Licencia D con tarjeta federativa

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Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por lucas7 » 05 May 2015 18:32

lo mas rentable en este pais es emigrar, por que todo lo que toca el estado es una basura, desde montar una empresa, comprar una casa, o conducir el coche por la carretera.

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Parrish112 » 05 May 2015 17:48

Vamos, que si quieres ser deportista, ¿toca guiar todo en F o hacerse cazador y "engañar" a la administracion?

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Vegui » 05 May 2015 17:38

Buenas tarde
Para no entrar en detalles, lo puedo hacer por privado
Comentaron que ellos tenian la potestad de otorgar o denegar y que decidian denegar. ( y punto)
Vamos, que artículo 33
Un saludo

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Hobbit » 05 May 2015 16:59

Buenas,

Muchas gracias al compañero Vegui por molestarse en subir su alegación.

Y ellos que respondieron?

Un saludo,

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por lucas7 » 05 May 2015 14:10

Espera y digo yo, si practicas con rifle F class, que tendra que ver eso con la caza?? vaya porqueria de reglamentacion de armas tenemos en este pais...

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Vegui » 05 May 2015 12:21

Don XXXXXXXX con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXxx
Por medio de este escrito presenta en forma y plazo alegaciones pertinentes en cuanto a la tramitación de la licencia de armas “D” del interesado.
Expone:
Que le ha sido comunicada la posible proposición de la denegación del permiso de armas solicitado tipo “D”, por insuficiente acreditación.
ALEGACIONES
1º La licencia tipo “D” le fue concedida en su momento aportando la misma documentación que se ha aportado para su renovación, no habiendo cambiado el artículo relativo a la misma del reglamento de armas.
3º El artículo 97.2 que trascribo a continuación hace referencia al ejercicio de la caza o de los deportes correspondiente y especifica claramente la acreditación mediante tarjeta federativa en vigor. (Se adjunta copia)
2. Los órganos encargados de la instrucción del procedimiento realizarán una información sobre la conducta y antecedentes del interesado, cuyo resultado elevarán a la autoridad competente para resolver, juntamente con la solicitud y documentación aportada.
Cuando se solicite la concesión de las licencias D para armas de la categoría 2.ª, 2 y de las licencias E para armas de la categoría 3.ª, 2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor.
3º La propia intervención de armas solicita como documentación suficiente para la concesión del permiso de armas tipo “D” la tarjeta federativa (se adjunta copia)
4º El reglamente de armas no ha sido modificado en este artículo en concreto por lo que no se explica el cambio de criterio a la hora de solicitar y primar una licencia de caza frente a una licencia federativa de tiro.
5º Se adjunta copia de certificado expedido por el Club de xxxxxxx, con objeto de acreditar documentalmente actividad deportiva permanente.
6º En la comunicación enviada sobre la insuficiente acreditación, se emplea como como base legal sólo la parte de dicho artículo referida a la caza, obviando la componente deportiva y acortando de forma inexplicable el contenido del artículo. (Se adjunta copia)
7º Se adjunta copia de la información relativa a las licencias de armas de la página web del ministerio del interior donde hace mención a la presentación de la tarjeta federativa.

Solicita
Que se tenga por presentado este escrito de alegaciones y se proceda a conceder la licencia de armas tipo “D” al interesado.

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Hobbit » 30 Abr 2015 16:03

Gracias compañero.

Saludos,

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Vegui » 30 Abr 2015 13:40

Buenas tardes
En cuanto pueda los cuelgo.
Pero ya te adelanto que la contestación iba en la línea del "artículo 33", no sé si me entiendes.
Un saludo

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Hobbit » 30 Abr 2015 13:22

Vegui,

¿Podrías poner los escritos quitando tus datos personales para que tengamos un mejor conocimiento de los argumentos de la ICAE de cara a futuros recursos?
Seria de gran ayuda para todos.

Un saludo,

Hobbit

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Wyat » 30 Abr 2015 09:35

Vegui escribió: ahora me he tenido que hacer "cazador",

Tranquilo. Con tu puntería, los animalitos seguro que respiran aliviados. :lol: :lol: :lol: :lol:

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Vegui » 30 Abr 2015 08:12

Buenos días

La alegaciones no fueron tenidas en cuenta y me fue denegada la licencia, por lo que ahora me he tenido que hacer "cazador", no es que me importe porque es un práctica que respeto y que bien gestionada supone una fuente de ingresos y una actividad laboral para muchísimas personas.

Un saludo compañeros

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por AngelCalibre16 » 11 Feb 2015 20:31

Jon_Garfio escribió:
JG_venta escribió:
Jon_Garfio escribió:Licencia D te piden la licencia de caza de la comunidad en vigor.

Para la E creo que no.


En el caso de la de te piden la licencia de caza, pero no necesariamente la de tu comunidad, si no que sirve la de cualquier parte de españa.

