Mensaje por chigrero » 12 Feb 2009 15:52
Las tenencia de réplicas de armas están prohibidas por el Reglamento de Armas en vigor, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo.
En respuesta a tu pregunta, SI , cualquier Agente de la Autoridad puede requisar una imitación y denunciarte por ello. Otra cosa es obviamente el traslado, si se permite su adquisición y su tenencia en domicilio, se entiende que está permitido su traslado de la tienda al domicilio. Un saludo
Las tenencia de réplicas de armas están prohibidas por el Reglamento de Armas en vigor, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo.
En respuesta a tu pregunta, SI , cualquier Agente de la Autoridad puede requisar una imitación y denunciarte por ello. Otra cosa es obviamente el traslado, si se permite su adquisición y su tenencia en domicilio, se entiende que está permitido su traslado de la tienda al domicilio. Un saludo