ARMAS DE FOGUEO

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensaje por patria » 06 Oct 2013 13:09

Cuando compras un arma de fogueo en una armería, como bien te dice el compañero solo tienes que tener mas de 18 años, " pero que sepas que se te inscribe en un registro de la armería " y ese registro lo pueden solicitar las autoridades, una cosa parecida a lo que hacen las policías locales con las armas de AC, con esto te quiero decir que si vendes o adquieres algún arma de fogueo de segunda mano debes de hacer mínimo un contrato de compra y venta, sobre todo con mas interés si eres la parte vendedora, ya que si el comprador hace uso ilícito del arma puedes tener problemas.

Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensaje por Hamer » 02 Oct 2013 22:10

Gracias por la información.

Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensaje por ME262 » 02 Oct 2013 15:47

Hola, a tu pregunta solo te puedo decir que el reglamento de armas clasifica las armas de fogueo como armas de 7ª.6 categoría.
Por otro lado indica que para las armas de categoría 7ª.1, 7ª.2, 7ª.3 y 7ª.4 si se precisa de guía de pertenencia, por lo que las armas de fogueo están fuera de dicho requisito.
Las armas de fogueo son de venta libre a mayores de 18 años
Por otro lado según el articulo 146 del reglamento de armas no puedes portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª, por lo que las armas de fogueo están incluidas en esta prohibición.
No te se decir nada de la compra venta entre particulares, aunque en las armerías son de venta libre a mayores de 18 años como ya te comenté.

ARMAS DE FOGUEO

Mensaje por Hamer » 02 Oct 2013 14:22

Aguien podría indicarme cual es la normativa de tenencia, compraventa entre particulares y transporte de armas de fogueo.
Muchas gracias.

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