Mensaje por Ribetano » 12 Jun 2012 09:23
Una variante a lo que te ha explicado el compañero sobre el contrato de compra-venta, es hacerlo a través de un armero de confianza. La venta se haría del particular a tu armero, el armero se la queda inscrita en su libro y te emite una factura de pago del arma, pendiente de cambio de nombre. El armero te puede cobrar algo por el servicio, pero es todo legal y el arma se puede quedar allí sine die.
Una variante a lo que te ha explicado el compañero sobre el contrato de compra-venta, es hacerlo a través de un armero de confianza. La venta se haría del particular a tu armero, el armero se la queda inscrita en su libro y te emite una factura de pago del arma, pendiente de cambio de nombre. El armero te puede cobrar algo por el servicio, pero es todo legal y el arma se puede quedar allí [i]sine die[/i].