Mensaje por carses » 18 Jun 2007 14:51
Hola, la licencia tipo A, no es una licencia con su carton y todo eso, los militares de suboficial para arriba, la propia cartera militar (carnet de identificacion militar) es tambien la licencia, osea que no tiene otro carnet a parte para las armas, y las revista las realiza el jefe de cada unidad.
COn respecto a los reservistas, ninguno esta en posesion de derecho a portar armas fuera del tiempo de servicio, debido a que no pueden guiar ningun arma a titulo particular y las que pudieran utilizar son las de la dotación donde estan destinados y cuando creen que les hace falta, por ejemplo (que no suele ocurrir), cuando esta un oficial reservista de oficial de guardia, y al terminar dicha guardia entrega la pistola. lo mismo ocurre con la tropa, que fuera de los servicios de armas, estos no las portan.
En cuanto a poder guiar una pistola a nivel particular por los miembros policiales, SI pueden comprarse un arma corta, pero solo una y guiarla, para lo cual deberá pedir permiso a su jefe y que se lo concedan (casi siempre lo dan), de todas formas en el reglamento de armas viene muy claro.
Un saludo.
Hola, la licencia tipo A, no es una licencia con su carton y todo eso, los militares de suboficial para arriba, la propia cartera militar (carnet de identificacion militar) es tambien la licencia, osea que no tiene otro carnet a parte para las armas, y las revista las realiza el jefe de cada unidad.
COn respecto a los reservistas, ninguno esta en posesion de derecho a portar armas fuera del tiempo de servicio, debido a que no pueden guiar ningun arma a titulo particular y las que pudieran utilizar son las de la dotación donde estan destinados y cuando creen que les hace falta, por ejemplo (que no suele ocurrir), cuando esta un oficial reservista de oficial de guardia, y al terminar dicha guardia entrega la pistola. lo mismo ocurre con la tropa, que fuera de los servicios de armas, estos no las portan.
En cuanto a poder guiar una pistola a nivel particular por los miembros policiales, SI pueden comprarse un arma corta, pero solo una y guiarla, para lo cual deberá pedir permiso a su jefe y que se lo concedan (casi siempre lo dan), de todas formas en el reglamento de armas viene muy claro.
Un saludo.