Mensaje por RobertoVAL » 08 Nov 2009 07:48
Cómo? oigo bien?

¿Que R-ANO-ncín tiene una "B"?
Pero vamos, el zangolotino ése, que sólo sabe estar a las tortas y a las tajadas, ¿para que *^¿?=) necesita una "B"? ¿qué es? ¿objetivo público del GRAPO? ¿de ETA? ¿de la Jihad? ¿que transporta bolsos de Louis Vuitton? ¿trabaja para Cartier?
Coño, según el Ministerio del interior:
LICENCIA DE ARMAS "B"
* Para armas de fuego cortas de particulares.
* La licencia de armas "B" solamente podrá ser expedida a quienes tengan necesidad de obtenerla, y será competente para concederla la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
* En la solicitud o en memoria adjunta se harán constar, con todo detalle,
los motivos que fundamenten la necesidad de posesión de arma corta, acompañando a aquélla cuantos documentos desee aportar el solicitante, que sirvan para fundamentar la necesidad de usar arma, teniendo en cuenta que la razón de defensa de personas o bienes, por sí sola, no justifica la concesión de la licencia, cuya expedición tendrá carácter restrictivo,
limitándose a supuestos de existencia de riesgo especial y de necesidad.
Desde luego, desde luego, cada vez veo menos criterio ni objetividad a la hora de hacer las cosas en este País. Mira que he pasado por encima del post, pero como sea verdad lo de la "B" con el zanguango este...

Cómo? oigo bien? :shock: :? :?
¿Que R-ANO-ncín tiene una "B"?
Pero vamos, el zangolotino ése, que sólo sabe estar a las tortas y a las tajadas, ¿para que *^¿?=) necesita una "B"? ¿qué es? ¿objetivo público del GRAPO? ¿de ETA? ¿de la Jihad? ¿que transporta bolsos de Louis Vuitton? ¿trabaja para Cartier?
Coño, según el Ministerio del interior:
LICENCIA DE ARMAS "B"
* Para armas de fuego cortas de particulares.
* La licencia de armas "B" solamente podrá ser expedida a quienes tengan necesidad de obtenerla, y será competente para concederla la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
* En la solicitud o en memoria adjunta se harán constar, con todo detalle, [b]los motivos que fundamenten la necesidad de posesión de arma corta[/b], acompañando a aquélla cuantos documentos desee aportar el solicitante, que sirvan para fundamentar la necesidad de usar arma, teniendo en cuenta que la razón de defensa de personas o bienes, por sí sola, no justifica la concesión de la licencia, cuya expedición tendrá carácter restrictivo, [b]limitándose a supuestos de existencia de riesgo especial y de necesidad[/b].
Desde luego, desde luego, cada vez veo menos criterio ni objetividad a la hora de hacer las cosas en este País. Mira que he pasado por encima del post, pero como sea verdad lo de la "B" con el zanguango este... :? :? :?