Mensaje por Wild Bill » 12 Dic 2016 11:52
Para aprovechar el hilo, ya que la duda ya está resuelta, también me gustaría preguntar algo relacionado. ¿Es posible guiar el arma ganada en subasta a nombre de otro directamente?
Me viene la duda de una ocasión, cuando pude guiar el arma en las últimas horas del plazo, debido a que en la armería que iba tramitar la que me deshacía para liberarme el cupo no lo hicieron hasta este último momento y después de mucho insistir (sí, tuvieron semanas para hacerlo, recordándoselo yo cada poco, además siendo un regalo por mi parte, como para fiarme más

). Por muy poco me quedo sin las dos armas, el dinero pagado en la subasta y dos viajes en vano a otra comunidad. En aquel momento se lo comenté al guardia y su respuesta fue que sí era posible, pero no parecía estar muy seguro. No sé si estando fuera de cupo se podría depositar sin problema y a posteriori ponerla a nombre de uno o de un tercero.
Y otra más complicada. A veces aparecen armas guiables en AE, AER o libro de coleccionista. Pero vienen de la A o F y claro, probablemente sin certificados necesarios. En las dos semanas que tenemos para guiar el arma adjudicada (bueno, en realidad es algo más de tiempo) es complicado tramitar el certificado de réplica y ya no digo cuando se trata de arma como objeto artístico o histórico. ¿Una vez pagadas se podrían depositar hasta un año a la espera de esos trámites o sería tirar el dinero y perder el tiempo?
Saludos.
Para aprovechar el hilo, ya que la duda ya está resuelta, también me gustaría preguntar algo relacionado. ¿Es posible guiar el arma ganada en subasta a nombre de otro directamente?
Me viene la duda de una ocasión, cuando pude guiar el arma en las últimas horas del plazo, debido a que en la armería que iba tramitar la que me deshacía para liberarme el cupo no lo hicieron hasta este último momento y después de mucho insistir (sí, tuvieron semanas para hacerlo, recordándoselo yo cada poco, además siendo un regalo por mi parte, como para fiarme más :? ). Por muy poco me quedo sin las dos armas, el dinero pagado en la subasta y dos viajes en vano a otra comunidad. En aquel momento se lo comenté al guardia y su respuesta fue que sí era posible, pero no parecía estar muy seguro. No sé si estando fuera de cupo se podría depositar sin problema y a posteriori ponerla a nombre de uno o de un tercero.
Y otra más complicada. A veces aparecen armas guiables en AE, AER o libro de coleccionista. Pero vienen de la A o F y claro, probablemente sin certificados necesarios. En las dos semanas que tenemos para guiar el arma adjudicada (bueno, en realidad es algo más de tiempo) es complicado tramitar el certificado de réplica y ya no digo cuando se trata de arma como objeto artístico o histórico. ¿Una vez pagadas se podrían depositar hasta un año a la espera de esos trámites o sería tirar el dinero y perder el tiempo?
Saludos.