Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

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Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por Branigan » 28 Nov 2013 21:20

Ganas de tocar las narices.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por Branigan » 28 Nov 2013 20:57

44LARGO escribió:Ante mi argumento de que la referida arma está homologada como arma de concurso (utilizando exclusivamente cartuchos del 38 Special) por la Federación de Tiro Olínpico, según le acredito mediante certificación original de la Federación, me dice que ésta, esto es la Federación de Tiro Olímpico, no es quién para homologar el arma ¿...?.


Las delegaciones de la Federación son precísamente quienes certifican si un arma es considerada de concurso o no, ateniéndose a lo dispuesto en el anexo de la Orden INT/56/2011, de 13 de enero (B.O.E. Núm. 20, de 24 de enero de 2011).-
ss

Exáctamente, ni mas ni menos. La ley es la ley y ningún señor, sea quien sea, tiene derecho a ir en contra.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por colado » 26 Nov 2013 22:34

patria escribió:¿ Entonces se puede tirar fuego central con un S&W 586 ?


sin ningún problema siempre que tires con 38

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por patria » 26 Nov 2013 21:00

¿ Entonces se puede tirar fuego central con un S&W 586 ?

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por llana7 » 26 Nov 2013 10:49

Hale .. ¿por qué citas mi comentario? .. y más cuando alegas "fallos e ignorancia".
Simple y llanamente digo que con un revólver marcado con calibre del 357 magnum sólo se puede asentar en la guía de pertenencia ese exclusivo calibre y no un 38 Special o un 9mmCorto.
No hablo para nada de Certificado Federativo.
Por favor.
Saludos..[/quote]


Cito tu comentario porque tú te preguntabas "¿donde existe el fallo "legislativo-humano-mala leche"?, o cualquier otro calificativo del Interventor de Armas que no "consiente" asentar cartuchos del 38 special en la guía de pertenencia de este revólver."
Y yo lo que hago es comentar dónde está ese fallo, nada más, saludos.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por miguelcz90 » 23 Nov 2013 12:37

Burbaies escribió:...Y pregunto yo...

...Seria posible enviar ese revolver 357, al bope; y que fuera el bope el que certificara que puede disparar 38...?

...Serviria para una reescribir una guia con los 2 calibres...?

...No sé... pregunto?

Podría ser una llamada al bope para consultarlo y sí se puede, saber el coste del bope,envíos...
Saludos.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por Burbaies » 22 Nov 2013 22:16

...Y pregunto yo...

...Seria posible enviar ese revolver 357, al bope; y que fuera el bope el que certificara que puede disparar 38...?

...Serviria para una reescribir una guia con los 2 calibres...?

...No sé... pregunto?

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por 44LARGO » 22 Nov 2013 21:08

miguelcz90 escribió:Cuando uno acude a su i.a., no sabes sí vas a salir contento de haber hecho tú tramite o con un buen cabreo.
Yo entiendo que el revolver se ajusta a la normativa de arma de concurso, otra cosa es que te vendan una munición diferente a la que aparece en la guía y estampada en el arma, aunque sea acto para disparar el .38 especial en lugar de .357 magnun y no al revés por presiones.
Esta claro, se aprecia y se siente que los tiradores deportivos(licencia f), no somos muy bien vistos que tengamos armas de ciertos calibres.
Saludos.


Eso mismo pienso yo cada vez que voy a la IA a algo. Nunca sé con qué me van a salir, qué cristo me montarán ni que papelito-sorpresa se les va a ocurrir pedirme. Yo ya lo tengo asumido.
ss

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por Pacho60 » 22 Nov 2013 20:39

Hola Amigos,
Comentaros mi experiencia.
Hace unos meses adquirí un 686 de segunda mano,estaba guiado con la B, fui a la federacion me la certificaron como arma de concurso y en la intervencion me la inscribieron con la F, sin problemas.
En cuanto a la municion, si quiero 357, lo compro en la armeria y para practicar y competir, 38wc en el club.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por miguelcz90 » 22 Nov 2013 20:10

44LARGO escribió:Ya estamos otra vez ante una tropelía de esta gente, del famoso "si cuela... cuela".
Si eso mismo se lo dicen a veinte propietarios de revólveres del .357 y hay uno o dos panolis que pican y se dejan quitar el arma... pues tanto que se apuntan.
La culpa la tenemos nosotros, que nos exigen legalidad y siempre la cumplimos, pero nosotros nunca les exigimos legalidad a ellos, cuando ellos deberían ser más escrupulosos, si cabe, al cumplir la ley, pues ellos son la Administración misma.
A ver si se atreven a poner negro sobre blanco los motivos para retirar ese arma. No lo harán, seguro.
Ss

Tienes toda la razón, el arma es de concurso y amén.
Con el tema de la munición creo que ellos tienen la de ganar.
Saludos.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por miguelcz90 » 22 Nov 2013 20:07

Cuando uno acude a su i.a., no sabes sí vas a salir contento de haber hecho tú tramite o con un buen cabreo.
Yo entiendo que el revolver se ajusta a la normativa de arma de concurso, otra cosa es que te vendan una munición diferente a la que aparece en la guía y estampada en el arma, aunque sea acto para disparar el .38 especial en lugar de .357 magnun y no al revés por presiones.
Esta claro, se aprecia y se siente que los tiradores deportivos(licencia f), no somos muy bien vistos que tengamos armas de ciertos calibres.
Saludos.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por 44LARGO » 22 Nov 2013 17:21

