Nyati escribió:Me pondrán muchas pegas para guiar un .505 gibbs ?
Según el reglamento de armas es un cartucho prohibido, por considerarse de guerra, así como el 500 Jeffery.
Ahí te va ésto, te pongo en rojo donde estarían incluidos estos dos cartuchos:
Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE 55/1993), la adquisición, tenencia y uso por particulares de las armas de guerra esta prohibida.
Según determina el citado artículo se consideran armas de guerra las siguientes:
•Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 mm.
•Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 mm., cuyos calibres el Ministerio de Defensa ha establecido como de guerra. Se incluyen dentro del grupo:
◦Armas de fuego de calibre igual o superior a 12,7 mm. que utilicen munición con vaina de ranura en el culote. ◦Armas de fuego que utilicen municiones de los calibres:
■5,45 x 39,5.
■5,56 x 45 (o su equivalente 223).
■7,62 x 39.
■7,62 x 51 Nato.
•Armas de fuego automáticas.
•Municiones para las armas indicadas en el primer y segundo punto.
•Conjuntos, subconjuntos y piezas fundamentales de las armas y municiones indicados en los cuatros primeros apartados, así como, en su caso, sus sistemas entrenadores o subcalibres.
•Bombas de aviación, misiles, cohetes, torpedos, minas, granadas, así como sus subconjuntos y piezas fundamentales.
•Las no incluidas en los apartados anteriores que se consideren como de guerra por el Ministerio de Defensa.