Mensaje por Zhunter-1 » 12 Abr 2007 21:09
Este comentario lo colgué ayer en otro hilo de discusión del foro, pero después de leer los comentarios que habeís hecho sobre el tema en cuestión, creo q es aquí donde debería estar. Así q aquí va...
A modo de anécdota, existe un cuerpo policial autonómico, con competencias en protección del medio ambiente, cuya arma reglamentaria es una carabina semiautomática de 9 mm para., con cargador limitado a 4 cartuchos, para ser utilizada en aquellas actuaciones PROGRAMADAS en las que se prevea necesario su uso (determinadas reglamentariamente)....y q pasa con las no programadas?
Por supuesto, la formación va acorde..en los 20 años de existencia del cuerpo, desde la creación de la autonomia, se realizaron algo de instrucción en las primeras promociones y un par de tiradas en los años 2005-2006 (a las q solo pudieron asistir menos de un 10 % del cuerpo)...
Es más, pese a ser reconocidos como agentes de la autoridad y desenvolupar funciones de policia administrativa y policia judicial, la credencial profesional de un agente no se considera como licencia de armas tipo A, sino que el agente ha de ser propuesto para q se le conceda la licencia de armas tipo C (seguridad privada)...
Y como guinda final, hace tiempo se habló de la posibilidad de dotar a este cuerpo con un arma corta, un revólver del .38, heredada de los Mossos, que la habían dado de baja y renovado ...
S2!!
Este comentario lo colgué ayer en otro hilo de discusión del foro, pero después de leer los comentarios que habeís hecho sobre el tema en cuestión, creo q es aquí donde debería estar. Así q aquí va...
A modo de anécdota, existe un cuerpo policial autonómico, con competencias en protección del medio ambiente, cuya arma reglamentaria es una carabina semiautomática de 9 mm para., con cargador limitado a 4 cartuchos, para ser utilizada en aquellas actuaciones PROGRAMADAS en las que se prevea necesario su uso (determinadas reglamentariamente)....y q pasa con las no programadas?
Por supuesto, la formación va acorde..en los 20 años de existencia del cuerpo, desde la creación de la autonomia, se realizaron algo de instrucción en las primeras promociones y un par de tiradas en los años 2005-2006 (a las q solo pudieron asistir menos de un 10 % del cuerpo)...
Es más, pese a ser reconocidos como agentes de la autoridad y desenvolupar funciones de policia administrativa y policia judicial, la credencial profesional de un agente no se considera como licencia de armas tipo A, sino que el agente ha de ser propuesto para q se le conceda la licencia de armas tipo C (seguridad privada)...
Y como guinda final, hace tiempo se habló de la posibilidad de dotar a este cuerpo con un arma corta, un revólver del .38, heredada de los Mossos, que la habían dado de baja y renovado ...
S2!!