Mensaje por Chinchu » 12 Jul 2026 19:40
1892Winchester escribió:Algo no me cuadra. Si no tienes armero, no puedes guiar el arma.Te lo exije la IA correspondiente. Tienes F, pero no puedes ser titular de ningun arma.
A parte, no sabia que los clubes permiten la opcion de guardar armas en sus armeros…o sea, que se va ud a tirar, y Justo antes de irse guarda la pistola en el armero o armeros del club….al cual ud tiene acceso, o alguien esta allí a su disposición para guardar el arma? Un arma que como coño se la guiaron si ud no tiene caja fuerte?
Aquí hay varias posibilidades:
o yo estoy muy desubicado, en lo que digo arriba, una posibilidad, y que venga alguien y me corrija, ningún problema, y todo este post es cierto, nada que objetar,
o ud ni tiene F ni guiada una pistola y este post es una tomadura de pelo. O quzas tiene F y habilidades para la literatura ficción, porque “llevar desarmada” partes de una pistola de la cual no eres titular, en España, legalmente, es Ciencia Ficción.
O una tercera: no he entendido el post.
O una cuarta: soy un boludo, un burro que no entiende nada, un falton, y además, más restrictor que el propio ICAE.
A estas alturas del partido, no descarto ninguna posibilidad.
Buenas,
Quizás tu respuesta a tanta pregunta solo tiene una respuesta, leerse y conocer el Reglamento de Armas, algo que creo se da por descontado que hemos de hacer todos.
Claramente el reglamento establece más de un modo de guardar las armas, y no todos en armero propio.
Solo encuentro una excusa para no conocer el artículo de más abajo, no tener la F.
Potassium escribió:Que partes puedo llevarme a casa si la desmonto? Podria llevarme solo el carril? La empuñadura? Hablo legalmente y todo en orden, no quiero llevarme piezas que me puedan suponer un problema legal
En cuanto al forero que hace la pregunta, pues parece tener la F, pero no conoce el reglamento, en el que consta claramente
COMPLETAS.
Saludos y buena lectura.
Artículo 133.1.
La licencia F sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizados para la práctica del tiro y únicamente podrán portarse con tal objeto.
2. Las armas deberán ser guardadas:
a) Completas, en los locales de las federaciones o clubes de tiro que dispongan de medidas de seguridad aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
b) En los propios domicilios de los titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil. Las armas se guardarán completas, si bien en el caso de armas largas podrán guardarse únicamente sus cierres o componentes esenciales. La munición se guardará separada de las armas de fuego en un lugar seguro bajo llave, o dentro del armero o caja fuerte en un compartimento diferente cerrado con llave.
c) Completas, en los locales de empresas o entidades autorizadas para la custodia de armas por la Dirección General de la Guardia Civil, de acuerdo con lo establecido en los artículos 83 y 144.
[quote="1892Winchester"]Algo no me cuadra. Si no tienes armero, no puedes guiar el arma.Te lo exije la IA correspondiente. Tienes F, pero no puedes ser titular de ningun arma.
A parte, no sabia que los clubes permiten la opcion de guardar armas en sus armeros…o sea, que se va ud a tirar, y Justo antes de irse guarda la pistola en el armero o armeros del club….al cual ud tiene acceso, o alguien esta allí a su disposición para guardar el arma? Un arma que como coño se la guiaron si ud no tiene caja fuerte?
Aquí hay varias posibilidades:
o yo estoy muy desubicado, en lo que digo arriba, una posibilidad, y que venga alguien y me corrija, ningún problema, y todo este post es cierto, nada que objetar,
o ud ni tiene F ni guiada una pistola y este post es una tomadura de pelo. O quzas tiene F y habilidades para la literatura ficción, porque “llevar desarmada” partes de una pistola de la cual no eres titular, en España, legalmente, es Ciencia Ficción.
O una tercera: no he entendido el post.
O una cuarta: soy un boludo, un burro que no entiende nada, un falton, y además, más restrictor que el propio ICAE.
A estas alturas del partido, no descarto ninguna posibilidad.[/quote]
Buenas,
Quizás tu respuesta a tanta pregunta solo tiene una respuesta, leerse y conocer el Reglamento de Armas, algo que creo se da por descontado que hemos de hacer todos.
Claramente el reglamento establece más de un modo de guardar las armas, y no todos en armero propio.
Solo encuentro una excusa para no conocer el artículo de más abajo, no tener la F.
[quote="Potassium"]Que partes puedo llevarme a casa si la desmonto? Podria llevarme solo el carril? La empuñadura? Hablo legalmente y todo en orden, no quiero llevarme piezas que me puedan suponer un problema legal[/quote]
En cuanto al forero que hace la pregunta, pues parece tener la F, pero no conoce el reglamento, en el que consta claramente[b] COMPLETAS[/b].
Saludos y buena lectura.
[b]Artículo 133.[/b]
1. [b]La licencia F[/b] sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizados para la práctica del tiro y únicamente podrán portarse con tal objeto.
[b]2. Las armas deberán ser guardadas:
a) [size=150]Completas[/size], en los locales de las federaciones o clubes de tiro que dispongan de medidas de seguridad aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
[/b]
b) En los propios domicilios de los titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil. Las armas se guardarán completas, si bien en el caso de armas largas podrán guardarse únicamente sus cierres o componentes esenciales. La munición se guardará separada de las armas de fuego en un lugar seguro bajo llave, o dentro del armero o caja fuerte en un compartimento diferente cerrado con llave.
c) Completas, en los locales de empresas o entidades autorizadas para la custodia de armas por la Dirección General de la Guardia Civil, de acuerdo con lo establecido en los artículos 83 y 144.