Mensaje por waikinin » 10 Jun 2012 13:50
Te cuento mi experiencia.
Cómo bien han señalado los compañeros, están prohibidas las escopetas semiautomáticas que tengan culata plegable o eliminable. Pero dicha característica, en teoría, debe ser tenida en consideración con respecto a que el arma pueda ser usada (es decir, hacer fuego) con la culata plegada o eliminada.
Yo adquirí una Benelli M4, con culata telescópica, y en principio me denegaron la guía porque entendían que la culata podía ser eliminable (cuando realmente sólo es ajustable en cuanto a su longitud).
Presenté un recurso en el que expliqué que todas las escopetas semiautomáticas tienen una culata eliminable (se pueden desmontar para su limpieza, mantenimiento o reparación), pero si eliminas la culata, no es posible que se activen sus mecanismos de disparo, y finalmente, me dieron la razón.
Pues, a mí parecer, si la escopeta en la que estás interesado dispone de una culata que al plegarse desactiva sus mecanismos, impidiendo su uso, cumpliría perfectamente con el Reglamento de Armas.
Ahora bien, digo en teoría, porque eso va a depender de lo que la Intervención Central de Armas y explosivos de la Guardia Civil interprete, tengan o no razón.
Así que, yo elevaría consulta con el asunto a la ICAE y le explicaría todo muy detalladamente, a ver que responden.
Te cuento mi experiencia.
Cómo bien han señalado los compañeros, están prohibidas las escopetas semiautomáticas que tengan culata plegable o eliminable. Pero dicha característica, en teoría, debe ser tenida en consideración con respecto a que el arma pueda ser usada (es decir, hacer fuego) con la culata plegada o eliminada.
Yo adquirí una Benelli M4, con culata telescópica, y en principio me denegaron la guía porque entendían que la culata podía ser eliminable (cuando realmente sólo es ajustable en cuanto a su longitud).
Presenté un recurso en el que expliqué que todas las escopetas semiautomáticas tienen una culata eliminable (se pueden desmontar para su limpieza, mantenimiento o reparación), pero si eliminas la culata, no es posible que se activen sus mecanismos de disparo, y finalmente, me dieron la razón.
Pues, a mí parecer, si la escopeta en la que estás interesado dispone de una culata que al plegarse desactiva sus mecanismos, impidiendo su uso, cumpliría perfectamente con el Reglamento de Armas.
Ahora bien, digo en teoría, porque eso va a depender de lo que la Intervención Central de Armas y explosivos de la Guardia Civil interprete, tengan o no razón.
Así que, yo elevaría consulta con el asunto a la ICAE y le explicaría todo muy detalladamente, a ver que responden.