Mensaje por Juanjo44 » 14 Oct 2010 12:28
¡Hola Foro!
En primer lugar quiero dar las gracias por tan rápida respuesta.
Amigo “Sirio”: gracias por tus aportes, ya estuve en la intervención de armas preguntando por dicha solicitud y no la tenían, sabían que existía pero no la tenían, me dijo el interventor (conocido mío por cierto) que, aunque no tuvieran dicha solicitud podría hacer yo un escrito alegando todo lo que necesitaba y él ya se encargaría de mandarla etc. como me parecía más ético hacerlo “bien hecho” por este motivo he puesto este post.
Amigo “Wilcow”: Gracias por tu aporte también, he tomado nota de él y lo voy a adecuar con lo nuevo que ha comentado el amigo “Sirio” y lo podré aquí para ver si lo “aprobáis”
Amigo “Buen tirador”: gracias por comentado tu también, tomo nota de lo que pones aunque, como ya sabes, me lo comentaste por teléfono y así lo haré.
Pongo aquí abajo el que ha puesto el amigo “Wilcow” y que a su vez puso en su día otro gran colaborador de este foro, el amigo “Brubaker” pero, “retocado” con el nuevo reglamento, haber si os gusta y creéis que está bien.
Don__________________________, deportista de la Federación___________________de Tiro Olímpico, con D.N.I. nº ______________ y domiciliado en __________, calle__________________________.(C.P. ________.), mediante el presente escrito y al amparo del artículo 136 del REAL DECRETO 563/2010, de 7 de Mayo (B.O.E. 8 Mayo 2010), por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería.
M A N I F I E S T A que para la ejecución del deporte del tiro, que practica en las diferentes modalidades de arma corta y larga, así como para competir en condiciones optimas, precisa un volumen, tipo y calidad de munición que no se encuentra con facilidad en las instalaciones de las federaciones ni delegaciones en las que participa. Esto, unido a la limitación que la ley prescribe para la adquisición de cartuchos “artículo 136 -, crea serios problemas a la hora de permitir alcanzar los resultados técnicos apetecidos por el que suscribe
Por todo lo anterior
S O L I C I T A el oportuno permiso especial para la adquisición de mayor cantidad de cartuchos que los establecidos en los cupos de munición recogidos en el artículo 136 del Real Decreto 563/2010, de 7 de Mayo (B.O.E. 8 Mayo 2010).
PD.Sigo pensando que, si hay alguien que tenga la solicitud, sepa qué pone etc. estaría muy bien ponerla por aquí como, en su día se puso la solicitud de la autorización para poder transportar más munición de la estipulada.
Me reitero en las gracias a todos, un abrazo y mucha suerte.
Juanjo
¡Hola Foro!
En primer lugar quiero dar las gracias por tan rápida respuesta.
Amigo “Sirio”: gracias por tus aportes, ya estuve en la intervención de armas preguntando por dicha solicitud y no la tenían, sabían que existía pero no la tenían, me dijo el interventor (conocido mío por cierto) que, aunque no tuvieran dicha solicitud podría hacer yo un escrito alegando todo lo que necesitaba y él ya se encargaría de mandarla etc. como me parecía más ético hacerlo “bien hecho” por este motivo he puesto este post.
Amigo “Wilcow”: Gracias por tu aporte también, he tomado nota de él y lo voy a adecuar con lo nuevo que ha comentado el amigo “Sirio” y lo podré aquí para ver si lo “aprobáis”
Amigo “Buen tirador”: gracias por comentado tu también, tomo nota de lo que pones aunque, como ya sabes, me lo comentaste por teléfono y así lo haré.
Pongo aquí abajo el que ha puesto el amigo “Wilcow” y que a su vez puso en su día otro gran colaborador de este foro, el amigo “Brubaker” pero, “retocado” con el nuevo reglamento, haber si os gusta y creéis que está bien.
Don__________________________, deportista de la Federación___________________de Tiro Olímpico, con D.N.I. nº ______________ y domiciliado en __________, calle__________________________.(C.P. ________.), mediante el presente escrito y al amparo del artículo 136 del REAL DECRETO 563/2010, de 7 de Mayo (B.O.E. 8 Mayo 2010), por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería.
M A N I F I E S T A que para la ejecución del deporte del tiro, que practica en las diferentes modalidades de arma corta y larga, así como para competir en condiciones optimas, precisa un volumen, tipo y calidad de munición que no se encuentra con facilidad en las instalaciones de las federaciones ni delegaciones en las que participa. Esto, unido a la limitación que la ley prescribe para la adquisición de cartuchos “artículo 136 -, crea serios problemas a la hora de permitir alcanzar los resultados técnicos apetecidos por el que suscribe
Por todo lo anterior
S O L I C I T A el oportuno permiso especial para la adquisición de mayor cantidad de cartuchos que los establecidos en los cupos de munición recogidos en el artículo 136 del Real Decreto 563/2010, de 7 de Mayo (B.O.E. 8 Mayo 2010).
PD.Sigo pensando que, si hay alguien que tenga la solicitud, sepa qué pone etc. estaría muy bien ponerla por aquí como, en su día se puso la solicitud de la autorización para poder transportar más munición de la estipulada.
Me reitero en las gracias a todos, un abrazo y mucha suerte.
Juanjo