Mensaje por ferran87 » 29 Dic 2013 23:51
holyfield9 escribió:Os paso esta duda que tengo para el permiso de mí hermano:
Yo dispongo de una semiautomatica pero un amigo de mi padre me puede dejar una superpuesta para que mi hermano haga el examen (por el tema desmontar que es más fácil) ¿Hay que hacer algún papeleo de cesión? ¿O con acudir allí con el arma y tirar sobra?. Seria yo (tengo el E y D) el que acudiria al campo de tiro para llevar la superpuesta y que hiciera el examen mi hermano.
Hola compañero, por lo que tengo entendido (y según lo que leí en el apartado de la web de la Guardia Civil sobre las pruebas prácticas para obtención de licencias D y E) mientras la persona que acompañe al que se presente, el examinado, este en posesión de la licencia que ampare el arma de la cual haga uso para la prueba este, no hay ningún problema para que tu hermano haga uso del arma para disparar los tiros y seguir el procedimiento de la prueba práctica.
Ahora bien, si me comentas que lo haría con una arma (la superpuesta no?), cuyo propietario, titular y papeles, en fin, están a nombre de un tercero, no se si habría algún inconveniente. En principio y en mi opinión personal creo que no, puesto que citando textualmente el reglamento esta indicado que
[...]"si se presenta de forma particular, de una persona provista de la correspondiente licencia que le acompañe.[...]" es decir, sobre el tema del arma que usaría tu hermano, tu le acompañarías como persona provista de licencia D/E en tu caso para cederle un arma que está amparada con la licencia que tu posees, (sea este arma de tu propiedad o cedida de un tercero para ti)
Ahora te comento lo que, si quieres seguir mi consejo, haría yo para curarme un poco en salud, gestiona la cesión del tercero que os deja el arma para la prueba para ti, y así en cualquier caso, si
tu tuvieras que ser el titular o propietario, que no lo serias, en su defecto tendrías una
cesión temporal, como las que tramitan para probar armas a posibles compradores o para probar su uso entre particulares en cacerías durante los 15 días máximos, me parece, que estipula el reglamento.
Para resolver las dudas acerca de esta posible cesión, podrías dirigirte a tu intervención que te toque por domicilio y preguntarles la cuestión en particular, ellos te informarán si realmente es necesario esto o sólo con llevar tu el arma y tu licencia en vigor, ya puedes dejarle a tu hermano para el examen,
Venga, que haya suerte y ya nos contarás como has solucionado el problemilla.

Un saludo cordial
[quote="holyfield9"]Os paso esta duda que tengo para el permiso de mí hermano:
Yo dispongo de una semiautomatica pero un amigo de mi padre me puede dejar una superpuesta para que mi hermano haga el examen (por el tema desmontar que es más fácil) ¿Hay que hacer algún papeleo de cesión? ¿O con acudir allí con el arma y tirar sobra?. Seria yo (tengo el E y D) el que acudiria al campo de tiro para llevar la superpuesta y que hiciera el examen mi hermano.[/quote]
Hola compañero, por lo que tengo entendido (y según lo que leí en el apartado de la web de la Guardia Civil sobre las pruebas prácticas para obtención de licencias D y E) mientras la persona que acompañe al que se presente, el examinado, este en posesión de la licencia que ampare el arma de la cual haga uso para la prueba este, no hay ningún problema para que tu hermano haga uso del arma para disparar los tiros y seguir el procedimiento de la prueba práctica.
Ahora bien, si me comentas que lo haría con una arma (la superpuesta no?), cuyo propietario, titular y papeles, en fin, están a nombre de un tercero, no se si habría algún inconveniente. En principio y en mi opinión personal creo que no, puesto que citando textualmente el reglamento esta indicado que [i][...]"si se presenta de forma particular, de una persona provista de la correspondiente licencia que le acompañe.[...]"[/i] es decir, sobre el tema del arma que usaría tu hermano, tu le acompañarías como persona provista de licencia D/E en tu caso para cederle un arma que está amparada con la licencia que tu posees, (sea este arma de tu propiedad o cedida de un tercero para ti)
Ahora te comento lo que, si quieres seguir mi consejo, haría yo para curarme un poco en salud, gestiona la cesión del tercero que os deja el arma para la prueba para ti, y así en cualquier caso, si [b][i]tu[/b][/i] tuvieras que ser el titular o propietario, que no lo serias, en su defecto tendrías una [b][i]cesión temporal[/b][/i], como las que tramitan para probar armas a posibles compradores o para probar su uso entre particulares en cacerías durante los 15 días máximos, me parece, que estipula el reglamento.
Para resolver las dudas acerca de esta posible cesión, podrías dirigirte a tu intervención que te toque por domicilio y preguntarles la cuestión en particular, ellos te informarán si realmente es necesario esto o sólo con llevar tu el arma y tu licencia en vigor, ya puedes dejarle a tu hermano para el examen,
Venga, que haya suerte y ya nos contarás como has solucionado el problemilla. ;) Un saludo cordial