurda idea, que desde luego refleja la calidad intelectual de su autor, con los armeros.