Mensaje por annhilator » 18 Ene 2013 11:35
WINIFRIKI escribió:Para que te concendan la autorización de recarga de cartucheria metalica, debes acreditar la posesión de un armero homologado de grado I. Además está limitada la cantidad de cartuchos montados que puedes tener.
Un saludo.
El compañero no ha hablado nada de recarga.
Lo que indica la autorización de recarga es la custodia de la pólvora y pistones..., resulta curioso que te obliguen a tenerlo allí, pero al que tiene esa misma munición comprada en la armería (montada ya de fábrica, lista para usar) solo le exijan tener el rifle en el armero, no se hace referencia a la munición.
Cosas veredes, amigo SanchoP.D.: Y estos del ICAE son los "iluminati" que redactan las normas, fiel reflejo de este país, un país de
Copy&Paste, pero del malo.
[quote="WINIFRIKI"]Para que te concendan la autorización de recarga de cartucheria metalica, debes acreditar la posesión de un armero homologado de grado I. Además está limitada la cantidad de cartuchos montados que puedes tener.
Un saludo.[/quote]
El compañero no ha hablado nada de recarga.
Lo que indica la autorización de recarga es la custodia de la pólvora y pistones..., resulta curioso que te obliguen a tenerlo allí, pero al que tiene esa misma munición comprada en la armería (montada ya de fábrica, lista para usar) solo le exijan tener el rifle en el armero, no se hace referencia a la munición.
[i]Cosas veredes, amigo Sancho[/i]
P.D.: Y estos del ICAE son los "iluminati" que redactan las normas, fiel reflejo de este país, un país de [i]Copy&Paste[/i], pero del malo.