50AE ¿legal en España?

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RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por 45Colt » 25 Ene 2009 09:46

Yo creo que con lo dicho en los últimos post por Ermitanio y Satanachi la cosa está mas clara que el agua.
Yo también conozco casos en que el reglamento por parte de los inmediatos responsables no se ha aplicado bien,tanto para favorecer como perjudicar.¿Los motivos?No lo se.pero la mierda mejor no removerla no sea que nos salpique a todos.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Satanachi » 25 Ene 2009 09:00

Yo también soy profesional, y como bien dice Erminanio, se me aplica el Reglamento igual que a todo el mundo. Así que si un calibre está prohibido, lo está prohibido para todos. Otra cosa es que haya gente que se salte el Reglamento y haga lo que le dé la gana, ahí ya no entro. Pero siendo legales, todos debemos cumplir las mismas normas.

Algo diferente es que un Ministerio compre el armamento que considere necesario para llevar a cabo sus funciones, y que los integrantes de las FCSE o de algún Ejército puedan usarlo, pero nunca será a modo particular.

A mi lo único que me interesaba es saber que pone la ley con respecto a este tema, ya que, aunque siendo profesional, es mi ley y es la que debo seguir. Ahora que ya tengo claro lo que pone,de poco me sirve que haya alguien que la tenga guiada,o que en algun sitio alguien lo guíe... yo me acojo a lo que está escrito.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Ermitanio » 25 Ene 2009 00:00

Mira, se me había pasado por alto que era profesional, pero da igual; a los efectos debe guiarla como un particular más, me da igual que lo haga a traves de su Comisaria/Comandancia si es un Policía o Guardia Civil o a través de su respectivo Cuartel General si se trata de un Militar.

Ha de comprarla y guiarla como cualquier otro ciudadano de a pié, con la diferencia que no lo hace en la I.A de la Guardia Civil ni ha de pagar tasas. Las armas de guerra las compran los respectivos Ministerios pero solo para uso oficial de sus respectivos miembros, nunca para uso particular.

¿Cómo ha conseguido importarla cuando según reglamento está prohibida? Pues debo suponer que se debe al poco conocimiento o ignorancia de quien debiera haber controlado esa importación, Que por tratarse de un amigo o compañero ¿han hecho la vista gorda? creo que eso es prevaricación. Que una vez en sus manos ¿alguien se la ha guiado?, pues más de lo mismo que en el caso anterior.

¿Que si me molesta que la tenga? Pues no, ya lo dije antes: OLE SUS COJONES :plas:plas:plas. La pena es que no la pueda tener más gente. A mí personalmente no me atrae semejante cartucho, al menos para poseerlo, otra cosa sería tener la oportunidad de probarlo y sentir semejante coz, pero solo a efectos de satisfacer la curiosidad :(( Lo mismo me ocurriría con un .50 Browning, pura y malsana curiosidad :(2. Si ya tengo problemas con mis .308, ¿Dónde podría tirar con un .50?

Saludos

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por sniper22 » 24 Ene 2009 20:30

A ver.... No estoy hablando de Armas para particulares. O no has leido los post anteriores,( el que preguntaba es profesional).
Y las de Guerra quien las compra y quien se las adjudica.
Donde y quien las usa., porque se venden.
Si prefieres llamarlo ignorancia alla tu . Yo lo llamo enchufismo, prepotencia legisladora y sobre todo amiguismo.
Y tranquilo, que no entro en broncas. No me he molestado.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Ermitanio » 24 Ene 2009 20:16

Vamos a ver Sniper22 y sin que ésto sea motivo de enzarzarnos en una "bronca".

En este país SI hay armas prohibidas, lease las clasificadas como de guerra. Con todos los reglamentos en mano, el .50 AE entraría en esa categoría, nos guste o no. ¿Que alguien ha metido la pata y por ignorancia ha permitido su importación y posterior guiado? Pues OLE SUS COJONES por el afortunado poseedor, pero en cualquier momento se podrá ver privado de tan exclusivo derecho de posesión. Ahora que mientras dure..... "que le quiten lo bailao" . La prueba de que no ha de ser muy regular su posesión es que dices que no debiste comentar que alguien poseía una, aunque tenga los papeles en regla.

Respecto a que hay armas en .50 Browning... pues claro, pero siempre en manos de organismos y estamentos oficiales, nunca de particulares. A no ser que quien metió la pata una vez, la haya metido dos:(2:(2

Saludos

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por sniper22 » 24 Ene 2009 19:44

[citando a: Ermitanio]

Respecto a quien asegura conocer a alguien que posee una Desert Eagle en .50 AE, no puedo ni voy a decir que mienta... pero si puedo dudar que sea cierto:8:8 independientemente de que sea funcionario, pastelero o militar.

