orion14 escribió:Creó que marroyol se refiere a lo establecido en la IT en materia de armas para el Ejército de Tierra que dispone de una serie de requisitos para documentar como A-TDE las armas de concurso de su personal. Esta IT es de aplicación únicamente en su ambito.
Estrictamente me refiero a la IT 10/12, pero por lo comentado con compañeros de otros ejércitos y de cuerpos de seguridad con los que compito, es prácticamente lo mismo
La licencia A no tiene la eficacia de la F sólo de la B, D y E según dispone el Rgto de Armas en su art 96.3
Para las armas de concurso del personal con licencia A procede documentarlas como A-TDE en base a lo dispuesto en los arts 139 y 140 del Rgto.
Tienes razón en que en el reglamento lo gestiona en diferente artículo, al igual que el libro del coleccionista y las armas de avancarga.
La A no equivale a la F. Son procedimientos distintos de guiado de armas de concurso, unos previa concesión de licencia F con sus circunstancias de concesión y renovación y otros para personal en activo o disponible.
Puedes llamarlo como quieras pero en la práctica equivale a la F, pero como he dicho tienes que cumplir los requisitos que se le piden a cualquier tirador con F en cuestión de custodia de armas. Desde enero están solicitando a los poseedores de armas de concurso con la A el certificado del armero grado III, aparte de la licencia federativa y el certificado de las tiradas que ya se pedía anteriormente.
De esto hablo con conocimiento de causa, he tenido seis armas de concurso y ocho de avancarga guiadas con la A, ahora guiadas con F y AE y sigo teniendo las tres de defensa y el rifle guiados con la A
Otra cosa es que por comodidad u otras circunstancias de solicite el canje de licencia pero como ya se ha comentado ni es preceptivo ni necesario y para mi excepto lo del tiempo de guiado tiene más ventajas que inconvenientes.
Efectivamente, solo por comodidad en la trasferencia de armas, merece la pena pagar las tasas de guiado y renovación de licencia.
No lo puse antes, pero mientras estás en activo no es necesario el reconocimiento médico, ya que anualmente se pasa uno.
Saludos
[quote="orion14"]Creó que marroyol se refiere a lo establecido en la IT en materia de armas para el Ejército de Tierra que dispone de una serie de requisitos para documentar como A-TDE las armas de concurso de su personal. Esta IT es de aplicación únicamente en su ambito.[/quote]
Estrictamente me refiero a la IT 10/12, pero por lo comentado con compañeros de otros ejércitos y de cuerpos de seguridad con los que compito, es prácticamente lo mismo
[quote]La licencia A no tiene la eficacia de la F sólo de la B, D y E según dispone el Rgto de Armas en su art 96.3
Para las armas de concurso del personal con licencia A procede documentarlas como A-TDE en base a lo dispuesto en los arts 139 y 140 del Rgto.[/quote]
Tienes razón en que en el reglamento lo gestiona en diferente artículo, al igual que el libro del coleccionista y las armas de avancarga.
[quote]La A no equivale a la F. Son procedimientos distintos de guiado de armas de concurso, unos previa concesión de licencia F con sus circunstancias de concesión y renovación y otros para personal en activo o disponible.
[/quote]
Puedes llamarlo como quieras pero en la práctica equivale a la F, pero como he dicho tienes que cumplir los requisitos que se le piden a cualquier tirador con F en cuestión de custodia de armas. Desde enero están solicitando a los poseedores de armas de concurso con la A el certificado del armero grado III, aparte de la licencia federativa y el certificado de las tiradas que ya se pedía anteriormente.
De esto hablo con conocimiento de causa, he tenido seis armas de concurso y ocho de avancarga guiadas con la A, ahora guiadas con F y AE y sigo teniendo las tres de defensa y el rifle guiados con la A
[quote]Otra cosa es que por comodidad u otras circunstancias de solicite el canje de licencia pero como ya se ha comentado ni es preceptivo ni necesario y para mi excepto lo del tiempo de guiado tiene más ventajas que inconvenientes.[/quote]
Efectivamente, solo por comodidad en la trasferencia de armas, merece la pena pagar las tasas de guiado y renovación de licencia.
No lo puse antes, pero mientras estás en activo no es necesario el reconocimiento médico, ya que anualmente se pasa uno.
Saludos