[quote="pacopi":nc8oy79y][quote="Denis":nc8oy79y]Bueno aclaro mas...una cosa es la licencia( en nuestro caso la A tienen la equivalencia a las B,D,E,F y AE, [color=#FF0000:nc8oy79y][u:nc8oy79y]incluso libro de coleccionista[/u:nc8oy79y][/color:nc8oy79y], o sea todas ).
Y otra cosa es como esta guiada un arma ( o sea legalizada ).
Pero nunca un arma oficial que te proporciona el cuerpo puede o debe ser utilizada para entrenamientos o tiradas de una federacion.
Podemos tener las mismas armas que un civil, excepto para defensa que como he dicho podemos tener hastar tres armas cortas( con las que no podemos tirar en la federacion).
Yo para IPSC tengo un arma guiada como F, solo la uso para deporte, si la usara para calle y me hiciera falta incurriria en una infraccion.[/quote:nc8oy79y]
?????? Seguro ? Me refiero a lo que subrayo en color rojo.
Es una duda, no hace falta que se altere nadie
Saludos[/quote:nc8oy79y]
Transcripcion del articulo 107 del Rgto. de Armas.
d) Para la tenencia y uso por personal con licencia A de armas de avancarga y de las armas de la categoría 6.ª, 2, así como de las armas sistema «Flobert», corresponderá expedir la guía de pertenencia a las autoridades que se determinan en el artículo 115. Asimismo, dichas autoridades podrán expedir al personal a que se refiere el artículo 114 la autorización especial de coleccionistas, comunicándolo a efectos de control al Registro Central de Guías y de Licencias de la Guardia Civil.
¿Cual es tu duda?

El libro de coleccionista no es licencia, si vas por ahi...
[quote="pacopi"][quote="Denis"]Bueno aclaro mas...una cosa es la licencia( en nuestro caso la A tienen la equivalencia a las B,D,E,F y AE, [color=#FF0000][u]incluso libro de coleccionista[/u][/color], o sea todas ).
Y otra cosa es como esta guiada un arma ( o sea legalizada ).
Pero nunca un arma oficial que te proporciona el cuerpo puede o debe ser utilizada para entrenamientos o tiradas de una federacion.
Podemos tener las mismas armas que un civil, excepto para defensa que como he dicho podemos tener hastar tres armas cortas( con las que no podemos tirar en la federacion).
Yo para IPSC tengo un arma guiada como F, solo la uso para deporte, si la usara para calle y me hiciera falta incurriria en una infraccion.[/quote]
?????? Seguro ? Me refiero a lo que subrayo en color rojo.
Es una duda, no hace falta que se altere nadie :D :D
Saludos[/quote]
Transcripcion del articulo 107 del Rgto. de Armas.
d) Para la tenencia y uso por personal con licencia A de armas de avancarga y de las armas de la categoría 6.ª, 2, así como de las armas sistema «Flobert», corresponderá expedir la guía de pertenencia a las autoridades que se determinan en el artículo 115. Asimismo, dichas autoridades podrán expedir al personal a que se refiere el artículo 114 la autorización especial de coleccionistas, comunicándolo a efectos de control al Registro Central de Guías y de Licencias de la Guardia Civil.
¿Cual es tu duda? :shock:
El libro de coleccionista no es licencia, si vas por ahi...