Si se pudiese importar y guiar un arma en ese calibre (.50 AE) pese a que se consideraría de guerra, también se podría hacer lo mismo con el .50 Browning Y NO ES EL CASO.

Saludos



COMO AL PARECER NO HE DEBIDO COMENTARLO, EDITO MI ANTERIOR POST.

NO HAY ARMAS PROHIBIDAS (EXCEPTO LAS INDOCUMENTADAS Y/O MODIFICADAS) PERO EN ESTE PAIS AUNQUE SEAN.. PARA UNOS POCOS . HAY 50 AE Y .50 BMG ....O NO.

Saludos.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Satanachi » 24 Ene 2009 15:09

No, si yo no me quejo, solo quería saber si era legal o no para tratar de adquirir el cañón en calibre 50 AE o no. Ahora gracias a 45Colt ya lo tengo claro y me conformaré con quedarme con mi Desert Eagle 44 Mag (que no es poco) :P

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Ermitanio » 24 Ene 2009 13:41

NO TE QUEJES TANTO.....QUE HAS CONSEGUIDO GUIARLO EN .44 Mg

Conocí el caso de quien no podía guiarlo porque en la federación no le querían admitir el .357 Mg como cartucho deportivo. Tú de momento eres más afortunado.

El Reglamento de Armas es el que es y es el que hay, no es que tengas una versión antigua; sencillamente en algunos artículos hace referencia o mención a temas que se amplían posteriormente en el Reglamento de Explosivos o como el caso que nos ocupa a otro Real Decreto por el cual el Ministerio de Defensa determina qué armas y/o cartuchos se considerarán de Guerra, ahora mismo no recuerdo ni su número ni año de publicación pero si lo encuentro te lo pongo.

Respecto a quien asegura conocer a alguien que posee una Desert Eagle en .50 AE, no puedo ni voy a decir que mienta... pero si puedo dudar que sea cierto:8:8 independientemente de que sea funcionario, pastelero o militar.

Si se pudiese importar y guiar un arma en ese calibre (.50 AE) pese a que se consideraría de guerra, también se podría hacer lo mismo con el .50 Browning Y NO ES EL CASO.

Saludos

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por 45Colt » 22 Ene 2009 23:15

Siento que no puedas tener tu capricho por el estúpido reglamento.
En cualquier caso vas bien servido con tu 44 Mag.,je,je,je
Y sobre el papel tampoco hay tanta diferencia entre este y el 50.
Hombre la pasta que ibas a invertir en el kit la puedes emplear por ejemplo en un revolver del 454 Casull o un 460 S&W.
Los puedes guiar perfectamente y el 460 hace pequeño al 50:lol
Yo tengo metido entre ceja y ceja un 454 Casull pero no llega la pasta.
Uno de esos caprichos absurdos realmente,pero,¿que es la vida sin ilusión?

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Satanachi » 22 Ene 2009 23:09

Ya para terminar, pedir a los moderadores del foro que actualicen esto:

https://www.armas.es/guias/leyes_normati ... _de_guerra

... ya que como nos ha indicado 45Colt, la información que ahí se da esta incompleta.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Satanachi » 22 Ene 2009 22:55

Mucha gracias por tu ayuda 45Colt. Ahora queda todo muy claro... vamos, que me quedo sin 50 AE.

Buscando por ahí he encontrado el siguiente link, en donde explican entre otras cosas los tipos de vainas, y ... sí, como dices, el 50 AE es de ranura, asi que... porca miseria jejeje.

https://www.telecable.es/personales/macl ... rtucho.htm

En el reglamento de armas que tengo yo no vienen esas líneas donde hablan de este calibre, debe ser una versión antigua.

Muchas gracias a todos, duda solventada. Hoy me acuesto sabiendo un par de cosas mas.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por 45Colt » 22 Ene 2009 22:47

Es el extracto del reglamento de armas que tiene la misma guardia civil en su web:
http://www.guardiacivil.org/quesomos/organizacion/operaciones/icae/guerra.jsp

El 50 AE es lo que ellos le llaman de ranura,es decir sin reborde o rimless,en inglés.Con reborde o pestaña sería un 38 Spl. por ejemplo.
Es decir,si tuviese reborde sería guiable con la licencia correspondiente.
Tal como es,no.
Los calibres superiores o iguales al .50 con reborde no están prohibidos.
Puedes guiar un .600 Nitro Expres por ejemplo con la D...porque tiene reborde.
Ya quisiera pillar yo una .50 AE ja,ja,ja

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Satanachi » 22 Ene 2009 22:33

Hola 45Colt:

Serías tan amable de decirme donde has escontrado lo que pones en tu post? Me estoy volviendo loco por encontrarlo y no doy con el documento donde lo pone.

