Recarga y armeros

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Re: Recarga y armeros

Mensaje por carses » 11 Oct 2012 21:59

Hola compañeros

Efectivamente ese interventor no tiene claro las cosas. No hacae falta otro armero, además en el armero solo hay que guardar las partes "fundamentales", de la prensa, (??????), por otro lado, los interventores te pueden visitar cuando quieran, para comprobar las medidas de seguridad que tienes, ver que el armero está fijado en la pared, etc., tambien te pueden pedir que las ventanas donde tengas el armero tengan rejas, sistema de alarma y un extintor.
Con este caso, yo iría a la intervencion de la comandancia de la que dependa tu interventor y preguntar, y si te dan la razón, expones el caso y que llamen ellos a tu intervención.

Re: Recarga y armeros

Mensaje por KIkoIPSC » 25 Sep 2012 22:50

miotragus76 escribió:Hola compañeros,a ver si me podéis hechar un cable...despues de haber realizado el curso de recarga,he ido a la intervención para solicitar el permiso,con los correspondientes papeleos,homologación de la prensa,fotocopias de guias y licencia,homologación del armero,etc.
Bueno pues,cual a sido mi sorpresa,que cuando el sr interventor me pregunta si el armero es el mismo que donde guardo las armas,le digo que si,que solo tengo un armero,y me dice que se tienen que guardar los cartuchos metálicos en armero,y que además no pueden estar en el mismo que las armas,con lo cual,necesito otro armero.Como no pienso discutir,me comprare otro armero,pero mi curiosidad no me la quita ni el papa de Roma,me podeis decir donde pone en el reglamento que se tengan que guardar los cartuchos en armero,y de paso,a los que teneis,por ejemplo un rifle,que dispara munición metalica,cuando lo vais a guiar os piden dos armeros,uno para el rifle y otro para la munición?
Esto de intervenciones es una autentica mie....,a uno le dan ganas de tirar la toalla.
gracias


Entonces el que no recarga y compra 100 cartuchos en la armería también tendría que tener dos armeros...
No tiene ninguna lógica.
A mi me pidieron una fotocopia de la homologación del armero que en este caso es un Fac élite para arma corta.

Re: Recarga y armeros

Mensaje por jabibi » 20 Sep 2012 22:33

Efectivamente el Reglamento no dice eso literal pero a criterio del agente interviniete y según el cafe de ese día pueden poner más o menos pegas.

Consultar a la ICAE y con la respuesta dirigirte a dicho interventor y como te dicen sacudir el avispero para hacer valer tus derechos como ciudadano te conlleva para la posteridad no solo ser el más casto de la región si no parecerlo, ya sabes porque lo digo.
Saludos

Re: Recarga y armeros

Mensaje por annhilator » 15 Sep 2012 16:36

Yo cuando solicité mi permiso de recarga, al haber adquirido el armero a través de un compañero de otro foro, no disponía de factura, solo de albarán de entrega...pues bien, me dirijo a la Intervención y yo creo que era un cúmulo de circunstancias (Primera autorización de recarga que iba a tramitar, armero adquirido por métodos poco ortodoxos, etc...), por lo que me llama al día siguiente preguntándome si no me importaba que le echara un vistazo. Le dije que sin problemas, que se podía bajar a casa ahora (son 5min a pie desde el cuartel).

Cuando llegó, comprobó la capacidad del armero, que se trata de un INFAC AP7 con una capacidad de 7 armas largas con visor, de 35cm de fondo y con solo 2 rifles dentro, y que la prensa cabía holgadamente (que como bien te comentado "marroyol" NO ES OBLIGATORIO), a lo que le dije que por supuesto que si, pero le hice ver educadamente lo que ponía en el Reglamento :vacaciones^:

Si tienes duda, eleva la consulta al ICAE, preguntando expresamente eso, te tocará esperar unos días, pero si por curiosidad dan el visto bueno y tienes ganas de gresca, le puedes restregar el mail por las narices, aunque ello conlleve sacudir el avispero. El "no" ya lo tienes, no pierdes nada por saciar tu curiosidad.

Aquí tienes el enlace por si te animas:

https://www.guardiacivil.es/es/servicios ... acion.html


Un saludo.

Re: Recarga y armeros

Mensaje por marroyol » 14 Sep 2012 17:38

El reglamento solo habla de que se guarden en armero los pistones vainas (empistonadas) y la pólvora

Instrucción Técnica Complementaria número 15
Normas para la recarga de munición por particulares
...//...
9. Las medidas de seguridad mínimas exigibles para el almacenamiento de la pólvora, vainas y pistones utilizadas para la recarga, es la posesión en el domicilio u otro lugar autorizado, de caja fuerte, nivel 1 o superior.
...//...

Lo que no se debe guardar con las armas es la munición completa.

Recarga y armeros

Mensaje por miotragus76 » 14 Sep 2012 17:13

Hola compañeros,a ver si me podéis hechar un cable...despues de haber realizado el curso de recarga,he ido a la intervención para solicitar el permiso,con los correspondientes papeleos,homologación de la prensa,fotocopias de guias y licencia,homologación del armero,etc.
Bueno pues,cual a sido mi sorpresa,que cuando el sr interventor me pregunta si el armero es el mismo que donde guardo las armas,le digo que si,que solo tengo un armero,y me dice que se tienen que guardar los cartuchos metálicos en armero,y que además no pueden estar en el mismo que las armas,con lo cual,necesito otro armero.Como no pienso discutir,me comprare otro armero,pero mi curiosidad no me la quita ni el papa de Roma,me podeis decir donde pone en el reglamento que se tengan que guardar los cartuchos en armero,y de paso,a los que teneis,por ejemplo un rifle,que dispara munición metalica,cuando lo vais a guiar os piden dos armeros,uno para el rifle y otro para la munición?
Esto de intervenciones es una autentica mie....,a uno le dan ganas de tirar la toalla.
gracias

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