Mensaje por Buen_tirador » 06 Abr 2009 18:24
Ese tema ya esta abordado en este foro. Si utilizaras el buscador del foro, te remitiria al mismo.
Bueno paso a contestarte.
La legislacion es la siguiente:
Suponiendo que seas tirador deportivo, tengas tarjeta federativa y acudas a una galeria de tiro.
En una galeria de tiro, que disponga de venta de municion en la misma. Tu puedes comprar y tirar, una cantidad ILIMITADA de municion.
ILIMITADA, es decir toda la que puedas pagar. Sin limite alguno. Con la unica condicion de que debes adquirirla en la galeria de tiro y usarla alli, no puedas sacarla de la misma y llevartela a tu domicilio.
Otro supuesto. Si la compras en una armeria.
Y te la anotan en la guia de pertenencia, puedes comprar al año, 1.000 cartuchos por cada arma que tengas guiada, si esta es arma larga. Y 100 cartuchos, si el arma es un arma corta.
Si en tu galeria de tiro habitual, no venden municion, y con las 1000 o 100 no vas a tener.
La solucion es pedir a la Intervencion Central de Armas y Explosivos, a traves de tu Intervencion de Armas de una
AUTORIZACION DE AUMENTO DE CUPO
Te van a condeder como maximo, al año:
10.000 cartuchos del calibre 22 L.R.
5.000 cartuchos del resto de calibres de los que tengas una guia de pertenencia a tu nombre.
Como maximo, es decir que tu puedes pedir menos cantidad. Pero ya que pides, pues pide el maximo, sino los consumes, pues no pasa nada.
Requisitos:
Instancia, DNI, Licencia de Armas, Tarjeta Federativa, Guias de las Armas.
Es mejor que intentar hacer chanchullos, pues al final, te pillan y si te sancionan, pues toca pagar la multa.
Un saludo al foro
Ese tema ya esta abordado en este foro. Si utilizaras el buscador del foro, te remitiria al mismo.
Bueno paso a contestarte.
La legislacion es la siguiente:
Suponiendo que seas tirador deportivo, tengas tarjeta federativa y acudas a una galeria de tiro.
En una galeria de tiro, que disponga de venta de municion en la misma. Tu puedes comprar y tirar, una cantidad ILIMITADA de municion.
ILIMITADA, es decir toda la que puedas pagar. Sin limite alguno. Con la unica condicion de que debes adquirirla en la galeria de tiro y usarla alli, no puedas sacarla de la misma y llevartela a tu domicilio.
Otro supuesto. Si la compras en una armeria.
Y te la anotan en la guia de pertenencia, puedes comprar al año, 1.000 cartuchos por cada arma que tengas guiada, si esta es arma larga. Y 100 cartuchos, si el arma es un arma corta.
Si en tu galeria de tiro habitual, no venden municion, y con las 1000 o 100 no vas a tener.
La solucion es pedir a la Intervencion Central de Armas y Explosivos, a traves de tu Intervencion de Armas de una
AUTORIZACION DE AUMENTO DE CUPO
Te van a condeder como maximo, al año:
10.000 cartuchos del calibre 22 L.R.
5.000 cartuchos del resto de calibres de los que tengas una guia de pertenencia a tu nombre.
Como maximo, es decir que tu puedes pedir menos cantidad. Pero ya que pides, pues pide el maximo, sino los consumes, pues no pasa nada.
Requisitos:
Instancia, DNI, Licencia de Armas, Tarjeta Federativa, Guias de las Armas.
Es mejor que intentar hacer chanchullos, pues al final, te pillan y si te sancionan, pues toca pagar la multa.
Un saludo al foro