Mensaje por mmsouto » 24 Sep 2011 09:48
Aparte del reglamento de armas, hay que leer el reglamento de cartucheria que es el que habla de no llevar municion en transporte publico, y la LO 1/92 sobre seguridad ciudadana pues es a la que se denuncia en concordancia con el articulo correspondiente de los anteriores reglamentos.
Resumiendo que en transporte publico no se puede llevar municion, y tanto en publico como en privado de forma que no se por decirlo de alguna forma de facil acceso para mostrarla con animo de amedrentar (no llevarla tirada al aire encima del asiento) y logicamente de casa al campo o la armeria, no me voy al campo, y luego me quedo por los bares con ella en la mochila tomando unas copas y ya luego la guardo
Aparte del reglamento de armas, hay que leer el reglamento de cartucheria que es el que habla de no llevar municion en transporte publico, y la LO 1/92 sobre seguridad ciudadana pues es a la que se denuncia en concordancia con el articulo correspondiente de los anteriores reglamentos.
Resumiendo que en transporte publico no se puede llevar municion, y tanto en publico como en privado de forma que no se por decirlo de alguna forma de facil acceso para mostrarla con animo de amedrentar (no llevarla tirada al aire encima del asiento) y logicamente de casa al campo o la armeria, no me voy al campo, y luego me quedo por los bares con ella en la mochila tomando unas copas y ya luego la guardo