Mensaje por Chinchu » 24 Abr 2017 18:52
Nunca he entendido porqué los certificados de holologación de las prensas o de los armeros son nominativos, pues es absurdo y legalmente incorrecto.
El certificado de homologación es un documento público que ha de acompañar al objeto homologado, y que es independiente de la propiedad del mismo ya que el Ministerio de Industria, o el organismo competente en cada caso, no homologa el objeto a nadie, sino el objeto en sí mismo.
Por otro lado, la factura es el documento de propiedad, por lo que basta con que hagas un documento de tansferencia de esa propiedad al nuevo propietario, es decir, un documento de compraventa privado y le entregues el certificado de homologación.
Sería absurdo pensar o que alguien defendiese que la prensa deja de estar homologada, o en su caso un armero, por cambiar el propietario.
En cualquier caso, además del documento de compraventa que des al comprador, quedate una copia y cuando vayas a la IA a dar de alta el nuevo, da también de baja el antiguo.
Nunca he entendido porqué los certificados de holologación de las prensas o de los armeros son nominativos, pues es absurdo y legalmente incorrecto.
El certificado de homologación es un documento público que ha de acompañar al objeto homologado, y que es independiente de la propiedad del mismo ya que el Ministerio de Industria, o el organismo competente en cada caso, no homologa el objeto a nadie, sino el objeto en sí mismo.
Por otro lado, la factura es el documento de propiedad, por lo que basta con que hagas un documento de tansferencia de esa propiedad al nuevo propietario, es decir, un documento de compraventa privado y le entregues el certificado de homologación.
Sería absurdo pensar o que alguien defendiese que la prensa deja de estar homologada, o en su caso un armero, por cambiar el propietario.
En cualquier caso, además del documento de compraventa que des al comprador, quedate una copia y cuando vayas a la IA a dar de alta el nuevo, da también de baja el antiguo.