Buenos dias.
A partir del 18 Agosto 2011 los certificados de homologación de las cajas fuertes Grado IV norma 1143-1 exigidos por la POLICIA y GUARDIA CIVIL a GASOLINERAS, ARMERIAS, LOTERIAS. No son validos los extendidos por los fabricantes , el único admitido es la certificación de producto extendido por AENOR.
Orden Ministerial INT/317/2011.
BOE Núm. 42 Viernes 18 de febrero de 2011 Sec. I. Pág. 18333
Artículo 8. Cámaras acorazadas.
1. Las cámaras acorazadas de nueva instalación habrán de estar delimitadas por una construcción de muros acorazados en paredes, techo y suelo; con acceso a su interior a través de la puerta y trampón, si lo hubiera, ambos acorazados.
El muro estará rodeado en todo su perímetro lateral por un pasillo de ronda con una anchura máxima de 60 centímetros, delimitado por un muro exterior con grado de seguridad II, según la Norma UNE-EN 1143-1.
2. Los muros, puerta y trampón, si lo hubiere, de la cámara, habrán de estar construidos, de forma que, como mínimo, su grado de seguridad sea VII, según la Norma UNE-EN 1143-1.
3. Las puertas de las cámaras acorazadas contarán con un dispositivo de bloqueo y sistema de apertura retardada de, como mínimo, diez minutos. Quedan exceptuadas del sistema de apertura retardada aquellas que contengan compartimentos de alquiler.
4. La cámara estará dotada de detección sísmica, microfónica u otros dispositivos que permitan detectar cualquier ataque a través de paredes, techo o suelo y detección volumétrica en su interior. Todos estos elementos, conectados al sistema de seguridad, deberán transmitir la señal de alarma, por dos vías de comunicación distintas, de forma que la inutilización de una de ellas produzca la transmisión de la señal por la otra.
Los elementos que compongan el sistema electrónico de protección, deberán tener un grado de seguridad 3, conforme a lo establecido en la Norma UNE-EN 50131-1.
5. El sistema de bloqueo de las cámaras acorazadas deberá estar activado desde la hora de cierre del establecimiento hasta la hora de apertura del día siguiente hábil.
Norma UNE-EN 1143-1
https://www.aenor.es/aenor/normas/normas ... XO08EoXZ5s
Buenos dias.
A partir del 18 Agosto 2011 los certificados de homologación de las cajas fuertes Grado IV norma 1143-1 exigidos por la POLICIA y GUARDIA CIVIL a GASOLINERAS, ARMERIAS, LOTERIAS. No son validos los extendidos por los fabricantes , el único admitido es la certificación de producto extendido por AENOR.
Orden Ministerial INT/317/2011.
BOE Núm. 42 Viernes 18 de febrero de 2011 Sec. I. Pág. 18333
Artículo 8. Cámaras acorazadas.
1. Las cámaras acorazadas de nueva instalación habrán de estar delimitadas por una construcción de muros acorazados en paredes, techo y suelo; con acceso a su interior a través de la puerta y trampón, si lo hubiera, ambos acorazados.
El muro estará rodeado en todo su perímetro lateral por un pasillo de ronda con una anchura máxima de 60 centímetros, delimitado por un muro exterior con grado de seguridad II, según la Norma UNE-EN 1143-1.
2. Los muros, puerta y trampón, si lo hubiere, de la cámara, habrán de estar construidos, de forma que, como mínimo, su grado de seguridad sea VII, según la Norma UNE-EN 1143-1.
3. Las puertas de las cámaras acorazadas contarán con un dispositivo de bloqueo y sistema de apertura retardada de, como mínimo, diez minutos. Quedan exceptuadas del sistema de apertura retardada aquellas que contengan compartimentos de alquiler.
4. La cámara estará dotada de detección sísmica, microfónica u otros dispositivos que permitan detectar cualquier ataque a través de paredes, techo o suelo y detección volumétrica en su interior. Todos estos elementos, conectados al sistema de seguridad, deberán transmitir la señal de alarma, por dos vías de comunicación distintas, de forma que la inutilización de una de ellas produzca la transmisión de la señal por la otra.
Los elementos que compongan el sistema electrónico de protección, deberán tener un grado de seguridad 3, conforme a lo establecido en la Norma UNE-EN 50131-1.
5. El sistema de bloqueo de las cámaras acorazadas deberá estar activado desde la hora de cierre del establecimiento hasta la hora de apertura del día siguiente hábil.
Norma UNE-EN 1143-1
https://www.aenor.es/aenor/normas/normas/fichanorma.asp?tipo=N&codigo=N0049616#.UXO08EoXZ5s