Mensaje por ISABELM » 26 Dic 2011 13:07
Buenos dias jrdc1
Como muchas otras cosas esto que tratamos no esta en el reglamento, ni en la normativa de la RFETO.
La orden que mencionas es exclusiva para la realización de las pruebas para la obtención de las licencias D y E, no menciona para nada la F, por lo tanto NO APLICA.
Lo único que hay en el Reglamento de Armas, respecto a la F, es la exigencia de estar en posesión de la targeta federativa, es decir ESTAR FEDERADO, el cursillo,el exámen, y el certificado de tirador, son ocurrencias nacidas entre la GC y la RFETO, QUE NO ESTAN REFLEJADAS EN NINGUN BOE, ¿hasta aquí estamos de acuerdo,no?
Pués bien, el que si te examinas con arma corta, solo te dejen guiar armas cortas en tu licencia F, y que si te examinas con arma larga, solo te dejen guiar armas largas en tu licencia F, seguro que esta en alguna Circular de la Dirección General de la GC, como tantas otras cosas.
Esto último cuadra con tu sofisma "Si eres tirador de arma larga ´o si eres tirador de arma corta";
pues eso mismo, si eres tirador de arma larga compraras y guiaras armas largas, (en tu licencia F) y si eres tirador de arma corta, pues compraras y guiaras armas cortas, (en tu licencia F), y cabe decir más: SI ERES TIRADOR DE ARMA LARGA Y CORTA, TE EXAMINAS CON ARMA LARGA Y CORTA Y GUIAS EN TU LICENCIA F ARMAS LARGAS Y CORTAS.
Podemos estar ó nó de acuerdo con esta sistemática, pero es la que hay, y es la causa de que al compañero NO LE PERMITAN GUIAR UNA ESCOPETA EN SU LICENCIA F, porque el obtuvo su licencia F para manejar armas cortas.
Y todo esto nada tiene que ver con la definición de Licencia F del Reglamento: armas de concurso, largas, ralladas....etc,etc,etc,
[color=#0040FF]Buenos dias jrdc1
Como muchas otras cosas esto que tratamos no esta en el reglamento, ni en la normativa de la RFETO.
La orden que mencionas es exclusiva para la realización de las pruebas para la obtención de las licencias D y E, no menciona para nada la F, por lo tanto NO APLICA.
Lo único que hay en el Reglamento de Armas, respecto a la F, es la exigencia de estar en posesión de la targeta federativa, es decir ESTAR FEDERADO, el cursillo,el exámen, y el certificado de tirador, son ocurrencias nacidas entre la GC y la RFETO, QUE NO ESTAN REFLEJADAS EN NINGUN BOE, ¿hasta aquí estamos de acuerdo,no?
Pués bien, el que si te examinas con arma corta, solo te dejen guiar armas cortas en tu licencia F, y que si te examinas con arma larga, solo te dejen guiar armas largas en tu licencia F, seguro que esta en alguna Circular de la Dirección General de la GC, como tantas otras cosas.
Esto último cuadra con tu sofisma [b][i]"Si eres tirador de arma larga ´o si eres tirador de arma corta"[/i][/b];
pues eso mismo, si eres tirador de arma larga compraras y guiaras armas largas, (en tu licencia F) y si eres tirador de arma corta, pues compraras y guiaras armas cortas, (en tu licencia F), y cabe decir más: SI ERES TIRADOR DE ARMA LARGA Y CORTA, TE EXAMINAS CON ARMA LARGA Y CORTA Y GUIAS EN TU LICENCIA F ARMAS LARGAS Y CORTAS.
Podemos estar ó nó de acuerdo con esta sistemática, pero es la que hay, y es la causa de que al compañero NO LE PERMITAN GUIAR UNA ESCOPETA EN SU LICENCIA F, porque el obtuvo su licencia F para manejar armas cortas.
Y todo esto nada tiene que ver con la definición de Licencia F del Reglamento: armas de concurso, largas, ralladas....etc,etc,etc,[/color]