Mensaje por Chinchu » 12 Jun 2022 11:08
Chemi _Refogs escribió:Chemi _Refogs escribió:Juan99 escribió:Si, pero el cañón mide 22'8cm, es menor de 30cm. Se da una de las premisas para que sea corta. Se tiene que dar o una u otra ¿no?
Yo entiendo que con que se exceda la medida en cualquiera de las dos condiciones ya es arma larga. Ya no importa la otra medida.
En este caso, longitud del arma excede 60 cm ya es larga mida lo que mida el cañón.
Saludos cordiales.

Repensando el tema y tras los comentarios de Yvan5 y jlppons, creo que tienen razón: con que cumplan una condición, ya es arma corta.
Lo siento si he añadido confusión...

Ciertamente la "O", que no es una "Y", quiere decir que una u otra condición, no las dos, PERO, se os olvida un artículo muy importante:
Artículo 5.
1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:
f)
Las armas de fuego largas que puedan reducirse a una longitud de menos de 60 cm sin perder funcionalidad por medio de una culata plegable, telescópica o eliminable.El g36c no es un arma corta a la que se le ha puesto una culata plagable, es un arma larga con culata plegable.
El G36c, si cumple una de las dos condiciones para ser un arma larga, y también el artículo 5f, ya que por sus características es un arma larga cuando la culata está montada, pero por sus medidas con la culata plegada entraría en la categoría de armas prohibidas, al no perder funcionalidad.
Por otro lado, nunca podría guiarse como arma corta según el reglamento, porque a las armas cortas no se les puede añadir culata o culatín alguno, quedando como arma prohibida de nuevo en caso de hacerlo. (Art.4c)
No acabo de entender a qué están en esa intervención, cuando es un caso de libro.
Saludos,
[quote="Chemi _Refogs"][quote="Chemi _Refogs"][quote="Juan99"]Si, pero el cañón mide 22'8cm, es menor de 30cm. Se da una de las premisas para que sea corta. Se tiene que dar o una u otra ¿no?[/quote]
Yo entiendo que con que se exceda la medida en cualquiera de las dos condiciones ya es arma larga. Ya no importa la otra medida.
En este caso, longitud del arma excede 60 cm ya es larga mida lo que mida el cañón.
Saludos cordiales. :birra^:[/quote]
Repensando el tema y tras los comentarios de Yvan5 y jlppons, creo que tienen razón: con que cumplan una condición, ya es arma corta.
Lo siento si he añadido confusión... :oops:[/quote]
Ciertamente la "O", que no es una "Y", quiere decir que una u otra condición, no las dos, PERO, se os olvida un artículo muy importante:
Artículo 5.
1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:
f) [b]Las armas de fuego largas que puedan reducirse a una longitud de menos de 60 cm sin perder funcionalidad por medio de una culata plegable, telescópica o eliminable.[/b]
El g36c no es un arma corta a la que se le ha puesto una culata plagable, es un arma larga con culata plegable.
El G36c, si cumple una de las dos condiciones para ser un arma larga, y también el artículo 5f, ya que por sus características es un arma larga cuando la culata está montada, pero por sus medidas con la culata plegada entraría en la categoría de armas prohibidas, al no perder funcionalidad.
Por otro lado, nunca podría guiarse como arma corta según el reglamento, porque a las armas cortas no se les puede añadir culata o culatín alguno, quedando como arma prohibida de nuevo en caso de hacerlo. (Art.4c)
No acabo de entender a qué están en esa intervención, cuando es un caso de libro.
Saludos,