Mensaje por Luiggi de Cai » 10 Ene 2018 15:29
Hola, dentro de pocos años espero jubilarme, y tengo un arma de mi propiedad (a parte de la que tengo para el servicio de Policía), o sea particular con la GUÍA DEL TIPO AB.
Me gustaría saber, si alguien me lo puede decir, si después de mi jubilación , existe algún modo de continuar con mi arma particular, y si existe la posibilidad, me autoriza portarla o solo puedo tenerla en casa bajo circunstancias. O tengo obligatoriamente que venderla o en su caso entregarla en la Guardia Civil?.

Gracias.
Hola, dentro de pocos años espero jubilarme, y tengo un arma de mi propiedad (a parte de la que tengo para el servicio de Policía), o sea particular con la GUÍA DEL TIPO AB.
Me gustaría saber, si alguien me lo puede decir, si después de mi jubilación , existe algún modo de continuar con mi arma particular, y si existe la posibilidad, me autoriza portarla o solo puedo tenerla en casa bajo circunstancias. O tengo obligatoriamente que venderla o en su caso entregarla en la Guardia Civil?. :police-smiley: Gracias.