Mensaje por Miguel59 » 19 Jul 2012 00:30
Estimado Aress, veo que eres nuevo en "esto" de las armas, como tu mismo indicas en uno de tus post, creo que en el preguntabas si puedes tener tu domicilio en un trastero. Te recomiendo que comiences por donde hemos comenzado todos o al menos yo asi lo hice en su día, lee el reglamento de armas y el de explosivos un par de veces, aclararas muchas dudas y evitaras cometer errores que con suerte pueden ser solo infracciones administrativas, y con menos suerte ilicitos penales. La lectura de los reglamentos te permitira tener una visión bastante clara de lo que puedes y no puedes hacer, de lo que te está permitido y lo que no te está permitido. Despues de haberlos leido te surgirán dudas, pero para eso estamos aquí, para intentar aclararnos mutuamente las dudas en la medida de nuestras posibilidades.
Un saludo.
Estimado Aress, veo que eres nuevo en "esto" de las armas, como tu mismo indicas en uno de tus post, creo que en el preguntabas si puedes tener tu domicilio en un trastero. Te recomiendo que comiences por donde hemos comenzado todos o al menos yo asi lo hice en su día, lee el reglamento de armas y el de explosivos un par de veces, aclararas muchas dudas y evitaras cometer errores que con suerte pueden ser solo infracciones administrativas, y con menos suerte ilicitos penales. La lectura de los reglamentos te permitira tener una visión bastante clara de lo que puedes y no puedes hacer, de lo que te está permitido y lo que no te está permitido. Despues de haberlos leido te surgirán dudas, pero para eso estamos aquí, para intentar aclararnos mutuamente las dudas en la medida de nuestras posibilidades.
Un saludo.