Mensaje por waikinin » 04 Sep 2012 20:51
La compra de un arma blanca (que es la consideración que tiene según nuestro Reglamento de Armas un Kukri) fuera de nuestro país es completamente legal.
Si lo traes de otro país de la Unión Europea, pues no tendrás ningún problema.
Si lo traes de un país que no pertenezca a la Unión Europea, llegará a Aduanas, el que le toque lo mirará con cara de "esto que es lo que es", pero lo despacharán para el cobro de los impuestos que corresponda y punto. Pagas aranceles e IVA, más gastos de gestión, y tuyo es.
No plantea ningún problema.
Mi comentario sobre el cajón de sastre que supone la referencia a la prohibición de "cualquier otro instrumentos especialmente peligroso...", era eso, un comentario sobre las payasadas de nuestro ordenamiento jurídico. Nada más.
Con respecto a tu duda, Pepe2, de si compras los shuriken fuera de España es un delito, en mi opinión, NO. En todo caso, considero que sería una infracción administrativa, pues la tenencia de armas prohibidas del artículo 4, no supone automáticamente la comisión de un delito de tenencia ilícita de armas, reservándose sólo cuando concurran hechos especialmente graves o se trate de armas de fuego.
Existe una instrucción de la Fiscalía General del Estado al respecto, y reiterada jurisprudencia.
Pero, aún no siendo un delito, la sanción administrativa puede llegar a 30.000 €, en el caso de que se considere una infracción grave.
Otra cosa es que tú quieras comprarlo y que te lo traigan bajo tu propio riesgo. Si pasa por aduanas como pasan infinidad de paquetes, y nadie se entera. Llega a tu casa, y de allí no lo sacas... Aquí paz, y después gloria...
Y no te estoy animando a que lo hagas, ni hago apología del delito. Simplemente te comento lo que dice la normativa y las consecuencias.
Ya todos somos mayores.
La compra de un arma blanca (que es la consideración que tiene según nuestro Reglamento de Armas un Kukri) fuera de nuestro país es completamente legal.
Si lo traes de otro país de la Unión Europea, pues no tendrás ningún problema.
Si lo traes de un país que no pertenezca a la Unión Europea, llegará a Aduanas, el que le toque lo mirará con cara de "esto que es lo que es", pero lo despacharán para el cobro de los impuestos que corresponda y punto. Pagas aranceles e IVA, más gastos de gestión, y tuyo es.
No plantea ningún problema.
Mi comentario sobre el cajón de sastre que supone la referencia a la prohibición de "cualquier otro instrumentos especialmente peligroso...", era eso, un comentario sobre las payasadas de nuestro ordenamiento jurídico. Nada más.
Con respecto a tu duda, Pepe2, de si compras los shuriken fuera de España es un delito, en mi opinión, NO. En todo caso, considero que sería una infracción administrativa, pues la tenencia de armas prohibidas del artículo 4, no supone automáticamente la comisión de un delito de tenencia ilícita de armas, reservándose sólo cuando concurran hechos especialmente graves o se trate de armas de fuego.
Existe una instrucción de la Fiscalía General del Estado al respecto, y reiterada jurisprudencia.
Pero, aún no siendo un delito, la sanción administrativa puede llegar a 30.000 €, en el caso de que se considere una infracción grave.
Otra cosa es que tú quieras comprarlo y que te lo traigan bajo tu propio riesgo. Si pasa por aduanas como pasan infinidad de paquetes, y nadie se entera. Llega a tu casa, y de allí no lo sacas... Aquí paz, y después gloria...
Y no te estoy animando a que lo hagas, ni hago apología del delito. Simplemente te comento lo que dice la normativa y las consecuencias.
Ya todos somos mayores.