Mensaje por puzzling » 12 Oct 2012 12:27
Si te das de baja de la Federación y del club de tiro al que estés asociado, la I.A de la G.C. de la que dependas te exigirá inmediatamente el depósito del arma amparada bajo la licencia F, independientemente de que tu licencia todavía tenga validez.
Por otro lado, si no has demostrado la actividad anual exigida, al término de la vigencia de tu licencia F te será ésta revocada.
Recuerda que tu arma es un simple usufructo. La pagas tú y te crees que es tuya, cuando en realidad pertence al Estado, que es el que decide y dispone.
Una licencia F, solo te la conceden con el fin de competir o practicar el ejercicio del tiro, cumpliendo los requisitos exigidos. Si no lo haces, te la retiran por no apreciar sentido alguno en la concesión.
"Maravillas" de la penosa y ridícula legislación española sobre armas.
Si te das de baja de la Federación y del club de tiro al que estés asociado, la I.A de la G.C. de la que dependas te exigirá inmediatamente el depósito del arma amparada bajo la licencia F, independientemente de que tu licencia todavía tenga validez.
Por otro lado, si no has demostrado la actividad anual exigida, al término de la vigencia de tu licencia F te será ésta revocada.
Recuerda que tu arma es un simple usufructo. La pagas tú y te crees que es tuya, cuando en realidad pertence al Estado, que es el que decide y dispone.
Una licencia F, solo te la conceden con el fin de competir o practicar el ejercicio del tiro, cumpliendo los requisitos exigidos. Si no lo haces, te la retiran por no apreciar sentido alguno en la concesión.
"Maravillas" de la [b]penosa y ridícula legislación española[/b] sobre armas.