Ya estamos otra vez ante una tropelía de esta gente, del famoso "si cuela... cuela".
Si eso mismo se lo dicen a veinte propietarios de revólveres del .357 y hay uno o dos panolis que pican y se dejan quitar el arma... pues tanto que se apuntan.
La culpa la tenemos nosotros, que nos exigen legalidad y siempre la cumplimos, pero nosotros nunca les exigimos legalidad a ellos, cuando ellos deberían ser más escrupulosos, si cabe, al cumplir la ley, pues ellos son la Administración misma.
A ver si se atreven a poner negro sobre blanco los motivos para retirar ese arma. No lo harán, seguro.
Ss

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por grogui » 22 Nov 2013 16:57

En mi IA no dejaban que me llevara mi LUVO LA-15 porque "parecía que se podía desmontar la culata", y que había una circular que prohibía que se pudieran desmontar. Al final como le aseguré que era imposible de desmontar :mrgreen:, y que si ya venía de otra IA y no habían puesto pegas... pues dejaron que me lo llevara.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por ESMALTINO » 22 Nov 2013 16:27

luis7 escribió:Lo que se comenta es la actitud del representante de las FSE y su intención, criticable, de retirarle a este forero su revolver por que, segun este señor, no es arma de concurso. El tema de si puede o no comprar cartuchos esta mas que claro, que no puede comprar fuera del campo de tiro cartuchos del 38 sp.
Saludos.

Hola Luis7, parece que aclaramos el tema a tratar en este post.
Estoy de acuerdo con tu comentario, opino igualmente que los Interventores de Armas o Personal adcrito a ellas "creo" que NO son competentes para retirar un arma cuando ya la Federación la ha considerado arma de concurso con su correspondiente Certificado y está debidamente extendida la guía de pertenencia como tal.
También decir, que estamos viendo últimamente algunas "cosillas"..(libro de coleccionista, armas con Licencia AE, armas inutilizadas, ctra), que no me extraña nada de "nada".
Que siga la cosa tal como está, si "marear la perdíz".
Saludos,

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por luis7 » 22 Nov 2013 15:10

Lo que se comenta es la actitud del representante de las FSE y su intención, criticable, de retirarle a este forero su revolver por que, segun este señor, no es arma de concurso. El tema de si puede o no comprar cartuchos esta mas que claro, que no puede comprar fuera del campo de tiro cartuchos del 38 sp.
Saludos.

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por ESMALTINO » 22 Nov 2013 13:08

llana7 escribió:Hola Compañeros, digo yo, si el revólver, es del calibre 357 magnum y no hace constar marcajes del otro calibre 38 Special, ¿donde existe el fallo "legislativo-humano-mala leche"?, o cualquier otro calificativo del Interventor de Armas que no "consiente" asentar cartuchos del 38 special en la guía de pertenencia de este revólver.

El fallo está en la ignorancia, no sólo acerca de armas y calibres, sino en la falta del más mínimo sentido común y en pasarse por el forro el certificado federativo de que es un arma de concurso. Ignorancia más grave, si cabe, desde la Orden de 13 de Enero de 2011, que dice en su tabla/anexo qué es un arma de concurso y que quien lo puede decidir, simplemente comprobando el calibre y la distancia entre miras del arma, es la IA de la GC. Entre el 22 y el 45 cualquier pistola o revólver puede ser arma de concurso si cumple la distancia mínima entre miras.
El artículo 33 no lo puede aplicar un funcionario público porque sí (la IA tampoco).

Hale .. ¿por qué citas mi comentario? .. y más cuando alegas "fallos e ignorancia".
Simple y llanamente digo que con un revólver marcado con calibre del 357 magnum sólo se puede asentar en la guía de pertenencia ese exclusivo calibre y no un 38 Special o un 9mmCorto.
No hablo para nada de Certificado Federativo.
Por favor.
Saludos..

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por llana7 » 22 Nov 2013 12:49

Hola Compañeros, digo yo, si el revólver, es del calibre 357 magnum y no hace constar marcajes del otro calibre 38 Special, ¿donde existe el fallo "legislativo-humano-mala leche"?, o cualquier otro calificativo del Interventor de Armas que no "consiente" asentar cartuchos del 38 special en la guía de pertenencia de este revólver.

El fallo está en la ignorancia, no sólo acerca de armas y calibres, sino en la falta del más mínimo sentido común y en pasarse por el forro el certificado federativo de que es un arma de concurso. Ignorancia más grave, si cabe, desde la Orden de 13 de Enero de 2011, que dice en su tabla/anexo qué es un arma de concurso y que quien lo puede decidir, simplemente comprobando el calibre y la distancia entre miras del arma, es la IA de la GC. Entre el 22 y el 45 cualquier pistola o revólver puede ser arma de concurso si cumple la distancia mínima entre miras.
El artículo 33 no lo puede aplicar un funcionario público porque sí (la IA tampoco).

Re: Prohibición de adquirir cartuchos del .38 Special.

Mensaje por Empecinado » 22 Nov 2013 11:37

Buenos dias compañeros.

Leyendo esto se me ha hecho presente el caso que me ha pasado a mi hace un mes mas o menos y que me resulto curioso, ahora le encuentro esplicación.

Pido ampliacion de cupo de municion, tengo un revolver del .38 Spl. y al ver en mi solicitud dicha arma me pregunta el interventor "seguro que el armna es del calibre .38 ¿no pondra .357?" le dije que no, y no contento con eso me hizo de escanear el arma y enviarle la imagen para comprobar que en su armazon pone .38 Spl..

Sospecho que puede ser esto obra de alguna circular interna a las que tan acostumbrados nos tienen nuestra querida ICAE.

Ya sabeis que mas o menos encubiertamente esta actitud desemboca en lo de siempre, intentar eliminar armas.

Vamos, eso pienso yo....

Saluditos :cow: :cow:

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