requisitos para el permiso de recarga

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Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por FullMetalJacket » 20 Feb 2014 22:24

IsraelMS escribió:No comment.


Compañero espero no haberte ofendido, no te critico es un comentario adicional al tuyo nada más, me refería a lo de "en Madrid toda la gente que conozco lo tiene", pienso que simplemente pasan por el aro en lugar de reclamar. Un Saludo

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por IsraelMS » 19 Feb 2014 23:03

No comment.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por FullMetalJacket » 19 Feb 2014 22:21

IsraelMS escribió:En Madrid toda la gente que yo conozco lo tiene porque se lo han hecho comprar. No sé si será legal, ilegal o a-legal, a mí me lo pidieron junto con el resto de cosas a entregar para solicitar el permiso de recarga. Es lo que hay, como tantas cosas en esta afición.


Así que les consentimos a lo niños, como no van a ser caprichosos... .

Esto es como lo de x armas según los m3 del armero que tengamos, que solo aplica a las empresas de seguridad. A mí me caben 5 armas cortas donde ellos pretenden decirme que 3. Pero si no le pedimos por escrito las cosas y reclamamos consecuentemente por escrito o como sea necesario, pues seguiran intentando legislar que no es su cometido y seguiremos perjudicados. Ademas con educación no tiene por qué parecerle mal a nadie que le pidas por escrito una norma que desconoces, o presentes un escrito por algo en lo que no estas deacuerdo, o es que ellos no se pueden equivocar. Saludos.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por IsraelMS » 19 Feb 2014 20:49

En Madrid toda la gente que yo conozco lo tiene porque se lo han hecho comprar. No sé si será legal, ilegal o a-legal, a mí me lo pidieron junto con el resto de cosas a entregar para solicitar el permiso de recarga. Es lo que hay, como tantas cosas en esta afición.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por jabierles » 19 Feb 2014 17:56

Me puede enseñar alguien el BOE donde figura que debe tener un extintor el personal de recarga. Eso no figura en ningun boletin oficial, por lo tanto no debería ninguna IA pedirlo, esto es lo que exige la G.C. y lo demás es interpretacion del reglamento

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/Cartucheria_y_pirotecnia/cartucheria/Recarga_cartucheria_particulares.html

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por IsraelMS » 19 Feb 2014 16:07

Bueno, eso díselo a los de mi IA :(

Entre unas cosas y otras mi casa parece Fort Knox, estoy de armeros hasta las narices.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por robertml » 19 Feb 2014 16:03

IsraelMS escribió:Pues porque el extintor cuesta 20 pavos o menos y el armero cuesta una pasta. Una cosa es el armero de las armas y otro el que tienes que tener para el permiso de recarga.


Tienes que tener un armero clase I o superior, y si tienes armas guiadas en D o F ya lo tienes, no necesitas otro.

Y además no tendrías porqué tener armero si las armas de munición metálica están amparadas en AE... Yo tengo permiso de recarga del 45 LC con un revólver amparado en AE, que no necesita armero. :wink:


Pero creo que si sólo tienes la AE no te dan el permiso de recarga, tu lo tendrás porque tendrás tras licencia además de la AE verdad?

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por IsraelMS » 19 Feb 2014 15:52

Pues porque el extintor cuesta 20 pavos o menos y el armero cuesta una pasta. Una cosa es el armero de las armas y otro el que tienes que tener para el permiso de recarga.

Y además no tendrías porqué tener armero si las armas de munición metálica están amparadas en AE... Yo tengo permiso de recarga del 45 LC con un revólver amparado en AE, que no necesita armero. :wink:

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por izarluna » 19 Feb 2014 10:52

Si vas a solicitar el permiso de recarga de municion metalica as de poseer armas de municion metalica(cortas o largas) asi que ya deberias de poseer dicho armero asi q ue no veo el inconveniente que dices que peor es el armero.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por IsraelMS » 19 Feb 2014 08:26

En Madrid sí es obligatorio el extintor. Pero vamos, los encuentras muy baratos, peor es lo del armero.
Saludos.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por jabierles » 19 Feb 2014 08:09

No es obligatorio ningun extintor.
El grado que piden de armero es Grado I
En la web de la G.C. hay una solicitud modelo para la petición de este permiso.
Adjuntar:
Fotocopias de DNI, Licencia de Armas, Guias a adjuntar (Todos los calibres que desea recargar), Fotocopia de la factura d earmero con numero de serie, copia del certificado de laboratorio del armero, copia del curso de aptitud de recarga de cartucheria metálica, fotocopia de la factura de prensa con numero de serie y fotocopia de homologaciónd e la maquina por industria.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por FullMetalJacket » 19 Feb 2014 03:12

byWok escribió:Al final, cómo quedó el tema del extintor ?
Es obligatorio, o sólo se trató de un capricho de una IA en concreto?


+1 también quiero saber si es obligatorio el extintor. Saludos

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por byWok » 07 Oct 2013 11:30

Al final, cómo quedó el tema del extintor ?
Es obligatorio, o sólo se trató de un capricho de una IA en concreto?

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por archiduke » 06 Oct 2013 16:07

faly77 escribió:Hola a todos. Pues bien, a un mes para hacer el curso de recarga, y teniendo ya la prensa homologada, me gustaria saber que mas he de tener para una vez hecho el curso la G.C. no me haga dar mas vueltas. Con el curso la prensa y un armero normal para rifle basta?? O el armero que te piden tiene que ser otro??.
Me haria falta algo mas?? O con eso y buena dosis de paciencia basta??

Gracias y un saludo.

- Certificado de aptitud del curso de recarga de cartuchería metálica.
- Factura o contrato de compraventa de prensa homologada
- Certificado de homologación de dicha prensa (facilitado por el vendedor)
- Tarjeta Federativa en vigor
- Licencia de armas
- Guías de las armas las cuales quieres incluir en dicho permiso de recarga.
- Armero de grado I ó III dependiendo si se tratan de largas o cortas respectivamente. O los dos si el permiso incluyen calibres para recargar de armas de hombro o puño. En este punto se acredita dicho armero mediante factura de compra nuevo o de compraventa (segunda mano).
- Certificado de homologación de dichos armeros según UNE EN 1143-1
Todo ello añadido al impreso de la Guardia Civil debidamente cumplimentado que te indicó anhilator. Creo que no me dejo nada.
Suerte y paciencia, mucha paciencia!
Saludos cordiales! :wink:

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por faly77 » 06 Oct 2013 03:58

Saludos y gracias caballeros, vereis, el armero que tengo desde hace ya muchos años es un ar-fe de los que pedia la G.C. por entonces para tener rifle. Un AR-FE para 4 armas. Homologado de aquella por la benemerita para rifle, claro estoy hablando del año 98 creo recordar.
Seguira siendo valido para el permiso de recarga??

Gracias y un saludo.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por Joe_Lambretta » 06 Oct 2013 00:04

Venden armeros grado 1 de tamaño pequeño, lo justo para meter los pistones y vainas empistonadas, que es lo que has de guardar ahí. Recuerdo haberlos visto cuando buscaba armero, lo que pasa que al final ne decidí por el grande porque sabía que tarde o temprano, algún arma larga iba a tener.

Re: requisitos para el permiso de recarga

Mensaje por annhilator » 05 Oct 2013 19:49

Preséntate con este documento debidamente cumplimentado:

https://www.guardiacivil.es/documentos/ ... cheria.pdf

A los documentos exigidos en el documento, añade una fotocopia de las guías de pertenencia de los cartuchos para los que deseas pedir la autorización.


Un saludo.

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