Y para la E efectivamente no piden ni el armero ni la licencia, ya que como en la E se pueden guiar carabinas y escopetas, y si todavia no lo cambiaron esta prohibido cazar con carabinas del 22 por ejemplo, por eso no la piden seria una contradicion


Cierto, la licencia de caza de la comunidad donde vayas a cazar (si cazas...).

Respeto a la caza con .22, creo que su permiso lo dan las comunidades autónomas, por ejemplo en Cataluña o Castilla la Mancha no se puede cazar con 22, pero en Aragón si.

Que me corrijan si me equivoco, yo no cazo.


En algunas Comunidades Autónomas, el .22 está prohibido para cazar con él de forma general. Pero si se solicita permiso a la Administración (zorros, urracas y demás) y lo concede está permitido.

Idem para las armas anestésicas.

En otras Comunidades está permitido desde que se eliminó en el reglamento de armas que con el .22 no se podía cazar. Ya que una normativa estatal no puede legislar en materia de caza que es Autonómico.

Saludos.

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por JordiAMX » 11 Feb 2015 13:22

Vegui escribió:Entregadas alegaciones en la intervención de armas, ahora a espera
Un saludo


Espero que te sea favorable, suerte.

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Vegui » 10 Feb 2015 18:50

Entregadas alegaciones en la intervención de armas, ahora a espera
Un saludo

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Vegui » 06 Feb 2015 08:11

Este fin de semana intentaré redactar las alegaciones para entregarlas la semana que viene, el problema surge tambien porque sé que en otras intervenciones se está concediendo sin problemas, volvemos de nuevo pués a las interpretaciones y a los "toques personales", que tanto daño hacen a este deporte.
Quiero tambien aclarar que en la IA han sido en todo momento con este tema muy correctos en el trato, cuando no han ido más allá y han intentado ayudarme en la medida de sus posibilidades.
Si teneis más sugerencias o ideas os agradecería que las aportaseis aquí o las hicierais llegar mediante privado.
Un saludo

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por oniotAn » 05 Feb 2015 20:22

Es increíble, en este país todo es igual, con lo fácil que sería tener un reglamento en condiciones claro y sin follones y no lo que hay que a lo único que lleva es al descontento y quebradero de cabeza de los usuarios, en fin......... :evil: :evil:

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por S5_1988 » 05 Feb 2015 07:56

sandokan escribió:El tener armas guiadas en D con el pretexto de utilizarlas para actividades deportivas distintas de la caza (Fclass, tiradas de armas históricas, etc) y justificarlo con la tarjeta federativa, es algo que autoriza expresamente en el reglamento en el articulo referido, yo las tengo, todos los tiradores de mi entorno las tienen, algunos, campeones de España en varias de las disciplinas colocadas en este post como ejemplo.

De igual manera que se tienen escopetas en la E con tarjeta federativa para tirar al plato y no cazar nuuuuuuunca.

El querer justificar con la autoridad la tenencia de armas largas rayadas para cazar cuando no se tiene pensado cazar y solo por que el funcionario tiene la ocurrencia excepcional de solicitarlo, puede colocarnos en una situacion complicada pasado un tiempo, si argumentas que quieres la D para cazar cuando la quieres para tirar en el club... y pasados unos años no eres capaz de justificar asistencia a caceria ninguna, con tus registros de compras de munición en varias armerias, en que lugar te quedas?, para ejemplo:...

leyes-y-normativa-sobre-armas/ahora-me-quitan-los-rifles-t1007069.html

Saludos :caba:


No se donde viene autorizado expresamente,solo viene un texto sobre la E y la D que se puede interpretar de muchas maneras algo como demostrar "licencia de caza o actividades deportivas correspondientes" no se sabe si se refiere según la intención que le vayas a dar al arma o según la licencia (la E permite armas de uso deportivo,la D solo armas de caza mayor),como tampoco se donde esta escrito que haya que justificar que se acude a cazar en ningúna parte,solo con la licencia es suficiente.

Re: Licencia D con tarjeta federativa

Mensaje por Jon_Garfio » 01 Feb 2015 19:29

JG_venta escribió:
Jon_Garfio escribió:Licencia D te piden la licencia de caza de la comunidad en vigor.

Para la E creo que no.


En el caso de la de te piden la licencia de caza, pero no necesariamente la de tu comunidad, si no que sirve la de cualquier parte de españa.

Y para la E efectivamente no piden ni el armero ni la licencia, ya que como en la E se pueden guiar carabinas y escopetas, y si todavia no lo cambiaron esta prohibido cazar con carabinas del 22 por ejemplo, por eso no la piden seria una contradicion


Cierto, la licencia de caza de la comunidad donde vayas a cazar (si cazas...).

Respeto a la caza con .22, creo que su permiso lo dan las comunidades autónomas, por ejemplo en Cataluña o Castilla la Mancha no se puede cazar con 22, pero en Aragón si.

Que me corrijan si me equivoco, yo no cazo.

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