Ahora me surgen mas dudas... ¿es el calibre 50 AE munición con vaina de ranura en el culote, o de pestaña o reborde?

Perdonad mi ignorancia, pero cada vez me lio mas.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por 45Colt » 22 Ene 2009 22:13

ARMAS DE GUERRA

1.- Se consideran armas de guerra, quedando en consecuencia prohibidas su adquisición, tenencia y uso por particulares:

a) Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 mm.

b) Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 mm.,cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra, los cuales son:

Armas de fuego de calibre igual o superior a 12,7 mm. que utilicen munición con vaina de ranura en el culote y no de pestaña o reborde en el mismo lugar.
Armas de fuego que utilicen la siguiente munición:

Calibre 5,45 x 39,5.

Calibre 5,56 x 45 (o su equivalente 223).

Calibre 7,62 x 39.

Calibre 7,62 x 51 Nato.

No se consideran armas de guerra aquellas armas de repetición que utilicen munición de tipo 308 Winchester de bala expansiva o munición del tipo 7,62 x 39 de bala expansiva para caza mayor.

c) Armas de fuego automáticas.

d) Las municiones para las armas indicadas en los apartados a) y b).

e) Los conjuntos, subconjuntos y piezas fundamentales de las armas y municiones indicados en los apartados del a) al d), así como, en su caso, sus sistemas entrenadores o subcalibres.

f) Bombas de aviación, misiles, cohetes, torpedos, minas, granadas, así como sus subconjuntos y piezas fundamentales.

g) Las no incluidas en los apartados anteriores que se consideren como de guerra por el Ministerio de Defensa


Creo que está claro.Luego en este país y como siempre según quien seas y a quien conozcas la ley se te aplica o no.Le llaman democracia,o eso dicen.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por VBull » 22 Ene 2009 22:05

No puedo decirte dónde está escrito porque no lo encuentro en mis papeles pero el calibre .50 está prohibido en España. Así me lo confirmaron en la intervencion de Tres Cantos hace tiempo y recientemente un armero.
No me cabe duda que el legislador, o mejor dicho el reglamentador, estaba pensando en armas que disparen el cartucho .50BMG pero me da que por extension todo cañón que tenga ese calibre, media pulgada, lo lleva crudo en cualquiera de nuestras intervenciones, o no.

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Satanachi » 22 Ene 2009 18:08

Hola de nuevo bonifacio.

No es que dude de lo que me dices, ya que seguramente sabes mucho mas que yo de estos temas (yo se mas bien poco), pero sigo bastante liado. Varias personas me dicen que si se puede y otras que no.

He estado mirando en el Reglamento de Armas y no veo ninguna referencia a este calibre. Lo único que he encontrado en la Sección 5, Capítulo 6.1 (Armas de guerra), es que no se permiten las armas cuyo cuyo calibre sea superior a 20 mm (el 50 AE creo que son 12,7 mm) y armas de fuego con calibre inferior a 20 mm cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra (el calibre 50 AE tampoco está incluido dentro de este apartado según https://www.armas.es/guias/leyes_normati ... _de_guerra ).

Ya que me he puesto con el tema me gustaría llegar al fondo del asunto, así que te pediría que me indiques si conoces algún documento donde se indique eso, que el calibre 50 AE está prohibido en nuestro país. Como dije antes no es que dude de lo que dices, ya que yo no se la respuesta, pero me gustaría saber donde encontrar la información para así tener algo oficial donde basarme y que quede esta inquietud totalmente resuelta, y ya de paso, aprendemos todos algo (sobre todo yo, que falta me hace ;) ).

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por bonifacio » 22 Ene 2009 17:29

la desert eagle , la podras comprar y guiar con cal 357 magnum y 44 magnum , pero con 50AE , va a ser que no

un saludo

RE: 50AE ¿legal en España?

Mensaje por Satanachi » 22 Ene 2009 17:25

Muchas gracias por responderme. Yo no soy civil, soy funcionario, asi que creo que lo mejor es que vaya a preguntar a mi IA. Mucha gracias de nuevo.

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