Mensaje por orion14 » 24 Mar 2008 06:41
[citando a: tongogu]
Un kubotan es un trozo de plastico. Sin mas.
Se incurre en delito si se utiliza en una agresion o amenaza (lo mismo que si usas un palo de una escoba).
El portar un kubotan no esta prohibido por la ley.
Si me hacen un acta por llevar un kubotan en el bolsillo, alguien pierde su trabajo, sin mas.
No es así de sencillo ni de tajante.
El kubotán como "kubotán" no está recojido como arma prohibida en el reglamento de armas, esto es, no se te puede instruir expte sancionador por arma prohibida. Hasta ahí de acuerdo... no obstante si es un objeto peligroso toda vez que es un arma de defensa personal y su aplicación dependiendo de los modos, formas y puntos donde se aplique puede ocasionar lesiones graves e incluso la muerte.
Como objeto peligroso se te puede incautar siempre que concurran las circunstancias relevantes para la seguridad ciudadana que a criterio de los agentes se estimen convenientes para al amparo de este articulito intervenir el kubotán. Luego será la IA de la GC que es la que instruye el expte la que decide si es o no sancionable el llevar el kubotan dependiendo de lo que se desprenda de lo denunciado por los funcionarios actuantes.
Artículo 18. (LO 1/92)
Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación. Podrán proceder a la
ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y
de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas.
[quote][citando a: tongogu]
Un kubotan es un trozo de plastico. Sin mas.
Se incurre en delito si se utiliza en una agresion o amenaza (lo mismo que si usas un palo de una escoba).
El portar un kubotan no esta prohibido por la ley.
[color=blue]Si me hacen un acta por llevar un kubotan en el bolsillo, alguien pierde su trabajo, sin mas[/color].[/quote]
No es así de sencillo ni de tajante.
El kubotán como "kubotán" no está recojido como arma prohibida en el reglamento de armas, esto es, no se te puede instruir expte sancionador por arma prohibida. Hasta ahí de acuerdo... no obstante si es un objeto peligroso toda vez que es un arma de defensa personal y su aplicación dependiendo de los modos, formas y puntos donde se aplique puede ocasionar lesiones graves e incluso la muerte.
Como objeto peligroso se te puede incautar siempre que concurran las circunstancias relevantes para la seguridad ciudadana que a criterio de los agentes se estimen convenientes para al amparo de este articulito intervenir el kubotán. Luego será la IA de la GC que es la que instruye el expte la que decide si es o no sancionable el llevar el kubotan dependiendo de lo que se desprenda de lo denunciado por los funcionarios actuantes.
Artículo 18. (LO 1/92)
Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación. Podrán proceder a la [color=blue]ocupación temporal[/color], incluso de las que se lleven con licencia o permiso y [color=blue]de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas[/color].